La medida se mantiene desde hace cuatro años y ha sido criticada por algunas organizaciones por considerar que entre los detenidos hay personas que no pertenecían a grupos delictivos y de pandilla
La medida se mantiene desde hace cuatro años y ha sido criticada por algunas organizaciones por considerar que entre los detenidos hay personas que no pertenecían a grupos delictivos y de pandilla

Este domingo entró en vigencia la prórroga número 51 del régimen de excepción en todo el territorio de El Salvador. La medida extraordinaria, avalada por la Asamblea Legislativa con una contundente mayoría de 57 votos a favor, prolongará las facultades especiales de las fuerzas de seguridad con el objetivo de mantener la contención de las estructuras criminales y pandilleras.
A continuación, se presenta una guía utilitaria y detallada con los aspectos legales, las fechas de vigencia, los derechos constitucionales restringidos y las estadísticas oficiales vigentes a partir de hoy.
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La nueva extensión de la normativa fue coordinada por el Órgano Ejecutivo a través del Consejo de Ministros y admitida en el parlamento mediante la figura jurídica de dispensa de trámites. Las fechas clave de su aplicación son las siguientes:
Para la tranquilidad y conocimiento de la ciudadanía, es fundamental aclarar que el régimen de excepción no anula la totalidad de la Constitución. En concordancia con los decretos anteriores derivados de la iniciativa original (Decreto Legislativo N.° 333), únicamente tres derechos específicos se mantienen suspendidos, mientras que el resto de las garantías operan con total normalidad:
Garantías que operan de pleno derecho: El derecho a la libertad de asociación y reunión (Artículo 7 de la Constitución) NO está restringido. La población puede realizar cultos religiosos, eventos deportivos, actividades comerciales, reuniones académicas, celebraciones familiares y transitar libremente por las calles de todo el país sin ningún tipo de impedimento legal.
Durante la lectura pública del proyecto en el Salón Azul de la Asamblea Legislativa, las autoridades expusieron el balance macro que fundamenta la necesidad de mantener las medidas excepcionales:
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El sustento legal de la votación parlamentaria evoca directamente los acontecimientos del 27 de marzo de 2022. En esa fecha, se emitió el decreto original tras un violento fin de semana en el que las estructuras criminales asesinaron a más de 60 salvadoreños en diversos puntos del país.
¿Por qué se aprueba la prórroga 51? Siguiendo los criterios de la jurisprudencia de la Sala de lo Constitucional, las extensiones sucesivas son válidas y necesarias siempre y cuando persistan los factores de riesgo o remanentes de las organizaciones que motivaron la emergencia original.
Los informes del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública señalan que, a pesar de las más de 92 mil capturas, aún existen estructuras latentes y liderazgos ocultos en la clandestinidad que buscan reactivar sus canales logísticos y financieros.
Quitar estas herramientas operativas a la Policía Nacional Civil (PNC) y a la Fuerza Armada de El Salvador (FAES) de forma anticipada generaría un riesgo de reorganización de las pandillas, amenazando la paz social recuperada, de acuerdo a los documentos de la petición de prórroga.
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