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¿Es legal que un vigilante le tome fotografía a su DUI al ingresar a una colonia privada?

Abogado explica sobre la legalidad de que el DUI sea fotografiado cuando su portador busque ingresar a una residencial y sea exigido por un vigilante privado

Jaime Ramírez Ortega
Jaime Ramírez Ortega, abogado y teólogo, durante una entrevista. Foto EDH/Cortesía https://www.facebook.com/photo.php?fbid=1518717049687353&set=pb.100046472182056.-2207520000&type=3

El abogado y teólogo Jaime Ramírez Ortega ha señalado públicamente que la práctica de fotografiar el Documento Único de Identidad (DUI) a las personas que ingresan a colonias y residenciales privadas constituye una acción prohibida por la legislación vigente.

Según expuso Ramírez Ortega, la captura de imágenes de este documento vulnera el derecho a la privacidad de los ciudadanos. 

Sobre esta acción, el profesional del derecho afirmó:

«Si usted entra a una colonia privada y le piden el documento único y le toman foto a su documento único, esto es completamente prohibido por la ley. No pueden estarle tomando fotos a su documento único, dado que eso está en la esfera de su intimidad».

Asimismo, el abogado sostuvo que los agentes de seguridad privada no cuentan con la atribución legal para realizar este procedimiento. 

En relación con el cumplimiento normativo y las autoridades competentes, expresó:

«En consecuencia, todo aquel vigilante que tiene una orden de tomarle foto a un DUI en una colonia privada, hay que denunciarlo a la Policía Nacional Civil porque el único que puede tomar una fotografía de tu DUI es un Policía Nacional Civil, pero jamás un agente privado».

Ramírez Ortega dirigió además un mensaje a las empresas de seguridad privada y a las directivas comunitarias para revisar estas prácticas:

«Por lo tanto, le hago un llamado a esas compañías y esas asociaciones que hay en colonias privadas a que tomen en consideración esto porque se pueden ver en serios problemas legales de estar tomándole fotos a los documentos únicos de las personas que ingresan en esos lugares».

¿Qué establece la Ley para la Protección de Datos Personales?

Al examinar el contenido del Decreto N.° 144 de la Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, denominado Ley para la Protección de Datos Personales, se observan disposiciones generales sobre la privacidad y el tratamiento de la información confidencial:

  1. Garantía del derecho a la intimidad: La norma establece en sus considerandos y articulado inicial que su objetivo es garantizar el derecho a la intimidad y a la autodeterminación informativa de los ciudadanos, regulando la recolección, almacenamiento y difusión de datos personales por parte de terceros.
  2. Consentimiento del titular: La ley dispone que todo tratamiento o transferencia de datos personales requiere del consentimiento previo, informado y expreso de la persona titular, salvo excepciones legalmente tipificadas.

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