La disposición entra en vigor el 3 de noviembre de 2026 y aplica para todos los pasajeros que salgan del país en vuelos comerciales o privados, independientemente de su nacionalidad o estatus migratorio
La disposición entra en vigor el 3 de noviembre de 2026 y aplica para todos los pasajeros que salgan del país en vuelos comerciales o privados, independientemente de su nacionalidad o estatus migratorio

Los ciudadanos que tengan planificado viajar a Estados Unidos deberán atender un nuevo requisito sanitario que entra en vigencia a partir del próximo 3 de noviembre de 2026.
La medida, dispuesta por los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC), obliga a todos los pasajeros de vuelos internacionales a presentar una declaración completada antes de realizar el abordaje.
La exigencia busca reducir el riesgo de ingreso del virus del ébola a suelo estadounidense. Aunque el protocolo responde al contexto de la República Democrática del Congo, aplicará de forma generalizada a las personas que salgan desde el Aeropuerto Internacional de El Salvador, aun si nunca han visitado el continente africano.
PODRÍA INTERESARLE: Despliegue militar en Haití genera dudas sobre misión de Bukele, advierte CNN
El documento se denomina Traveler Disclosure and Attestation to the United States of America. En esta declaración, cada pasajero debe confirmar que no ha permanecido en la República Democrática del Congo durante los 21 días previos a su vuelo, plazo que corresponde al período máximo de incubación del virus.
El requisito abarca a casi la totalidad de los viajeros hacia Estados Unidos sin importar su condición migratoria ni su nacionalidad: incluye a turistas, ciudadanos estadounidenses, residentes permanentes con Green Card, personas en viaje de negocios o familiar, e incluso a quienes únicamente realizan escala en territorio estadounidense.
La medida se extenderá a vuelos comerciales, aeronaves privadas y aviación general, requiriendo un formulario individual por cada persona, aun en grupos familiares.
Las aerolíneas operadoras estarán a cargo de verificar que los viajeros cuenten con la declaración completa previo a subir al avión.
Quien no presente la documentación requerida no podrá abordar la aeronave. Los pasajeros podrán exhibir el formulario en formato digital o impreso, mientras que las compañías aéreas deberán resguardar los archivos por un lapso mínimo de 42 días para eventuales requerimientos de las autoridades.
Proporcionar datos falsos de forma deliberada conllevará consecuencias legales, incluyendo multas y penas de prisión bajo las leyes federales de Estados Unidos.
Finalmente, se aclara que esta declaración preventiva no sustituye ni reemplaza la visa, el pasaporte ni los trámites migratorios habituales para ingresar a ese país.
MIRE TAMBIÉN: Condenan a más de 70 pandilleros con penas de hasta 60 años de cárcel
Consulte avisos notariales, convocatorias, licitaciones públicas y subastas oficiales.
Ver publicacionesConsulte homenajes, condolencias y avisos de honras fúnebres.
Ver publicacionesInterés y comisión de productos crediticios y estados financieros.
Ver publicaciones2026 – Todos los derechos reservados
La realidad en tus manos
Fundado en 1936 por Napoleón Viera Altamirano y Mercedes Madriz de Altamirano.
Facebook-f Instagram X-twitter11 Calle Oriente y Avenida Cuscatancingo No 271 San Salvador, El Salvador Tel.: (503) 2231-7777 Fax: (503) 2231-7869 (1 Cuadra al Norte de Alcaldía de San Salvador)
📞 +503 7854 1557
✉️ anunciate@elsalvador.com