Dictamen favorable de la ley pasará al pleno de la Asamblea Legislativa para ser discutido por los diputados. La fecha límite para aplicar es el 11 de diciembre
Dictamen favorable de la ley pasará al pleno de la Asamblea Legislativa para ser discutido por los diputados. La fecha límite para aplicar es el 11 de diciembre

Los diputados de la Comisión de Hacienda y Especial del Presupuesto de la Asamblea Legislativa emitieron este lunes dictamen favorable al expediente número 773-10-2026-1, el cual contiene la iniciativa del Ejecutivo para aprobar la Ley Especial y Transitoria que Otorga Facilidades para el Cumplimiento Voluntario de Obligaciones Tributarias, Aduaneras, de Tránsito y Otras Multas.
Esta normativa transitoria—conocida comúnmente como amnistía fiscal—busca que los contribuyentes regularicen su situación ante el fisco liberándose del pago de intereses, recargos y multas.
La medida abarca tanto a personas naturales como jurídicas de cualquier figura legal (incluyendo sociedades de acciones simplificadas, cooperativas y asociaciones) y cubre deudas o incumplimientos tributarios y aduaneros generados en ejercicios anteriores cuyo plazo de declaración o pago haya vencido hasta el 30 de septiembre de 2026.
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En el caso particular de las infracciones de tránsito y multas imponibles por otras instituciones de la administración pública, la ley aplica de forma distinta: no se condona el capital principal de la multa, sino únicamente los recargos e intereses moratorios acumulados por el impago.
Los contribuyentes tendrán como fecha límite hasta el 11 de diciembre de 2026 para apegarse a este beneficio.
La iniciativa fue presentada y detallada ampliamente ante los diputados por el Director General de Impuestos Internos del Ministerio de Hacienda, Marvin Sorto.
Durante su intervención, el funcionario enfatizó el espíritu social del decreto y argumentó que el Estado no sustenta su recaudación en el cobro de castigos económicos, sino en recuperar los tributos principales.
«No venimos a pedir que se le den beneficios a los evasores. Venimos a pedir que se le den oportunidades a aquellas personas cumplidoras que por uno u otro motivo no han podido cumplir sus compromisos ante el fisco de la República», sostuvo Sorto.
Añadió que en el proceso previo de la amnistía fiscal realizada en 2025, el 71 % de la recaudación provino de pequeños contribuyentes, el 15 % de medianos y el 14 % de grandes contribuyentes.
«Corresponde al panadero, al mecánico, al emprendedor. Corresponde a aquel que obtuvo su primer empleo y que no sabía que tenía que presentar su declaración de impuesto sobre la renta», agregó.
El alcance de la ley permite aplicar a casos que se encuentren en distintas instancias procesales:
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A diferencia de los aplazamientos habituales del Código Tributario que cargan intereses, las cuotas pactadas dentro del marco de esta ley transitoria no generarán ningún recargo.
No obstante, si el usuario incumple el pago de una cuota, perderá automáticamente el beneficio y el fisco reactivará el cobro de la multa e intereses originales.

Durante la ronda de preguntas, los integrantes de la mesa legislativa expresaron sus valoraciones sobre el impacto de la medida en las finanzas públicas y en la economía de las familias.
La diputada Suecy Callejas se enfocó en aclarar ejemplos cotidianos para orientar a la ciudadanía sobre cómo regularizar omisiones pasadas y solicitó precisiones sobre el alcance de los intereses deudas. Sobre el impacto de la medida en el ánimo de la población, Callejas manifestó:
«Yo creo que esta es una gran oportunidad para todo el pueblo salvadoreño, para aquellos que se quieren poner al día y sobre todo porque no se van a pagar los intereses moratorios (…) Creo que no hay nada que a uno le dé más tranquilidad que no deber».
Por su parte, la diputada Dania González destacó los incrementos observados en la recaudación fiscal registrada durante el año y la trascendencia de estos fondos para el presupuesto de la nación.
En tanto, el diputado Giovanni Saldaña dirigió su intervención a verificar si existía alguna exclusión legal para las empresas o entidades mercantiles bajo nuevas figuras societarias.
El director Marvin Sorto le aclaró que la ley opera bajo el principio de universalidad y abarca por igual a personas naturales, Sociedades de Acciones Simplificadas (SAS), cooperativas y asociaciones.
El dictamen favorable aprobado en el seno de la comisión pasará al pleno legislativo en la siguiente sesión plenaria para su discusión y posterior votación final.
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