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Protección Civil declara Alerta Roja en El Salvador por sequía meteorológica y agrícola

Ante la Alerta Roja, se prevé implementar transferencias monetarias temporales para proteger a familias vulnerables y garantizar su acceso a alimentos y agua

La Alerta Roja fue anunciada por Protección Civil este martes 25 de agosto de 2026. Foto EDH/Archivo
La Alerta Roja fue anunciada por Protección Civil este martes 25 de agosto de 2026. Foto EDH/Archivo

La Dirección General de Protección Civil, Prevención y Mitigación de Desastres emitió la declaratoria de Alerta Roja por sequía meteorológica y agrícola en todo El Salvador, conforme al documento oficial Ref: MIGOBDT-DGPC/DAR/SEQ-MA/001/2026 emitido el 25 de agosto de 2026. 

La medida se enfoca principalmente en los municipios y territorios con susceptibilidad alta y muy alta a déficit hídrico, estrés agrícola y afectación de medios de vida, con énfasis en las zonas del corredor seco nacional.


«Ante el déficit hídrico, períodos secos y altas temperaturas, emitimos  Alerta Roja a nivel nacional, debido a las condiciones climáticas. Activamos acciones preventivas, monitoreo y coordinación interinstitucional»

Protección Civil

Fundamentos técnicos y científicos

La decisión se fundamenta en la afectación global generada por el fenómeno del «Súper El Niño». 

Agencias meteorológicas como la NOAA y la Organización Meteorológica Mundial han confirmado un incremento de la temperatura superficial del mar en el Pacífico tropical superior a los 2 °C.

A nivel local, el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN), a través de la Dirección del Observatorio de Amenazas y Recursos Naturales, presentó la Perspectiva Nacional del Clima agosto–noviembre 2026, donde se detalla lo siguiente:

  • Comportamiento de precipitaciones: Para el trimestre agosto–octubre 2026 se estima un acumulado de precipitación de 6 mm, frente al promedio histórico de 939.0 mm.
  • Probabilidades por zona: Precipitaciones bajo lo normal en las zonas paracentral y oriental (70–90 %), zona central (50–70 %) y zona occidental (40–50 %).
  • Eventos secos: Se prevé una probabilidad del 20 al 40 % de ocurrencia de al menos un evento de sequía meteorológica a escala nacional entre agosto y parte de septiembre.
  • Antecedentes de 2026: Registro de un déficit de lluvia del 41 % en mayo, inicio temprano de la canícula y tres eventos de sequía meteorológica (el más reciente vigente desde el 7 de agosto, acumulando hasta 19 días secos consecutivos).
  • Temperaturas: Se reportaron 14 récords de temperatura en agosto, alcanzando máximas de hasta 9 °C en Santa Rosa de Lima.
  • Perspectiva de transición: La transición hacia la época seca se prevé para la segunda quincena de octubre, estableciéndose plenamente a finales de octubre o inicios de noviembre. Las probabilidades de lluvias extremas son bajas (20–30 %), aunque no se descartan tormentas de corta duración con fuerte actividad eléctrica.

Disposiciones oficiales

Para hacer frente a la situación, Protección Civil estableció una serie de medidas de obligatorio cumplimiento e implementación institucional:

1. Activación institucional

Se ordena la activación de las comisiones del Sistema Nacional de Protección Civil, así como de los mecanismos nacionales, departamentales y municipales de coordinación para dar seguimiento y atención a los efectos de la sequía.

2. Monitoreo técnico permanente

Las instituciones competentes deben mantener vigilancia continua sobre los siguientes factores:

  • Acumulados y distribución de la precipitación.
  • Duración, intensidad y recurrencia de períodos secos intraestacionales.
  • Niveles de humedad del suelo en áreas agrícolas.
  • Caudales y niveles de recursos hídricos destinados a consumo humano y uso agropecuario.
  • Estado de los cultivos y sistemas productivos.
  • Indicadores de seguridad alimentaria y condiciones socioeconómicas de la población.
  • Generación de alertas integradas y recomendaciones.

3. Evaluación territorial de afectaciones

Las Comisiones Departamentales y Municipales de Protección Civil deben llevar a cabo evaluaciones periódicas para identificar:

  • Vulnerabilidad de la población y los territorios expuestos.
  • Pérdidas y daños en el sector agrícola y pecuario.
  • Estado del acceso al agua para consumo humano e insumos productivos.
  • Necesidades prioritarias de asistencia y abastecimiento.
  • Identificación y priorización de comunidades en situación crítica.

4. Medidas tempranas y mitigación

Se establece la ejecución de acciones preventivas enfocadas en diversos sectores:

  • Salud e higiene: Vigilancia epidemiológica de enfermedades de origen hídrico y alimentario, junto con la promoción del manejo seguro, conservación y tratamiento del agua.
  • Sector agrícola: Prácticas de manejo eficiente del agua, conservación de suelos, adaptación de cultivos y asistencia técnica para proteger los medios de vida.
  • Recurso hídrico: Fortalecimiento de reservas y sistemas de almacenamiento, uso racional mediante campañas de sensibilización, control de pérdidas y priorización del agua para consumo humano.
  • Seguridad alimentaria: Seguimiento del acceso a alimentos y coordinación de asistencia para la población vulnerable.
  • Transferencias monetarias: Implementación de transferencias monetarias temporales y focalizadas para familias afectadas por la pérdida de sus medios de vida. Se priorizará a hogares en pobreza o pobreza extrema, adultos mayores, niños, niñas, adolescentes, personas con discapacidad y familias dependientes de la agricultura.

5. Coordinación interinstitucional y seguimiento

Las entidades del Sistema Nacional deben actualizar sus planes operativos y mantener comunicación continua respecto a los impactos en la población, abastecimiento de agua, agricultura y seguridad alimentaria. La declaratoria estará sujeta a evaluación técnica constante y podrá ser modificada, ampliada o prorrogada según cambien las condiciones climáticas.

Vigencia

La Alerta Roja entra en vigencia a partir del 25 de agosto de 2026 y se mantendrá activa de forma indefinida hasta que las autoridades emitan una disposición contraria.

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