Equipos de rescate independientes, cuerpos de bomberos voluntarios y convoyes con asistencia humanitaria civil están siendo retenidos, desviados o abiertamente rechazados en los puntos de control militarizados
Equipos de rescate independientes, cuerpos de bomberos voluntarios y convoyes con asistencia humanitaria civil están siendo retenidos, desviados o abiertamente rechazados en los puntos de control militarizados

La naturaleza no discrimina ideologías ni reconoce fronteras políticas cuando decide manifestar su fuerza. Los recientes terremotos que sacudieron al territorio venezolano han dejado una estela trágica de destrucción, escombros y pérdidas humanas que conmueven al mundo entero.
Sin embargo, la verdadera catástrofe ha dejado de ser únicamente tectónica para convertirse en una tragedia política y humana. Lo que el mundo está presenciando a través de los miles de videos captados por los venezolanos actuando como rescatistas en ausencia de la ayuda oficial y que han sido compartidos por los despachos de prensa internacionales no es solo la vulnerabilidad de una infraestructura civil colapsada, sino la ejecución de una de las conductas más crueles que puede cometer un Estado: la obstrucción deliberada del socorro y del rescate de las víctimas.
Todos estamos viendo una realidad alarmante. Equipos de rescate independientes, cuerpos de bomberos voluntarios y convoyes con asistencia humanitaria civil están siendo retenidos, desviados o abiertamente rechazados en los puntos de control militarizados. La justificación burocrática del control estatal se desvanece cuando el tiempo corre en contra de quienes permanecen atrapados bajo el concreto. En cualquier latitud, el rechazo o la confiscación de ayuda en medio de una emergencia humanitaria es una aberración; en el derecho internacional, es un acto que genera responsabilidad penal y civil para las autoridades que lo ordenen o ejecuten.
Frente a este escenario, la comunidad internacional y, en especial, los ciudadanos que observamos los hechos desde democracias hermanas como El Salvador, no podemos adoptar la postura del espectador pasivo. Es imperativo que las organizaciones venezolanas de derechos humanos que operan valientemente en el terreno, tales como el Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (Provea) y el Foro Penal, puedan activar de manera inmediata protocolos de documentación sistemática de estas violaciones. No estamos ante simples faltas administrativas o excesos policiales aislados; estamos presenciando una flagrante vulneración al derecho a la vida por omisión deliberada y selectiva del deber de socorro.
El Derecho Internacional de los Derechos Humanos es categórico al respecto. Aunque un Estado soberano posee la facultad de coordinar la ayuda dentro de su territorio, esta prerrogativa encuentra su límite absoluto en la supervivencia de su población. Cuando la capacidad local de respuesta estatal está visiblemente superada por un desastre natural —como ocurre en la Venezuela actual—, el rechazo arbitrario de la asistencia internacional y la paralización forzosa de los rescatistas locales configuran una privación arbitraria de la vida. Dejar morir a ciudadanos atrapados por el simple hecho de centralizar el control político o impedir que actores independientes gestionen la solidaridad es un reflejo de una deshumanización institucionalizada.
Es necesario ir más allá de la denuncia pública y transitar hacia la vía jurídica penal internacional. El artículo 7 del Estatuto de Roma, tratado internacional del cual Venezuela es Estado parte, define los crímenes de lesa humanidad como aquellos actos inhumanos cometidos como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque. Si las autoridades imponen condiciones de vida —o en este caso, de muerte— destinadas a causar intencionalmente grandes sufrimientos o atentar de manera grave contra la integridad física o la salud de los damnificados por razones políticas, la jurisdicción de la Corte Penal Internacional (CPI) debe ser activada. La Fiscalía de la CPI, que ya mantiene una investigación abierta sobre la prolongada crisis sistémica en Venezuela, tiene la competencia para determinar que estas conductas de bloqueo humanitario -en el contexto del desastre natural- forman parte de su continuo patrón de persecución y control social que ya lleva 27 años.
Asimismo, los mecanismos del Sistema Interamericano de Derechos Humanos ofrecen vías que deben agotarse de forma paralela. A pesar de los esfuerzos del régimen venezolano por desvincularse de la Organización de los Estados Americanos (OEA), la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) mantiene su competencia sobre el Estado basándose en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre. Las organizaciones de derechos humanos pueden solicitar de forma urgente Medidas Cautelares colectivas para las poblaciones de las zonas afectadas, exigiendo la apertura inmediata de corredores humanitarios sin interferencia militar y permitiendo el libre acceso de agencias de apoyo Internacional.
Desde El Salvador, un país que históricamente conoce el dolor de los terremotos y el valor invaluable de la solidaridad internacional e inmediata, sentimos con profunda consternación lo que está ocurriendo en mi país. La experiencia global demuestra que, en las primeras 72 horas posteriores a un sismo, cada minuto representa la diferencia entre la vida y la muerte. Que un uniforme o una orden política valga más que los gritos de auxilio bajo las ruinas es un precedente nefasto para la humanidad entera.
Por todo ello, hacemos un llamado urgente a tres sectores clave. En primer lugar, a las ONGs de derechos humanos en Venezuela, para que recopilen testimonios audibles, videos verificados y actas de confiscación que sirvan como material probatorio irrefutable en los tribunales internacionales. En segundo lugar, a los medios de comunicación del continente, para que no permitan que el cerco informativo impuesto en Caracas censure el clamor de las regiones afectadas. Y, finalmente, a los organismos multilaterales como la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), para que exija una investigación exhaustiva e independiente sobre la gestión de la crisis y determine las responsabilidades de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y que decidieron dar la espalda a los rescatistas.
Las potestades de un Estado – que vive un proceso de transición politica- jamás puede ser utilizada como un escudo legal para cometer atrocidades o para dejar morir a su propio pueblo. La comunidad internacional tiene la doctrina de la «Responsabilidad de Proteger» como herramienta cuando un Estado falla o se niega a resguardar a sus ciudadanos. Hoy, salvar a los sobrevivientes del terremoto en Venezuela no es una disputa ideológica; es un imperativo ético universal. Quienes hoy bloquean las manos de los rescatistas deben saber, con absoluta claridad, que el derecho internacional tarde o temprano registrará sus nombres en las páginas de la justicia penal de la historia.
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