El Fondo Social para la Vivienda (FSV) publicó el listado de clientes que pueden solicitar la devolución de dinero correspondiente a pagos realizados después de haber cancelado por completo su préstamo habitacional
El Fondo Social para la Vivienda (FSV) publicó el listado de clientes que pueden solicitar la devolución de dinero correspondiente a pagos realizados después de haber cancelado por completo su préstamo habitacional

El Fondo Social para la Vivienda (FSV) publicó el listado de clientes que pueden solicitar la devolución de dinero correspondiente a pagos realizados después de haber cancelado por completo su préstamo habitacional.
Es decir, corresponde a aquellos casos que, por una razón u otra, aunque los préstamos ya habían sido cancelados por completo, realizaron abonos (muchas veces eran por cobros automáticos a través de sus empleadores) o porque no se habían dado cuenta que ya no debían dinero.
La institución explicó que la devolución está disponible únicamente para las personas cuyos nombres aparecen en el listado oficial publicado por el FSV.
Los beneficiarios pueden realizar el trámite de forma presencial en las agencias de San Salvador, Santa Ana y San Miguel, o a través de los Servicios Electrónicos del FSV cuando la gestión sea presentada por el titular del crédito.
Para verificar si una persona forma parte del listado de beneficiarios, el Fondo Social para la Vivienda puso a disposición el registro en su portal institucional.
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En el caso de préstamos individuales, los interesados deberán presentar el Documento Único de Identidad (DUI) y el número del préstamo.
Si se trata de un crédito mancomunado, además del DUI y el número del préstamo, será necesario presentar una copia del comprobante que demuestre que quien realiza la gestión efectuó el pago. Asimismo, los titulares del financiamiento deberán presentarse para completar el proceso.
La institución también permite que la devolución sea solicitada por un apoderado legal, quien deberá presentar el poder que lo autorice a actuar en representación del cliente.
Cuando el titular del préstamo haya fallecido, los beneficiarios o herederos podrán reclamar los excedentes presentando el acta de defunción y la documentación legal que acredite su derecho sobre los fondos.
El FSV informó que los titulares pueden gestionar la devolución desde el portal institucional. Para ello deberán ingresar a la sección «Servicios Electrónicos» y crear un usuario utilizando su número de DUI.
Esta modalidad está disponible únicamente para el titular del préstamo, por lo que apoderados, beneficiarios y herederos deberán efectuar el trámite de forma presencial con la documentación correspondiente.
Las personas que prefieran realizar el procedimiento de manera presencial pueden acudir a las siguientes oficinas del Fondo Social para la Vivienda:
El FSV recomendó verificar previamente si el nombre aparece en el listado oficial y reunir toda la documentación antes de iniciar el trámite. Para obtener información sobre horarios de atención, requisitos adicionales o el proceso de devolución, los usuarios también pueden comunicarse al Contact Center 190.
La devolución aplica exclusivamente a clientes con saldos a favor originados por pagos efectuados después de cancelar totalmente su crédito hipotecario.
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