Las personas señalaron que han habitado las tierras por más de dos décadas
Las personas señalaron que han habitado las tierras por más de dos décadas

La Comisión de Infraestructura y Desarrollo Territorial de la Asamblea Legislativa emitió, el lunes 18 de mayo de 2026, el Dictamen Número 29 Favorable para reformar la Ley Especial para la Legalización de las Calles, Tramos de Calle, de Carretera, de Derechos de Vía y Antiguos Derechos de Vía Declarados en Desuso y Desafectados como de Uso Público.
Con esta iniciativa, aprobada por los parlamentarios, se abre el camino legal para transferir la propiedad de los terrenos en desuso a favor de las familias de escasos recursos económicos que los habitan.
La reforma beneficia directamente a la comunidad 2 de Noviembre, un asentamiento humano consolidado que se localiza en el sector del Distrito Italia, en el distrito de Tonacatepeque, bajo la jurisdicción del municipio de San Salvador Este, en el departamento de San Salvador.
De acuerdo con los informes institucionales, la medida otorgará certidumbre y estabilidad habitacional a más de 170 familias que por más de 25 años carecieron de escrituras legítimas.
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La Comunidad 2 de Noviembre, en Tonacatepeque, al fin obtiene justicia.
— Ernesto Castro (@ECastroES) May 9, 2026
Gracias a las gestiones que hicimos con el Ministerio de Obras Públicas, cada día están más cerca de obtener sus títulos de propiedad.
Atrás quedarán 25 años de abandono, estafas y las falsas promesas de… pic.twitter.com/2HepkPWIUo
El expediente legislativo (número 639-5-2026-1) contiene la iniciativa promovida por el presidente de la Asamblea Legislativa, el diputado Ernesto Castro.
La propuesta recibió sustento técnico mediante un informe de inspección y factibilidad de desafectación emitido de manera conjunta por el Ministerio de Obras Públicas y de Transporte (MOPT), el Ministerio de Vivienda y la Dirección de Legalización de la Propiedad.
Las inspecciones verificaron que las tierras estatales perdieron su finalidad vial original debido al desarrollo urbano y las variaciones en la planificación de la zona, pasando a un estado de desuso ocupado de forma quieta, pacífica e ininterrumpida por los pobladores.
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Jurídicamente, la comisión fundamentó el dictamen en el artículo 2 de la Constitución de la República, el cual garantiza el derecho a la propiedad y posesión, así como en el artículo 104, que faculta al Estado a transferir bienes inmuebles estatales a personas naturales.
El procedimiento de regularización dominial se canalizará a través del Fondo Nacional de Vivienda Popular (FONAVIPO), entidad encargada de transferir los títulos de propiedad definitivos, cerrando un ciclo de promesas incumplidas y estafas que afectaron a la comunidad por más de dos décadas.
Las personas beneficiadas llegaron a la comisión donde señalaron que algunos de ellos fueron víctimas de estafa por hasta $50,000.
El dinero era entregado a personas que les ofrecían legalizar los terrenos.
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