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Reforman ley de comercialización de café con el fin de agilizar procesos

Los exportadores tendrán un periodo de tres días para recibir el permiso para exportar. Antes eran hasta cinco días hábiles

EDC- Cultivos- Café- Corte- Cantón- Matasano
Cortadoras inician a recolectar el grano de café, esto en el Cantón Matasano. Foto EDH/ Emerson Del Cid

Con un total de 57 votos a favor, el pleno de la Asamblea Legislativa de El Salvador aprobó reformas a la Ley Especial para la Comercialización, Registro y Protección de la Propiedad del Café, con el objetivo de dinamizar la actividad cafetalera, facilitar los procesos de exportación y fortalecer la regulación del sector, de acuerdo a lo expresado en la comisión respectiva y durante la lectura en la plenaria 105.

Las modificaciones están enfocadas a hacer más ágiles los trámites entre los actores de la cadena productiva del café, mediante la reducción y regulación de los plazos de exportación.

Uno de los principales cambios es la reforma al artículo 31, que reduce de cinco a tres días el tiempo para la emisión de permisos de exportación, una vez suscrito el contrato. En contraste, los exportadores tendrán ahora un plazo de 10 días hábiles para notificar al Instituto Salvadoreño del Café sobre los contratos de venta al exterior, ampliando el período anterior de tres días.

Asimismo, la normativa establecerá que los permisos de exportación tendrán una vigencia de 60 días hábiles, con posibilidad de renovación, lo que busca brindar mayor flexibilidad a los exportadores.

Nuevas obligaciones para productores

Las reformas también incorporan nuevas responsabilidades para los actores del sector. Los productores agrícolas en las categorías de semilleristas y viveristas deberán registrarse ante el ISC, ya que no estaban contemplados en la ley aprobada en marzo de 2024.

Además, beneficiadores, pergamineros, intermediarios y exportadores estarán obligados a informar sobre los ingresos de café de terceros para su procesamiento bajo contratos de servicios.

Se endurecen sanciones

Entre los cambios, se incluyen nuevas infracciones para reforzar el cumplimiento de la normativa. Se considerará “falta grave” realizar actividades de procesamiento de café en sus diferentes etapas sin contar con acreditación del ISC.

También se tipificará como “falta muy grave” la compra o venta de café utilizando registros vencidos, lo que podría derivar en sanciones más severas para quienes incumplan la ley.

Con estas reformas, los legisladores buscan impulsar la competitividad del sector cafetalero y generar condiciones más favorables para su desarrollo económico.

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