Light
Dark

¿Educación prohíbe a hombres instruir a cachiporristas? Esto se sabe

Pese a la falta de confirmación de Educación sobre el instructivo de desfiles, algunos centros escolares ya ejecutan cambios en la selección de personal

Desfile del correo San Salvador 2026
El documento que circula entre docentes sobre las presuntas disposiciones de Educación mantienen con incertidumbre a los centros educativos. Foto EDH/Miguel Lemus

La reciente circulación del documento titulado “Disposiciones para la organización del desfile cívico estudiantil 2026”, presuntamente emitido por el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología (MINEDUCYT) de El Salvador, ha generado una ola de dudas y desconcierto entre la población en general, directores, docentes y padres de familia.


La incertidumbre se ha intensificado ante la falta de un pronunciamiento oficial por parte de las autoridades educativas que valide o aclare la vigencia de dicha normativa.

Esta falta de claridad ha provocado que en diversos centros escolares surjan rumores sobre la supuesta prohibición de que hombres ejerzan como instructores de cachiporristas, lo que habría llevado al cese de instructores varones en algunas instituciones.

Sin embargo, al examinar el texto del documento en mención —específicamente el CAPÍTULO III. De las cachiporristas— se constata que en ningún momento se prohíbe explícitamente que los hombres se desempeñen como instructores de estos grupos.

De hecho, el Artículo 2 del alcance general incluye de forma neutral a los «instructores» y el Artículo 11, numeral 2, únicamente establece que “toda rutina deberá estar supervisada por instructores responsables”, sin hacer distinción ni restricción de género para el cargo.

A pesar de que la literalidad del documento no prohíbe a instructores hombres, la ambigüedad generada por el vacío de declaraciones oficiales ha comenzado a moldear las decisiones administrativas de las escuelas.

Como reflejo de esta situación, al menos dos centros educativos en el departamento de Sonsonate abrieron convocatorias laborales dirigidas de forma exclusiva a mujeres para este puesto.

Específicamente, el Complejo Educativo Thomas Jefferson (en Sonsonate Centro) habilitó la recepción de currículums para el cargo de instructora a partir del jueves 30 de julio de 2026.

Paralelamente, otra escuela del distrito de Juayúa, Sonsonate Norte, estableció el viernes 31 de julio de 2026 como fecha límite para recibir hojas de vida orientadas al mismo perfil femenino.

Estas ofertas de empleo surgieron precisamente en la etapa en que las escuelas organizan sus delegaciones.

Algunos centros educativos publicaron mensajes para la contratación de instructoras para cachiporristas luego del documento que presuntamente emitió Educación. Foto EDH/Cortesía

¿Qué es lo que realmente establece el documento de Educación para las cachiporristas?

El CAPÍTULO III de las presuntas disposiciones se enfoca en regular la presentación, el decoro y la seguridad de las estudiantes durante los festejos del 15 de septiembre:

  • Vestuario y presentación: El Artículo 9 dicta que el vestuario debe ser decoroso y adecuado para un evento cívico, evitando prendas excesivamente cortas, transparentes o inapropiadas. En el apartado de consideraciones generales se detalla que “todas las niñas deberán llevar short que cubra los glúteos, al menos 5 cms. por debajo”. Asimismo, el maquillaje, peinado y accesorios deben ser moderados.
  • Coreografías: El Artículo 10 prohíbe los movimientos vulgares, provocativos o irrespetuosos, exigiendo rutinas de carácter estrictamente artístico y cívico.
  • Seguridad y protección de datos: El Artículo 11 prohíbe las acrobacias peligrosas sin medidas de seguridad y el uso de objetos inflamables o peligrosos. Además, introduce una estricta pauta en su numeral 4, donde determina que “queda estrictamente prohibida la captación, reproducción, difusión o uso de la imagen de menores de edad, sin la autorización previa, expresa y por escrito de sus padres o tutores legales”.

Otras prohibiciones generales en el desfile

El documento también incorpora un apartado general de prohibiciones (Artículo 16) aplicable a todas las delegaciones participantes, bandas de paz y grupos de apoyo, donde se veta explícitamente:

  • El consumo de bebidas alcohólicas o sustancias ilícitas.
  • El uso de lenguaje obsceno, tanto de forma verbal como corporal o gesticular.
  • La realización de actos con fines políticos, religiosos o comerciales.
  • Portar objetos peligrosos y ejecutar conductas que alteren el orden público.

Hasta la fecha, la comunidad educativa se mantiene a la expectativa de que el Ministerio de Educación emita una aclaración formal para disipar las dudas operativas de cara a la organización de los desfiles del 205 aniversario de la Independencia.

Legales Obituarios Epaper