Light
Dark

Alcaldías de El Salvador no emitirán partidas autenticadas para uso extranjero

El RNPN centraliza el trámite de documentos para el exterior que eran emitidas por las alcaldías. Conozca costos y qué pasará con las sedes municipales 

Las alcaldías de El Salvador dejarán de otorgar partidas auténticas y certificaciones extractadas de partidas de nacimiento, matrimonio y defunción. Dichos servicios serán brindados por el RNPN. Foto EDH/Archivo.
Las alcaldías de El Salvador dejarán de otorgar partidas auténticas y certificaciones extractadas de partidas de nacimiento, matrimonio y defunción. Dichos servicios serán brindados por el RNPN. Foto EDH/Archivo.

Las alcaldías de La Libertad Sur y Ahuachapán Sur, entre otras, anunciaron de manera oficial que, a partir del 25 de junio de 2026, la emisión de las partidas autenticadas para trámites en el exterior deja de ser competencia municipal y pasa a ser gestionada de forma exclusiva por el Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN). 

Por medio de comunicados institucionales dirigidos a la ciudadanía, las comunas detallaron que sus oficinas distritales continuarán brindando de manera regular las partidas certificadas, las cuales mantienen total validez para los diferentes trámites legales que los usuarios realicen dentro del territorio nacional.


Lea además: Pretenden trasladar funciones de la SIGET a la Dirección de Energía

El cambio aplica en todas las alcaldías de El Salvador.

Este cambio radical en la atención registral se ejecuta en el marco de las disposiciones vigentes de la Ley del Registro del Estado Familiar, la cual centraliza los servicios informáticos y delimita estrictamente las funciones de las comunas y del gobierno central.

Delimitación de competencias en las alcaldías y costos según la ley

La normativa legal establece un nuevo esquema de emisión de documentos que modifica los ingresos y las facultades de las municipalidades:

  • Certificaciones Extractadas Exclusivas: Según el artículo 103 de la ley, las certificaciones extractadas —aquellas que sintetizan los datos esenciales de un asiento e incorporan de forma automática sus modificaciones jurídicas— serán expedidas únicamente por el RNPN. El costo fijado por ley para este documento resumido es de tres dólares de los Estados Unidos de América ($3.00), monto que ingresará de forma íntegra a los fondos de la institución nacional, sin que se transfiera porcentaje alguno a las municipalidades de origen del asiento. Estas certificaciones contarán con firmas electrónicas y códigos QR de validación.
  • Competencia de Auténticas para el Exterior: El artículo 106 determina que toda certificación de partida que deba surtir efectos en el extranjero, y que haya sido procesada bajo el sistema informático unificado, deberá ser autenticada de manera exclusiva por el Registrador Nacional de las Personas Naturales. Los ciudadanos podrán requerir y pagar el servicio en las ventanillas del RNPN o mediante sus plataformas digitales oficiales.
  • Certificaciones Literales: Las alcaldías mantienen la facultad de expedir certificaciones literales (copias fieles e íntegras de las imágenes de los folios físicos de los libros), función que también puede realizar el RNPN si el usuario lo solicita a través del sistema centralizado.

Antecedentes y Marco de Modernización Registral

El proceso de modernización y centralización del estado civil responde a la aprobación de la «Ley del Registro del Estado Familiar» por parte de la Asamblea Legislativa mediante el Decreto Legislativo n.º 82. 

El proyecto normativo original fue enviado con observaciones por la Presidencia de la República, las cuales fueron estudiadas y finalmente aceptadas por la Comisión de Niñez e Integración Social del Parlamento en septiembre de 2024 (Dictamen n.º 6).

Estas reformas de ley buscaron homologar y adecuar la función pública registral tras la entrada en vigor de la Ley Especial para la Reestructuración Municipal. 

Entre las modificaciones principales se estableció la existencia de un solo registrador del estado familiar por municipio —quien obligatoriamente debe ser abogado de la República— con sede en el lugar del Consejo Municipal, coordinando al personal y las oficinas distritales delegadas. 

El RNPN asumió la función de Registro Central, encargándose de administrar de manera obligatoria la plataforma informática unificada para todas las comunas del país.

Le puede interesar: Cuarentena en centro educativo de Ilopango por sospechas de contagios de sarampión

Centralización previa de trámites de la diáspora

Esta transición sigue la línea de los cambios implementados de forma paulatina en el territorio nacional. Previamente, el municipio de San Salvador Centro dejó de inscribir de forma directa los nacimientos, matrimonios o defunciones de los hijos de salvadoreños nacidos en el exterior (la diáspora).

Bajo el nuevo esquema legal, dicha atribución pasó a ser competencia exclusiva del RNPN. 

El artículo 92 de la ley ratifica que el RNPN es el organismo competente para realizar las inscripciones de hechos vitales de salvadoreños ocurridos fuera del territorio nacional que no se hubiesen registrado oportunamente ante los Consulados de El Salvador, centralizando la base de datos de los ciudadanos en el exterior dentro de un sistema informático único.

Legales Obituarios Epaper

Patrocinado por Taboola