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Asamblea aprobó la Ley de Energía Geotérmica

La normativa establece exoneraciones del pago de impuestos hasta por diez años a los nuevos inversionistas

Plenaria 74

La Asamblea Legislativa aprobó este miércoles la nueva Ley de Energía Geotérmica, con la que el gobierno pretende atraer nuevo proyectos de inversión de este tipo de energía en el país.

Según el proyecto de ley, el objeto de la norma es «regular la prospección, exploración y explotación de recursos geotérmicos, para el aprovechamiento sostenible de la energía geotérmica del subsuelo dentro de los límites del territorio nacional, con el fin de generar energía eléctrica destinarla a otros usos directos».

La Dirección General Energía, Hidrocarburos y Minas (DGEHM) será la autoridad administrativa para las actividades relacionadas a la ley y será la entidad competente para tramitar el procedimiento para otorgar una concesión hasta la etapa previa a su aprobación por parte de la Asamblea Legislativa.

«Estamos aperturando a que alguien pueda explorar nuevos campos, nuevos lugares y que puedan explotarlos, de una manera obviamente regulada por el Estado, donde el Estado lo va a vigilar, en donde no vamos a dejar que mal usen los recursos propios», expresó Daniel Álvarez, director general de Energía, Hidrocarburos y Minas a los diputados de la Comisión de Tecnología, Turismo e Inversión el pasado lunes.

«El propósito es que inversionistas nacionales o extranjeros propongan proyectos de usos directos de este tipo de generación de energía», afirmó.

Utilidad pública

Con esta ley, se declararán de «utilidad pública» todos los bienes muebles e inmuebles y sus accesorios,
que la Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa (CEL) «o las personas jurídicas resultantes del proceso de reestructuración de CEL» en las que la comisión tenga una participación mayoritaria y ejerza control mayoritario sea de forma directa o indirecta, «estimen necesarios y convenientes» para llevar a cabo el objeto de la Ley. Es decir, los bienes que sean usados en los proyectos energéticos.

Añade que en el caso de no poder adquirirlos por contratación directa, la CEL podrá hacerlo mediante los procedimientos que establecen la Ley de Constitución de Servidumbres para las Obras de Electrificación Nacional y la Ley de Expropiación de Terrenos para las Obras de Electrificación Nacional.

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Posteriormente, deberá transferir, «a título gratuito», los derechos sobre los bienes adquiridos a las sociedades que se creen de esa «reestructuración» de la CEL. «Las transferencias de los bienes, así como la de derechos que se realicen, que efectúe CEL a las personas jurídicas antes referidas, estarán exentas de todo impuesto, tasa o contribución fiscal, incluidos los de renta y transferencia de bienes inmuebles», añade el decreto.

La diputada Claudia Ortiz, de Vamos, cuestionó que la ley faculta a la Dirección la declaratoria de interés nacional para proyectos geotérmicos impulsados por el Estado y que con eso podría saltarse la licitación pública.

“En la declaratoria de interés nacional, la DGEHM deberá establecer la modalidad de convocatoria para el proceso de contratación directa, en función de las características del recurso a explotar y las tecnologías”, dice la ley.

Expuso que no aclara las condiciones por las que no se podría hacer un concurso público para las concesiones y que permite que la contratación directa se convierta en la regla general, cuando la Constitución dice que son excepciones.

«Si permitimos que la ley quede así, que estos artículos queden así, lo que podríamos generar es que existan contratos en el futuro que sean entregados de dedo, sin competencia, sin auditoría, sin garantías, sin eficiencia, sin precio justo», dijo Ortiz.

Propuso que se incorporara al decreto que se aplique la contratación directa solo si no se logró resultado en procesos de licitación pública; pero no fue apoyada por la fracción mayoritaria.

Estudios y exoneraciones

La Dirección podrá realizar estudios preliminares para identificar áreas con potencial geotérmico y sus características en términos de alta o baja entalpía. «Una vez que la DGEHM identifique áreas con potencial geotérmico, podrá seleccionarla y licitar toda el área o parte de ésta, de manera que inversionistas interesados propongan proyectos ya sea de usos directos o de generación de energía eléctrica, a través de explotación de los recursos geotérmicos en tales áreas», dice el proyecto.

El director aseguró que han identificado 600 megavatios de energía geotérmica que se pueden explotar y que como institución tiene un plan de desarrollar 100 en cinco años, por lo que quedarían 500 que pueden ser explotados por otras entidades.

Central geotérmica
Los Campos geotérmicos Ahuachapán, Berlín, Chinameca, San Vicente, Obrajuelo, Conchagua, Chilanguera y Santa Rosa de Lima serán áreas de derecho de explotación. Foto de @CEL_ElSalvador

Además, el proyecto de ley concede exenciones tributarias hasta por 10 años para las personas naturales o jurídicas que sean titulares de concesión geotérmica o cuenten con derechos de explotación y realicen nuevas inversiones en proyectos de instalación de centrales para la generación de energía eléctrica o en proyectos de ampliación de centrales de generación ya existentes, utilizando para ello energía geotérmica.

En ese sentido, durante los primeros diez años no pagarán los Derechos Arancelarios de Importación (DAI) de maquinaria, equipos, materiales e insumos destinados exclusivamente para labores de preinversión, y de inversión en la construcción y ampliación de las obras de las centrales para la generación de energía eléctrica, la construcción o ampliación de la subestación, la línea de transmisión o subtransmisión necesaria para transportar la energía desde la central de generación hasta las redes de transmisión y/o distribución eléctrica.

Los ingresos derivados directamente de la generación de energía geotérmica gozarán de exención total del pago del Impuesto sobre la Renta por diez años.

El diputado Francisco Lira, de ARENA, cuestionó que no se contó con la opinión de Medio Ambiente y de Economía.

Señaló que el decreto sigue el mismo mecanismo de la DOM, la Ley de la Minería, la Ley de ANDRES y la Ley de la red de Hospitales.

“Marcos legales que lejos de fortalecer la institucionalidad del país, la están debilitando”, dijo.

Calificó de “desproporcionada” la parte de las exoneraciones tributarias y que también tiene artículos que permiten la reserva de información.

Mientras que a petición de la diputada Dania González, de Nuevas Ideas, se suprimió el artículo 78 que reconocía como áreas de derechos de explotación ocho campos geotérmicos ya existentes.

Dan prórroga

La Asamblea también aprobó este miércoles, con 57 votos, una prórroga hasta el 28 de junio de 2026 la entrada en vigencia de la Ley de Energía Nuclear, la con el objeto de otorgar un plazo razonable que permita la adecuada armonización del marco normativo nacional e internacional en dicha materia.

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