Microempresas con dos trabajadores y ventas anuales de $23,300 serán calificadas como de subsistencia. Propuesta de reforma elimina comités de trabajo y directrices preferenciales a mujeres
Microempresas con dos trabajadores y ventas anuales de $23,300 serán calificadas como de subsistencia. Propuesta de reforma elimina comités de trabajo y directrices preferenciales a mujeres

El gobierno presentó a la Asamblea Legislativa una propuesta de reforma a la Ley de fomento, protección y desarrollo para la micro y pequeña empresa que establece nuevos requisitos para la categorización de las mismas.
La clasificación actual indica que la microempresa es una persona natural o jurídica que opera en los diversos sectores de la economía a través de una unidad económica con nivel de ventas brutas anuales de hasta 482 salarios mínimos mensuales y hasta diez trabajadores. Con la actualización del salario mínimo del sector comercio sería $197,041 de ventas anuales.
El proyecto enviado por el gobierno modifica el nivel de ingreso de la microempresa por ventas brutas anuales de bienes o servicios hasta 500 salarios mínimos mensuales vigentes del sector comercio y servicios ($204,400) y siempre con diez trabajadores.
Y añade una subclasificación “de acuerdo a su estado de desarrollo”, así:
En el caso de la pequeña empresa, la ley dice actualmente que se mide según ventas brutas anuales mayores a 482 salarios ($197,041) hasta 4,817 ($1.9 millones) salarios mínimos mensuales y con un máximo de 50 trabajadores.
El proyecto de reforma modifica a un nivel de ingreso por ventas brutas anuales de bienes o servicios mayores a 500 ($204,400) hasta 5,000 ($2.04 millones) salarios mínimos mensuales vigentes del sector comercio y servicios.
“La anterior clasificación, constituye la base para que las entidades del sector público, entidades privadas y de cualquier naturaleza, que tengan relación con las actividades e impacto de las MYPE, adecúen su normativa, políticas, planes, programas, proyectos y otros, orientados a la simplificación de trámites, agilización del proceso de formalización, costos de los servicios de trámites, tarifas preferenciales, con el propósito de favorecer a las MYPE y la inclusión financiera”, dice el proyecto.
La propuesta también introduce nuevas definiciones como emprendimiento, entendido como “nuevo negocio o empresa sin importar la clasificación de micro o pequeña empresa que le aplique conforme se dispone en la presente ley, ni su tiempo de operación mientras este en desarrollo”.
Y el concepto de formalización referido al “proceso que llevan a cabo las empresas para incorporarse a la economía formal, en sus diversas dimensiones, que conlleva el cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente en materia tributaria, de seguridad social y laboral, así como el registro y la obtención de licencias por parte de las autoridades competentes”.
Con la reforma se cambia el Sistema nacional para el desarrollo de las MYPE -que es el mecanismo de coordinación interinstitucional y consulta para las acciones del sector público y privado- por un “Sistema de Representación y Consulta de las MYPE, para articular las acciones del sector público y privado a nivel territorial y sectorial”.
También el Comité Nacional de la MYPE se sustituirá por una esa Técnica Representativa Local.
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“Los gobiernos municipales deberán crear los espacios de articulación y consulta local, con los sectores productivos, empresariales MYPE, gremiales y otros relacionados con las actividades e impacto de las MYPE, a través de una Mesa Técnica Representativa Local, en adelante Mesa Técnica, para dinamizar y dar sostenibilidad a la economía territorial, de conformidad a las competencias y obligaciones establecidas en los artículos 4 numeral 1; y 31 numerales 3 y 6 del Código Municipal”, dice el artículo propuesto.
La reforma incluye la conformación de esa Mesa Técnica y sustituye el artículo de las atribuciones del actual Comité por las actividades que estarán a cargo de las municipalidades.
En el artículo de la simplificación de trámites administrativos, la ley actual establece la revisión de los instrumentos usados para eliminar las barreras formales e informales que obstaculicen en acceso de las empresas, particularmente de las mujeres, a los servicios de desarrollo de las MYPE. Y con la reforma se indica que se revisen cada tres años los instrumentos aplicados para eliminar barreras de acceso a servicios, sin hacer énfasis en las mujeres.
Además, en el artículo del financiamiento con instrumentos adecuados y accesibles por parte del Banco de Desarrollo de El Salvador (BANDESAL) elimina de la parte preferencial para empresas propiedad de mujeres emprendedoras y empresarias.
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Y entre los artículos que pide derogar incluye el referido al que la Banca Estatal promueva la creación y el fortalecimiento de “programas de garantía y de otros mecanismos de fondos a las MYPE, con enfoque de género”, que les permitan acceder a financiamiento para su desarrollo.
También se eliminaría el artículo que habla de la promoción de coinversiones del organismo promotor de las inversiones (en este caso INVEST) con las MYPE con potencial de crecimiento, generación de empleo y promuevan igualdad entre hombres y mujeres en el sector.
La Junta Directiva es el organismo superior de la CONAMYPE y la propuesta de reforma incluye algunas modificaciones, como la incorporación del ministro de Hacienda a la directiva. Quita al representante de las universidades y agrega un representante por las asociaciones o fundaciones sin fines de lucro, que desarrollen actividades significativas dentro del sector MYPE.
Además, el gobierno propone modificaciones en la redacción de dos de los requisitos para ser directivo.
El de “no haber sido condenado por autoridad competente por delito doloso ni culposo de carácter patrimonial” pide sustituirlo por “estar en pleno uso de sus derechos de ciudadano”.
Y el requisito de “estar solvente de las obligaciones de cuotas alimenticias de conformidad a lo establecido en el código de familia” se cambiaría a “estar solvente de las obligaciones tributarias o con autorización de pagos programados o a plazo, así como de las obligaciones patrimoniales”.
La iniciativa se envió a estudio de comisiones.
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