La propuesta de la Comisión de Hacienda permitiría mantener durante un año más las facultades de inspección y sanción de las autoridades sobre estaciones de servicio y distribuidores de gas licuado y combustibles
La propuesta de la Comisión de Hacienda permitiría mantener durante un año más las facultades de inspección y sanción de las autoridades sobre estaciones de servicio y distribuidores de gas licuado y combustibles

Los distribuidores de combustibles y gas licuado de petróleo (GLP) podrían continuar enfrentando multas de hasta $100,000 por incumplir disposiciones relacionadas con precios, calidad, cantidad de producto y obstaculización de inspecciones, luego de que la Comisión de Hacienda y Especial del Presupuesto emitiera un dictamen favorable para prorrogar por un año la Ley Especial Transitoria para Sancionar Infracciones a la Cadena de Comercialización de Productos Derivados del Petróleo.
La normativa, cuya vigencia finaliza el próximo 30 de junio, permite a las autoridades realizar inspecciones, supervisar la cadena de comercialización de combustibles y gas doméstico, así como imponer sanciones a quienes incumplan las regulaciones establecidas.
Con el respaldo de la comisión legislativa, la propuesta pasará ahora al pleno de la Asamblea Legislativa. De ser aprobada, la ley entraría nuevamente en vigor el 1 de julio de este año, tras su publicación en el Diario Oficial, y permanecería vigente hasta el 30 de junio de 2027.
De acuerdo con la normativa, los establecimientos que impidan las inspecciones realizadas por las autoridades o incumplan los precios máximos de venta autorizados pueden ser sancionados con multas que van desde los $500 hasta los $100,000.
Asimismo, la ley contempla sanciones más severas para aquellos distribuidores que no acaten instrucciones emitidas durante los procesos de fiscalización o que comercialicen cilindros de gas licuado con cantidades inferiores a las establecidas.
En estos casos, las multas oscilan entre los $10,000 y los $100,000, dependiendo de la gravedad de la infracción detectada.
Las disposiciones buscan proteger a los consumidores y garantizar que reciban la cantidad exacta de combustible o gas por la que pagan, además de asegurar que los productos cumplan con los estándares de calidad requeridos.
Durante el estudio de la iniciativa, la gerente legal de la Dirección General de Energía, Hidrocarburos y Minas (DGEHM), Jaqueline Palacios, explicó que la prórroga es necesaria para que la institución continúe ejerciendo sus facultades de supervisión y control en toda la cadena de comercialización de productos derivados del petróleo.
Según la funcionaria, la ley permite verificar que las estaciones de servicio respeten los precios máximos establecidos para los combustibles y que las plantas envasadoras de gas licuado entreguen cilindros con el contenido correcto.
“Solicitamos la vigencia de esta ley para que continuemos con la fiscalización, con las inspecciones y con las facultades de supervisión en las ventas de gasolina y en las ventas de los cilindros de uso doméstico para que brindemos la certeza jurídica sobre los productos derivados del petróleo y seguir asegurando la cantidad exacta, la calidad y el precio”, manifestó Palacios ante los diputados.
La funcionaria sostuvo que la continuidad de la normativa permitirá mantener las herramientas legales necesarias para proteger a los consumidores y fortalecer los mecanismos de control en el mercado de combustibles.
La Ley Especial Transitoria para Sancionar Infracciones a la Cadena de Comercialización de Productos Derivados del Petróleo fue creada para dotar al Estado de mecanismos extraordinarios de vigilancia y regulación sobre la distribución y venta de estos productos.
Entre sus facultades se encuentran la realización de inspecciones en estaciones de servicio, plantas envasadoras y centros de distribución, así como la verificación de inventarios, documentación y condiciones de comercialización.
Según lo expuesto en la comisión, el objetivo principal es evitar abusos que afecten a los consumidores, ya sea mediante cobros superiores a los autorizados, alteraciones en la calidad de los productos o la entrega de cantidades inferiores a las que corresponden.
Tras obtener dictamen favorable en la Comisión de Hacienda, la iniciativa deberá ser sometida a votación en el pleno legislativo.
Si recibe la aprobación correspondiente, las autoridades mantendrán durante un año más las facultades especiales para inspeccionar, supervisar y sancionar irregularidades en la cadena de comercialización de combustibles y gas licuado de petróleo, una medida que, según las autoridades, busca garantizar que los consumidores reciban productos al precio autorizado, con la calidad requerida y en la cantidad exacta.
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