Desde luces LED antirreglamentarias hasta escapes ruidosos y alteración de motores; la normativa vial salvadoreña restringe los cambios estéticos y mecánicos que vulneren la seguridad en las carreteras
Desde luces LED antirreglamentarias hasta escapes ruidosos y alteración de motores; la normativa vial salvadoreña restringe los cambios estéticos y mecánicos que vulneren la seguridad en las carreteras

La personalización de automóviles y motocicletas se ha convertido en una práctica habitual entre los conductores salvadoreños; sin embargo, la línea entre la estética y la ilegalidad es delgada.
La Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, en consonancia con los reglamentos del Viceministerio de Transporte (VMT), estipula sanciones para aquellos que alteren las condiciones técnicas de fábrica de los automotores, poniendo en riesgo la seguridad vial o generando contaminación de diversos tipos.
Las penalizaciones económicas por estas infracciones se clasifican de acuerdo a su gravedad, fluctuando entre los $50.00 y los $150.00.
Además del impacto financiero, el omitir estas disposiciones legales puede acarrear dificultades durante las inspecciones técnicas de tránsito o derivar en decomisos y procesos administrativos.
La visibilidad es un tema prioritario para las autoridades de control de tráfico. Una de las infracciones más recurrentes está vinculada al porcentaje de opacidad en los vidrios polarizados.
La legislación salvadoreña dictamina de forma taxativa que el polarizado debe permitir, como mínimo, el 35% de paso de luz solar. Incumplir este estándar de visibilidad se tipifica como una falta leve, sancionada con una multa de $50.00.
Esta misma cuantía aplica para quienes coloquen aditamentos, stickers o letreros en los parabrisas que obstruyan la panorámica del conductor.
En el apartado de iluminación, las modificaciones no autorizadas reciben un trato severo. Transitar con barras LED u otros dispositivos luminosos que no correspondan al diseño de fábrica del vehículo —y que encandilen o afecten la visibilidad de terceros— constituye una infracción muy grave, cuya sanción asciende a $150.00.
Asimismo, el uso de halógenos instalados a una altura superior a los 75 centímetros medidos desde el suelo conlleva una penalidad de $50.00.

El control de las emisiones sonoras es otro de los ejes de fiscalización en las carreteras del país. La modificación de los sistemas de escape, tanto en vehículos de cuatro ruedas como en motocicletas, está sujeta a estrictas penalizaciones.
Aquellos conductores que circulen con el denominado «escape libre», dispositivos tipo «bazuca» o accesorios diseñados para maximizar el ruido del motor, incurren en una falta leve penada con $50.00.
No obstante, si la autoridad determina que los dispositivos instalados provocan una contaminación auditiva o visual a gran escala, la falta puede ser tipificada como grave, elevando el costo de la esquela a $100.00.
El marco sancionatorio más riguroso se reserva para las modificaciones que alteran el rendimiento del vehículo o que dificultan su plena identificación.
Modificar los motores con el objetivo de incrementar la velocidad o potencia del automotor, sin contar con el aval y registro previo del VMT, se penaliza con una multa de $150.00.
De igual manera, se castiga con una sanción de $150.00 cuando las características físicas tangibles del vehículo (como el color o el tipo de motor) difieran de los datos explícitos en la Tarjeta de Circulación vigente.
Finalmente, las autoridades recuerdan que la visibilidad de la identificación oficial es inviolable. El uso de protectores, micas oscuras, dobladuras u objetos que impidan la lectura clara y expedita de las placas de circulación deviene de inmediato en una infracción muy grave de $150.00, aplicable por igual a automóviles y motocicletas.
Las autoridades instan a la población a consultar la normativa vigente antes de realizar cualquier inversión estética en sus medios de transporte.
Con reportes de Karla Rodas
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