Light
Dark

El Salvador crea comités de aviación para evaluar seguridad aérea 

Nuevo decreto en El Salvador crea el CONASEA y CONAFAL para coordinar la seguridad aeronáutica y actualizar medidas ante amenazas emergentes

Aeropuerto-Nueva-terminal-inauguracion
Los nuevos comités sustituyen al creado en El Salvador en el 2005. Foto de referencia / Cortesía CEPA

El Gobierno de El Salvador oficializó la reestructuración del marco normativo de la aviación civil del país mediante la publicación del Decreto Ejecutivo No. 12 en el Diario Oficial (Tomo Nº 452, del 21 de julio de 2026).

La normativa, emitida por el presidente Nayib Bukele a través del Ministerio de Obras Públicas y de Transporte (MOPT), crea dos nuevos órganos de coordinación interinstitucional: el Comité Nacional de Seguridad de la Aviación (CONASEA) y el Comité Nacional de Facilitación del Transporte Aéreo (CONAFAL).


Esta disposición responde a los compromisos internacionales asumidos en el Convenio sobre Aviación Civil Internacional («Convenio de Chicago»), específicamente en sus Anexos 17 (Seguridad) y 9 (Facilitación).

CONASEA: Enfoque integral en la seguridad aeronáutica

El CONASEA surge como un órgano desconcentrado con autonomía funcional y técnica, integrado a la Autoridad de Aviación Civil (AAC). Su propósito principal es coordinar la seguridad de la aviación civil frente a actos de interferencia ilícita, articulando esfuerzos entre agencias estatales, operadores de aeropuertos y aeronaves, y proveedores de tránsito aéreo.

Integración del CONASEA

Está conformado por los siguientes funcionarios:

  1. Director Ejecutivo de la Autoridad de Aviación Civil (quien lo preside).
  2. Ministro de la Defensa Nacional.
  3. Ministro de Seguridad Pública y Justicia.
  4. Presidente de la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma (CEPA).
  5. Director del Organismo de Inteligencia del Estado (OIE).

Atribuciones y funciones de seguridad

El artículo 4 del decreto le asigna atribuciones clave orientadas a la prevención y gestión de riesgos:

  • Coordinación y evaluación: Coordinar las medidas de seguridad operacional y examinar periódicamente su aplicación para actualizar recomendaciones frente a amenazas emergentes, evolución tecnológica y factores técnicos.
  • Infraestructura: Velar por la incorporación de medidas de seguridad en el diseño, construcción, ampliación o remodelación de aeropuertos.
  • Asesoría e información ejecutiva: Asesorar al Presidente de la República en medidas preventivas e informarle de manera directa sobre la ocurrencia de atentados, amenazas o posibles actos de interferencia ilícita en el espacio aéreo e instalaciones.
  • Cumplimiento normativo: Recomendar acciones para garantizar el cumplimiento de acuerdos internacionales y leyes nacionales en materia de seguridad aérea.

CONAFAL: Fluidez y agilización de procesos en El Salvador

El CONAFAL es el órgano encargado de implementar, coordinar y supervisar el Programa Nacional de Facilitación del Transporte Aéreo, con el fin de eliminar obstáculos y demoras innecesarias para pasajeros, tripulaciones, aeronaves y carga.

Integración del CONAFAL

El artículo 6 establece que está integrado por:

  1. Director Ejecutivo de la Autoridad de Aviación Civil (quien lo preside).
  2. Ministro de Relaciones Exteriores.
  3. Ministro de Agricultura y Ganadería.
  4. Ministro de Salud.
  5. Director General de Migración y Extranjería.
  6. Ministro de Turismo.
  7. Presidente de CEPA.
  8. Director General de Aduanas.

Atribuciones del CONAFAL

Entre sus atribuciones (Art. 8) destacan: coordinar a las entidades públicas con la industria aeronáutica; promover la adecuación de trámites migratorios, aduanales, sanitarios y turísticos; analizar la normativa del Anexo 9 y recomendar la organización de subcomités de facilitación en los aeropuertos.

Comparativa: Diferencias con el decreto de 2005

El artículo 9 del nuevo decreto deroga expresamente el Decreto Ejecutivo No. 77 del 23 de diciembre de 2004 (publicado en el Diario Oficial No. 11 del 17 de enero de 2005), emitido durante la administración del expresidente Elías Antonio Saca.

Principales cambios entre ambas normativas en El Salvador:

  1. Estructura dual vs. Ente único:
  • 2005: Creaba únicamente un CONASEA que intentaba abarcar todos los aspectos de la aviación sin diferenciar la seguridad de la agilización de trámites.
  • 2026: Divide las funciones en dos entes especializados: el CONASEA (seguridad e inteligencia) y el CONAFAL (flujo de pasajeros, carga, migración y aduanas).
  1. Composición de los integrantes:
  • 2005: El comité estaba integrado por solo cuatro miembros: Ministro de Gobernación, Ministro de la Defensa, Ministro de Obras Públicas (quien presidía) y el Director Presidente de Aviación Civil.
  • 2026: Presididos ambos por el Director Ejecutivo de la AAC, el nuevo CONASEA suma al Director del OIE, al Ministro de Seguridad Pública y al Presidente de CEPA. Por su parte, el CONAFAL suma carteras estratégicas que no estaban presentes en 2005, como Salud, Agricultura, Turismo, Migración y Aduanas.
  1. Alcance de facultades:
  • 2005: Las funciones del CONASEA se limitaban a tres puntos generales enfocados principalmente en asesorar al Presidente sobre delitos e interferencias.
  • 2026: Se otorgan facultades técnicas y operativas específicas, como intervenir desde la fase de diseño y remodelación de infraestructura aeroportuaria y evaluar periódicamente las medidas ante avances tecnológicos y nuevas amenazas.

El Decreto No. 12 entra en vigencia ocho días después de su publicación oficial.

Legales Obituarios Epaper