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FONAT reestructura el CONASEVI y eleva su presupuesto al 10% anual

Las reformas hechas por el FONAT fueron publicadas en el Diario Oficial de mediados de junio de 2026

Accidente Quezaltepeque sedán Cruz Roja
Las reformas del FONAT buscan un trabajo más dinámico del CONASEVI | Foto EDH/Cortesía Cruz Roja.

El Consejo Directivo del Fondo para la Atención a las Víctimas de Accidentes de Tránsito (FONAT) oficializó una reestructuración del Consejo Nacional de Seguridad Vial (CONASEVI) mediante la publicación del Acuerdo N° VIII en el Diario Oficial con fecha del 12 de junio de 2026.

La nueva normativa, aprobada originalmente el 5 de septiembre de 2025, moderniza las reglas de funcionamiento de la entidad adscrita, dejando sin efecto los acuerdos previos vigentes desde 2014 y 2020.


A continuación, se detallan los aspectos utilitarios y los cambios normativos clave que impactan la administración de la seguridad vial en el país:

1. Incremento de financiamiento directo

  • Nuevo techo presupuestario: De acuerdo con el Art. 11 del nuevo documento, el FONAT ahora destinará por ley el 10% de sus ingresos anuales para el funcionamiento y cumplimiento de los fines del CONASEVI. Esto representa un incremento formal respecto al 7% fijado en normativas anteriores.
  • Presupuesto real asignado: Pese al mínimo del 10% decretado en el papel, en la práctica el flujo de recursos para el ejercicio 2026 asciende a $1,947,527, cifra que equivale al 28% del presupuesto general del FONAT ($6,793,616), de acuerdo a datos disponibles en el Portal de Transparencia Fiscal.

2. FONAT: Creación de una Unidad Técnica Operativa

La reestructuración responde a un vacío institucional identificado en los considerandos del acuerdo, donde se señalaba una «ausencia de estructuras operativas efectivas» y una excesiva dependencia de Comisiones de Trabajo de carácter puramente consultivo.

  • Nueva estructura: El Art. 8 divide el diseño institucional en dos niveles: el CONASEVI en pleno y la nueva Unidad Técnica de CONASEVI.
  • Funciones: Esta unidad especializada tendrá la tarea de planificar, coordinar, organizar, dirigir y supervisar los proyectos de prevención. Además, su Coordinador/a impulsará iniciativas específicas de educación, tales como campañas masivas para fiscalizar la prohibición del uso del celular al conducir y asegurar el uso obligatorio del cinturón de seguridad en asientos delanteros y traseros.
FONAT publicó las reformas en el Diario Oficial del 12 de junio de 2026. Foto EDH/Cortesía

3. Institucionalización del ONASEVI

El nuevo marco legal otorga un carácter formal y operativo al Observatorio Nacional de Seguridad Vial (ONASEVI). Su integración técnica busca centralizar y unificar los datos estadísticos sobre siniestros de tránsito provistos por diversas instituciones públicas. El objetivo primordial es que el diseño de las políticas públicas y planes de seguridad vial se fundamenten firmemente en criterios técnico-científicos y análisis de datos en evidencia, superando las interpretaciones empíricas.

4. Rigidez en las representaciones y equipamiento policial

  • Cero delegaciones informales: El reglamento ratifica que el CONASEVI será presidido por el Viceministerio de Transporte (VMT). Sin embargo, el Art. 4 añade un candado estricto: los miembros propietarios de los ministerios e instituciones integrantes no podrán delegar sus funciones de manera arbitraria y solo podrán ser sustituidos por sus suplentes debidamente nombrados, quienes ejercerán por periodos de tres años.
  • Dotación de bienes: A diferencia del acuerdo anterior de 2014, que se limitaba a «facilitar la participación», la actual normativa faculta al CONASEVI para apoyar de forma material a la División de Tránsito Terrestre de la PNC y al VMT mediante el suministro directo de herramientas, equipamiento técnico y capacitaciones.

Nota de contexto jurídico: Con la entrada en vigor de esta publicación, se derogan formalmente el Acuerdo Institucional No. 1 del 15 de octubre de 2014 y el Acuerdo Institucional No. 2 del 11 de febrero de 2020, unificando la legislación y adaptando los procesos de compras a la Ley de Compras Públicas vigente.

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