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Diputados aprueban reformas a la ley del CENTA y crean registro para productores de cacao

En la sesión plenaria número 133, el primer órgano del Estado avaló con 56 votos una serie de modificaciones a la normativa del Centro Nacional de Tecnología Agropecuaria y Forestal (CENTA), vigente desde 1993

Plenaria- Diputados- Asamblea Legislativa
Plenaria, en la Asamblea Legislativa. Foto EDH/ Susana Peñate

Los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron, en el marco de la plenaria número 133, una profunda reforma a la Ley de Creación del Centro Nacional de Tecnología Agropecuaria y Forestal (CENTA), normativa que se mantenía sin cambios sustanciales desde su promulgación en 1993.

La iniciativa, que contó con el respaldo de 56 votos en el pleno, fue dictaminada de manera favorable por la Comisión de Salud, Agricultura y Medio Ambiente tras recibir los insumos técnicos de la institución.

Durante la fase de análisis del proyecto, la directora ejecutiva del CENTA, Odette Varela Milla, expuso ante los legisladores la urgencia de adecuar el marco jurídico institucional frente a las transformaciones científicas, tecnológicas, productivas y ambientales acontecidas en las últimas décadas.

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La funcionaria detalló que las reformas abarcan la actualización de las funciones de la entidad, su estructura organizativa, los procesos de investigación, la producción de semillas, el suministro de servicios especializados y el apoyo técnico integral al sector agropecuario.

Ampliación de facultades y certificación técnica

Sin discusión alguna durante la plenaria luego de la lectura de la propuesta de reforma, esta fue aprobada, y, tras ocho días de su publicación en el Diario Oficial, la institución autónoma tendrá nuevo marco legal para producir, reproducir, adquirir, distribuir y comercializar semillas, material vegetal, material fitogenético, bioinsumos, así como productos, bienes y servicios vinculados a sus fines institucionales.

El objetivo central de la normativa, según la Comisión de la Asamblea, es contribuir de manera directa al incremento de la productividad agropecuaria y forestal, con el fin de asegurar el abastecimiento de las necesidades alimentarias del país, la demanda de la agroindustria y la oferta exportable.

Asimismo, los cambios facultarán al CENTA para brindar servicios científicos y técnicos de carácter especializado, otorgándole la capacidad de ejecutar procesos de certificación en materias ligadas a sus objetivos.

Según lo expuesto, la aplicación de este nuevo marco busca garantizar que los conocimientos científicos generados se traduzcan de forma efectiva en mejores herramientas tecnológicas y mayores oportunidades de desarrollo para los productores nacionales.

Registro voluntario para la cadena del cacao

Entre las incorporaciones más destacadas al texto legal resalta la inclusión del artículo 4-A, mediante el cual se crea formalmente el registro del sector cacao y sus unidades productivas. Esta herramienta permitirá inscribir a productores, comercializadores, transformadores y demás actores involucrados en la cadena de valor de este rubro.

El procedimiento de inscripción en dicho registro será de carácter voluntario y gratuito, quedando los requisitos y trámites operativos bajo la reglamentación que emita el propio CENTA. Quienes formen parte de este registro podrán acceder a los programas institucionales, servicios de acompañamiento técnico, procesos de transferencia tecnológica, capacitaciones y asistencia especializada, facilitando además su vinculación con mercados nacionales e internacionales.

Reestructuración de la Junta Directiva

La reforma avalada por el Parlamento también introduce modificaciones sustanciales en la gobernanza del CENTA. En la nueva integración de su Junta Directiva se sumarán la ministra de Relaciones Exteriores, Alexandra Hill Tinoco, y el presidente del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, Ricardo Cardona Alvarenga.

Adicionalmente, tras la reforma aprobada por los diputados, se actualizaron las reglas para la celebración de las reuniones del equipo directivo, estableciendo que las sesiones se realizarán con la frecuencia que la entidad requiera, pudiendo desarrollarse bajo modalidades presencial, virtual o mixta.

En cuanto a sus competencias, la Junta Directiva verá ampliadas sus atribuciones en materia de planificación institucional, aprobación de planes y presupuestos, definición de la estructura organizativa, fijación de tarifas y la autorización de actos administrativos y patrimoniales.

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