El municipio de San Salvador Norte aprobó el plan de retiro para personal en edad de jubilación o salud grave. Entérese de requisitos, trámites y cuotas
El municipio de San Salvador Norte aprobó el plan de retiro para personal en edad de jubilación o salud grave. Entérese de requisitos, trámites y cuotas

La alcaldía del municipio de San Salvador Norte, en el departamento de San Salvador, dará hasta 20 mil dólares a las personas que se acojan a la ordenanza transitoria de retiro voluntario aprobada por el concejo municipal.
Esta medida está destinada al personal municipal en edad de jubilación o diagnosticado con enfermedades terminales, brindándoles una indemnización económica calculada según los años de servicio continuo en la institución.
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La disposición fue aprobada y consignada formalmente en el Diario Oficial con fecha 16 de julio de 2026.
El plan de retiro está dirigido al personal que labora bajo el régimen de la Ley de la Carrera Administrativa Municipal o por contrato individual de trabajo en los distintos distritos que integran la municipalidad (tales como Guazapa, Aguilares y El Paisnal).
Para aplicar a esta disposición, las personas interesadas deben cumplir con alguno de los siguientes criterios:
La cuantía del beneficio económico equivale a 30 días (un mes) de salario básico por cada año de servicio prestado a la municipalidad de San Salvador Norte, tomando como referencia lo estipulado en la Ley de la Carrera Administrativa Municipal.

El desembolso de la prestación económica se estructurará en cuotas mensuales abonadas a través de la Tesorería Municipal el último día hábil de cada mes, divididas según la siguiente escala por montos:
Las personas interesadas en acogerse a este programa deberán tramitar su desvinculación voluntaria cumpliendo la siguiente ruta administrativa:
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La ordenanza concede un plazo transitorio de 30 días calendario (un mes) contados a partir de su entrada en vigencia para que el personal municipal presente la documentación ante la Unidad de Recursos Humanos y formalice la solicitud de compensación económica.
El plazo inicia el 10 de agosto y finaliza el 9 de septiembre de 2026.
La ordenanza consigna la autorización al Departamento de Contabilidad y Presupuesto crear las condiciones presupuestarias necesarias para la aplicación de la misma y a la Tesorería Municipal para que erogue cantidades respectivas del presupuesto para efectuar los pagos correspondientes.
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