CIDH: reelección presidencial indefinida es un serio retroceso para la democracia

La CIDH expresó su preocupación por las recientes reformas constitucionales en El Salvador que habilitaron la reelección presidencial indefinida.

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La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) externó este viernes su preocupación por la reforma constitucional que altera la duración del mandato presidencial en El Salvador y habilita la reelección indefinida para el cargo, entre otros aspectos.

Las reformas a la Carta Magna se realizaron a iniciativa del partido de gobierno Nuevas Ideas y se aprobaron por medio de dispensa de trámites en un lapso de cinco horas el pasado 31 de julio.

La reforma suprime la prohibición de la reelección presidencial; elimina la sanción de pérdida de la ciudadanía a quienes promuevan la reelección, amplía el período presidencial a seis años a partir del próximo mandato y elimina la segunda vuelta electoral.

Eso fue posible gracias a que en enero de 2025 se ratificó la reforma al artículo 248 para que los cambios constitucionales puedan ser acordados y ratificados por una misma legislatura siempre que tenga los votos de tres cuartas partes de diputados, es decir, 45 votos y solo Nuevas Ideas cuenta con 54.

«Preocupa a la Comisión la falta de participación ciudadana y la acelerada aprobación de reformas de tal envergadura, las cuales afectan normas de acceso y ejercicio del poder político, esenciales para la democracia y el Estado de derecho», dice el comunicado.

«La CIDH considera que la medida representa un serio retroceso para la democracia y el Estado de derecho en el país, no solo por el contenido de la reforma, sino por su adopción de manera acelerada, sin debate legislativo ni consulta pública», señala.

El argumento de los diputados oficialistas fue para estabilizar el sistema político-electoral, sincronizar los tiempos electorales y ahorrar costos en la segunda vuelta. Además de que no suprime la alternancia en la presidencia porque se van a realizar elecciones en 2027.

No obstante, la Corte Interamericana reiteró que la habilitación de la reelección presidencial indefinida «es contraria a los principios de una democracia representativa y, por ende, a las obligaciones previstas en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre».

Y que la prohibición a la reelección presidencial indefinida busca evitar que una persona se perpetúe en el poder, para asegurar el pluralismo político, la alternancia en el poder, y proteger el sistema de frenos y contrapesos que garantizan la separación de poderes.

Cabe señalar que desde 2021 diferentes organismos nacionales e internacionales expresaron que no existe independencia entre los tres Órganos de Estado, dado que el gobierno los controla.

«A criterio de la Comisión Interamericana, además, esta reforma constitucional tiene lugar en un contexto de profunda debilidad de la independencia judicial en el país, a partir de la destitución expedita de personas magistradas de la Sala de lo Constitucional de la Suprema Corte de Justicia en 2021, sin observar el debido proceso y causas específicas, y el inmediato nombramiento de otra composición», expone la CIDH.

Fue esa Sala de lo Constitucional la que emitió una resolución en 2021 para permitir que el presidente compitiera en las elecciones por un segundo mandato y ordenó al Tribunal Supremo Electoral a que debía inscribirlo.

Susana Peñate
Susana Peñate