Con un respaldo de 59 votos en el pleno legislativo, la Asamblea ratificó dos convenios internacionales en materia tributaria suscritos con la República de Turquía y con los Emiratos Árabes Unidos (EAU).
Las ratificaciones se concretaron en la sesión plenaria número 133, luego de que la Comisión de Salvadoreños en el Exterior, Legislación y Gobierno emitiera los dictámenes favorables correspondientes para dar paso a la votación.
Ambos instrumentos internacionales tienen como propósito central evitar que una misma renta o patrimonio sea gravado simultáneamente en El Salvador y en los países coinvestidores. Al mismo tiempo, buscan afianzar la cooperación bilateral, prevenir la evasión y la elusión fiscal, y generar un entorno de certeza jurídica que potencie el intercambio comercial y las relaciones económicas con ambas naciones.
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Mecanismos para eliminar la doble imposición
Durante la fase de estudio de las iniciativas, la directora de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, Esther Salguero Galindo, expuso ante la comisión legislativa que cada instrumento define con precisión en qué jurisdicción corresponde liquidar los tributos, dependiendo de la naturaleza de cada ingreso.
La funcionaria detalló que las normativas facultan a las empresas y personas naturales a descontar localmente el impuesto previamente retenido o cancelado en el extranjero.
“Se permite deducir el impuesto pagado en el extranjero —sea Turquía o los Emiratos Árabes Unidos— y se descuenta aquí en el país”, precisó Salguero Galindo, subrayando que dicha acreditación se aplicará estrictamente bajo los topes y límites estipulados en el articulado de cada acuerdo.
Adicionalmente, el marco normativo aprobado incluye cláusulas antIAB (antiabuso) diseñadas para impedir que contribuyentes se aprovechen de las disparidades entre los sistemas jurídicos para reducir indebidamente sus obligaciones fiscales.
Reglas claras para inversiones con Turquía y Emiratos Árabes
El acuerdo bilateral suscrito con Turquía establece parámetros detallados para la tributación de utilidades empresariales, dividendos, intereses, regalías y ganancias derivadas de la enajenación de bienes.
A su vez, el tratado incorpora protocolos de resolución de controversias mediante procedimientos amigables entre administraciones tributarias y mecanismos para el intercambio directo de información entre las autoridades de hacienda.
Por su parte, el convenio con los Emiratos Árabes Unidos abarca disposiciones relativas a los impuestos sobre la renta y sobre el capital. Este marco contempla regulaciones específicas para los beneficios procedentes del sector hidrocarburos, dividendos, intereses, pensiones, ganancias de capital y rendimientos del trabajo personal.
Ambos tratados internacionales surtirán plenos efectos legales una vez que el Ejecutivo salvadoreño concluya los trámites de notificación y formalidades procedimentales previstos en la legislación interna.
Las ratificaciones se dieron sin discusión en el pleno.
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