Light
Dark

¿Despido sin contrato? La PGR explica cómo actuar y exigir sus derechos

Un despido verbal o por acoso no anula sus derechos. Sepa cómo probar su tiempo de trabajo y solicitar representación judicial gratuita en la PGR

La PGR brinda asesoría a los salvadoreños que son despedidos de forma injustificada. Foto EDH/Referencia

Enfrentar la pérdida repentina del empleo genera incertidumbre, especialmente cuando no existe un documento firmado de por medio. Ante esta situación, la Procuraduría General de la República (PGR) de El Salvador explicó qué acciones debe tomar un trabajador tras ser destituido e informó que la falta de un contrato impreso no anula sus derechos laborales ni le impide iniciar un proceso legal.

Durante la emisión del podcast institucional Háblame Derecho, el procurador especializado en derechos laborales de la PGR, Melvin Armando Cepeda, brindó orientación sobre cómo actuar y qué elementos considerar en caso de sufrir un despido arbitrario:

  • Reconocer el despido: Identificar que la finalización de la relación laboral puede ser verbal o escrita. No se requiere la palabra «despedido»; órdenes como «recoge tus herramientas y vete», negar el acceso al centro de trabajo o recurrir a insultos constituyen un despido injustificado. También aplica el «despido indirecto» mediante acoso, sobrecarga de trabajo o maltrato.
  • Identificar las condiciones de trabajo: Precisar datos clave sobre la labor desempeñada, como la fecha de ingreso, el rol de tareas, el horario habitual y si existían horas extraordinarias no pagadas.
  • Reunir medios de prueba y testigos: Ante la ausencia de un contrato escrito, el trabajador debe identificar a compañeros de trabajo o personas que hayan presenciado la prestación del servicio para que testimonien sobre la relación laboral y el horario cumplido.
  • Acudir a la PGR para recibir asesoría: Presentarse a las sedes de la Procuraduría para exponer el caso, donde el personal orienta sobre los requerimientos y documentos necesarios para iniciar el proceso.
  • Mantener el acompañamiento legal: La PGR asigna representación legal gratuita en la vía administrativa y judicial para reclamar las prestaciones de ley correspondientes.

La ausencia de contrato no exime de responsabilidad al patrono

Uno de los temores más frecuentes entre la población trabajadora es no poder demandar por no contar con un contrato por escrito. 

El procurador Cepeda aclaró que, según los artículos 17, 18 y 19 del Código de Trabajo, la responsabilidad de la falta de contrato recae exclusivamente en el empleador y no en el empleado.

“‘Si yo no tengo ninguna obligación contigo, si ni contrato tenemos, no existe responsabilidad’. Esa es la mayor falsedad que existe porque resulta ser que en la ley, en nuestro Código de Trabajo, dice el legislador, en el capítulo referente al contrato de trabajo, artículo 17, 18, 19, que la relación de trabajo debe ser escrita, pero en caso de que no exista un contrato escrito, la culpabilidad o la imputabilidad de la no existencia del contrato es del empleador, no del trabajador”, dijo Cepeda.

La legislación establece que la relación laboral se presume existente si la persona prestó sus servicios para el mismo patrono por más de dos días consecutivos. 

Dichos extremos se pueden comprobar mediante cualquier medio probatorio, siendo las declaraciones de testigos una de las herramientas más efectivas.

Como ejemplo de esto, en el programa se expuso el caso de un trabajador que laboró como soldador de obra de banco durante seis años continuos sin contrato firmado. 

Tras ser despedido de forma verbal sin el pago de su tiempo de servicio, acudió a la PGR y, con la prueba testifical logró comprobar su tiempo de trabajo y resolver su caso con éxito.

Cobertura nacional y servicio gratuito

La PGR brinda asesoría y representación legal en casos de despidos, impago de salarios, retrasos de sueldo y no reconocimiento de horas extraordinarias. 

Cepeda destacó que la entidad asume anualmente no menos del 93% de las representaciones judiciales laborales del país.

La atención presencial está disponible en 16 de las 18 procuradurías auxiliares ubicadas en las 14 cabeceras departamentales. 

Solamente las sedes de Apopa y Soyapango no atienden estos casos directamente, dado que se canalizan desde la oficina central en San Salvador.

El funcionario concluyó recordando que la totalidad de los servicios que brinda la PGR son gratuitos e hizo un llamado a la ciudadanía a denunciar por las vías institucionales cualquier cobro indebido por parte del personal.

Legales Obituarios Epaper