Los extranjeros con residencia temporal deberán permanecer un mínimo de 90 días en el país en el año
Los extranjeros con residencia temporal deberán permanecer un mínimo de 90 días en el país en el año

La Comisión Salvadoreños en el Exterior, Legislación y Gobierno aprobó este lunes el dictamen para que se reforme la Ley Especial de Migración y de Extranjería, la cual reduce el plazo mínimo obligatorio que deben pasar en el país los extranjeros que tienen residencia temporal, además de facilitar el trámite para los hijos menores de edad de extranjeros que sean nacionalizados.
Ley establece que la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME) cancelará la autorización de permanencia y residencia de las personas extranjeras cuando se ausenten del país por más de tres meses consecutivos o cuatro meses acumulados en un mismo año.
Con el proyecto de reforma aplicaría la cancelación cuando no permanezcan un período mínimo de 90 días calendario dentro de cada año, ya sean estos consecutivos o acumulados.
De la misma forma, establece que el plazo de permanencia mínima para las personas extranjeras con residencia temporal sea de 90 días calendario en el año, sean consecutivos o acumulados.
De acuerdo a la DGME, la modalidad de migración «ha cambiado» y se requieren nuevos procedimientos.
«Actualmente, hay varios procedimientos que tienen algunos vacíos y que nos resulta difícil porque no tenemos establecido un procedimiento como claro y específico», dijo a la comisión Eleonora Elizabeth de Marroquín, Gerente de Extranjería de la DGMG.
Respecto a la permanencia mínima de 90 días, aseguró que obedece al nuevo «perfil» de extranjeros que llegan al país y solicitan la residencia temporal.
«Ahora la mayoría son personas de negocios, inversionistas, que sus mismos tipos de trabajo necesitan como moverse más seguido, entrar y salir del territorio. No permanecer constantemente en el territorio. Sin embargo, necesitan tener una residencia que le implique un vínculo real en el territorio», expresó.
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Indicó que la ley les exige permanecer nueve meses en el territorio y con la reforma quedaría a la inversa.
«Porque automáticamente, hoy por hoy, si ellos pasan mas de 90 días fuera del territorio pierden su calidad, entonces ellos si quieren iniciar nuevamente una calidad y tener una permanencia legal en el territorio, tienen que iniciar nuevamente ese proceso de residente temporal», dijo.
Otra de las modificaciones es al artículo que se refiere a la pérdida de calidad de salvadoreño por naturalización, el cual actualmente establece que el proceso lo realice el Ministerio de Seguridad Pública cuando la persona resida más de dos años consecutivos en el país de origen o por ausencia del territorio salvadoreño por más de cinco años.
El proyecto añade la causal de sentencia ejecutoriada en aquellos casos que se obtenga una condena por la comisión de delitos dolosos. «Quien pierda así la nacionalidad, no podrá recuperarla», dice.
La gerente de Extranjería propuso que se aplique en casos de delitos dolosos graves, lo que fue aceptado por los diputados.
También en las nacionalizaciones los hijos menores de edad de extranjeros que obtengan la calidad de salvadoreños serán considerados salvadoreños previa solicitud de sus padres y cuando alcancen la mayoría de edad podrán manifestar si desean conservarla.
«Ahora que todo ha cambiado, necesitamos cambiar esos procesos, la forma en cómo nosotros recibimos a esas personas», dijo la diputada Ana Figueroa.
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