Light
Dark

¿Lo pueden bajar del bus porque no tenían vuelto para su billete? ¿Qué dice la ley?

No devolver el cambio a los pasajeros, no aceptar el pago cuando se cancele con billete u obligar

La reducción en la cantidad de unidades del transporte colectivo complica el traslado de las personas a ciertas horas del día. Foto EDH/Referencia
La reducción en la cantidad de unidades del transporte colectivo complica el traslado de las personas a ciertas horas del día. Foto EDH/Referencia

Aunque es más común de lo que parece, muchas personas se han visto en la situación de tener que bajarse del autobús porque el conductor no lleva vuelto para el billete que porta.

Lo común parece hacer la norma, al menos es lo socialmente establecido. Sin embargo, la ley prohíbe expresamente esa práctica, y, no solo eso, sino que incluso está establecido como una falta grave tras las reformas a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, firmado por los diputados de la Asamblea Legislativa el 11 de diciembre de 2024.


En el apartado sobre el cuadro de multas por infracciones cometidas por concesionarios, permisionarios, propietarios y conductores de vehículos automotores de transporte público de pasajeros, dicha acción aparece tipificada como una falta grave.

En el punto número 5, reza: «No devolver el cambio a los pasajeros, no aceptar el pago cuando se cancele con billetes de alta denominación, u obligar a los pasajeros a bajar de las unidades porque no se tiene cambio, en los casos de no contar con sistemas de cobro electrónico». Dicha falta grave es sancionada con $100 de multa según dicho documento.

Por tanto, si el conductor o cobrador (ahora son raras las rutas que incluyen cobrador) no le brindan el vuelto, esto es considerado una falta grave; y tampoco pueden obligarle a bajar de la unidad por ello.

Claro, para que aplique debería de haber una denuncia ciudadana al respecto, y si hay pruebas, como por ejemplo un video tomado desde celular, será más fácil proceder para las autoridades.

Otras faltas que están tipificadas como graves

Dentro del reglamento mencionado, también se consideran otras faltas graves (son multadas con $100 y, en algunos casos, implican incluso que le quiten la unidad al motorista y que esta sea devuelta solamente tras la cancelación de la multa).

Por ejemplo, circular con música estridente o con contaminación auditiva, o conducir con las puertas abiertas o mecanismos de cierre en mal estado.

Legales Obituarios Epaper

Patrocinado por Taboola