La ley establece un servicio social obligatorio de cinco años y la posibilidad de contratar a extranjeros con exclusividad en el sistema público.
La Asamblea Legislativa aprobó con los votos a favor de Nuevas Ideas, PCN y PDC la “Ley de Creación de la Red Nacional de Hospitales”, con la que se crea un nuevo ente que dirigirá el Hospital Nacional Especializado Rosales y otros que se agreguen con el tiempo.
La Red Nacional de Hospitales (RNH) será una entidad descentralizada, con autonomía en la administración de su patrimonio y en el ejercicio de sus funciones, con personería jurídica propia.
La RNH se constituye por un plazo indefinido y se relacionará con la Presidencia de la República.
Su propósito, según la ley, será establecerse como una nueva red de centros de salud que presten atención y asistencia médica para la prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación, paliación o cualquier otra necesaria a la población.
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Su patrimonio estará constituído por los aportes del Estado; los bienes muebles e inmuebles que a cualquier título adquiera de entidades públicas o privadas; los ingresos provenientes de donaciones, herencias, legados; cooperación internacional; así como de los inmuebles, muebles e instalaciones del Hospital Nacional Especializado «Rosales» y del Hospital de Consulta Externa Especializada, así como los pertenecientes a los hospitales adscritos al Ministerio de Salud que, gradualmente, vayan incorporándose a la nueva red.
Asimismo, el patrimonio se conformará con los bienes muebles e inmuebles que la Red Nacional de Hospitales acuerde construir, reconstruir o remodelar por sí o por medio de la Dirección Nacional de Obras Municipales, que sean propiedad de instituciones de salud pública; así como por otros.
La Red estará organizada con una estructura jerárquica compuesta por una junta directiva que será la máxima autoridad, un presidente ejecutivo que también presidirá la junta directiva y las unidades operativas que esta determine para el funcionamiento institucional. Dicha junta gozará de dietas.
Este organismo no estará sujeto a la vigilancia de la Superintendencia de Regulación Sanitaria, organismo también instaurado por el gobierno en turno.
Todo su personal estará al servicio de la población, por tanto, les manda a actuar con profesionalidad, brindando servicios de salud de calidad a los usuarios que hagan uso del sistema, con el fin de mantener una relación de confianza y crear un impacto positivo en los pacientes.
Aunque la ley no define salarios, el ministro de Salud, Francisco Alabí, adelantó en el estudio del proyecto que los salarios de los médicos oscilarán entre los $3,800 y los $4,500, “dependiendo de cuántas especialidades tengan estos médicos, lo cual es un salario acorde a nivel internacional de las especialidades”.
Se contempla también que existan “hospitales escuela”. por lo que podrán recibir estudiantes y médicos graduados para su enseñanza y aprendizaje técnico académico, de conformidad con lo establecido en la «Ley Especial para la Regulación de las Prácticas Clínicas de los Estudiantes de Internado Rotatorio, Año Social y Médicos y Odontólogos Residentes en Proceso de Especialización».
Los beneficiarios y médicos que hayan realizado su residencia en la Red Nacional de Hospitales, deberán cumplir con un período de servicio compensatorio obligatorio decinco años para la misma instancia o en el lugar donde ésta los designe.
El servicio obligatorio será brindado bajo el régimen laboral, de salarios, prestaciones y sanciones de la Red Nacional de Hospitales, y deberá realizarse de forma exclusiva para la institución, por lo que el profesional no podrá realizar de manera particular el ejercicio de la profesión, durante ese período.
Vale decir que este nuevo ente podrá contratar personal extranjero por un plazo de hasta diez años prorrogables, quienes también prestarán sus servicios de forma exclusiva para la Red Nacional de Hospitales o para el sistema de salud público en que ésta última lo requiera.
“Se entenderá por ejercicio ilegal de la profesión, la práctica privada de la carrera, incluyendo las actividades auxiliares y técnicas especializadas complementarias, realizada por personal extranjero que posean un contrato de exclusividad vigente con la Red Nacional de Hospitales, lo cual será sancionado como lo establece el Código Penal”, se establece.
Los médicos especialistas o profesionales de la salud extranjeros que cuenten con título acreditado en su país de origen y presenten la documentación que demuestre que cuentan con la autorización o registro para el ejercicio de la profesión en su país, debidamente autenticados o apostillados, según aplique, estarán exentos de realizar el trámite de homologación de estos y obtención de credenciales.
Si bien no podrán ejercer sus competencias de manera particular, sí podrán aspirar a ser docentes.
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