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Feminicida de Soyapango llamó 300 veces a víctima previo a crimen

Centros Judiciales confirmó la condena de 50 años para Milton Rivas por el feminicidio de expareja, a quien controlaba y acosaba en Soyapango

El hombre cometió el hecho en una colonia de Soyapango, de acuerdo a las investigaciones de las autoridades. Foto EDH/Cortesía
El hombre cometió el hecho en una colonia de Soyapango, de acuerdo a las investigaciones de las autoridades. Foto EDH/Cortesía

El Juzgado Especializado de Sentencia para una Vida Libre de Violencia y Discriminación para las Mujeres de San Salvador impuso la pena máxima de 50 años de cárcel a Milton Salvador Rivas Interiano tras hallarlo culpable del delito de feminicidio agravado en perjuicio de su expareja, en un hecho que ocurrió en Soyapango de acuerdo a un reporte de Centros Judiciales de El Salvador.

Además de la pena de prisión, el tribunal ordenó al condenado el pago de $21,140 en concepto de responsabilidad civil destinado a la familia de la víctima.


El crimen en la colonia La Floresta

Según el informe judicial, el hecho ocurrió el 20 de agosto de 2024 en una vivienda ubicada en la colonia La Floresta, distrito de Soyapango, San Salvador Este. 

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Las investigaciones señalaron que Rivas Interiano condujo a la víctima mediante engaños hacia el inmueble que anteriormente compartían.

Una vez en el lugar, el agresor la atacó con un arma blanca, causándole múltiples heridas en las regiones del cuello y el tórax que le provocaron la muerte. 

Agentes del Cuerpo de Agentes Metropolitanos (CAM), quienes se encontraban en la zona, acudieron a la vivienda tras ser alertados por vecinos que escucharon los gritos de auxilio de la mujer. 

Al ingresar a la propiedad, los agentes encontraron el cuerpo sin vida de la víctima y capturaron a Rivas Interiano, quien estaba cubierto de sangre e intentaba darse a la fuga.

El historial de violencia y control excesivo

Las indagaciones presentadas durante el proceso judicial determinaron que la víctima y el agresor mantuvieron una relación de convivencia durante 16 años, período que estuvo marcado por violencia psicológica y emocional ejercida por Rivas Interiano.

Métodos de sometimiento y conductas de acoso

De acuerdo con los elementos recabados por las autoridades, el sujeto ejercía un control estricto sobre las actividades de su expareja, limitando sus círculos de amistad.

Entre las conductas registradas, el agresor le exigía mantener llamadas telefónicas activas de manera continua mientras ella realizaba sus labores personales y profesionales, con el fin de monitorear su entorno.

Debido a estas conductas, la mujer intentó distanciarse, lo que derivó en un incremento de la insistencia por parte del procesado. 

Rivas Interiano realizaba múltiples llamadas diarias tanto a la víctima como a personas de su confianza para presionar de cara a una reconciliación. 

El nivel de acoso provocó que en julio de 2024 se le prohibiera formalmente el ingreso al condominio donde la víctima operaba su oficina de servicios jurídicos y notariales.

Factores de vulnerabilidad psicológica

La resolución del Juzgado Especializado detalló que la víctima presentaba una vulnerabilidad psicológica caracterizada por el desarrollo de un síndrome adaptativo de apego y dependencia emocional hacia el agresor. 

Esto la llevaba a justificar, excusar y normalizar las acciones de control bajo la creencia de que el comportamiento de Rivas Interiano cambiaría y no atentaría contra su integridad física.

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Evidencias tecnológicas y resolución judicial

Para la emisión del fallo condenatorio, el tribunal evaluó el desfile probatorio, el cual incluyó evidencia digital extraída de dispositivos telefónicos y plataformas virtuales.

Entre las pruebas principales presentadas por la representación fiscal se encontraron:

  • El registro de más de 300 llamadas telefónicas realizadas por el agresor a la víctima en los días previos al crimen.
  • Intercambios de mensajes de texto en los que constaban las agresiones verbales y psicológicas hacia la mujer.
  • Publicaciones realizadas por el imputado en redes sociales, en las cuales denigraba, insultaba y ridiculizaba de forma pública a varias mujeres.

Con base en la gravedad de los hechos y la robustez de las pruebas periciales y testimoniales, el juzgado aplicó la pena máxima de 50 años de prisión contemplada en la legislación vigente para el delito de feminicidio agravado.

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