Nuevo choque de Sala y diputados por donantes

Diputados del FMLN y de ARENA dicen que un reciente fallo de la Sala da la razón a la Asamblea que legisló que partidos no deben revelar nombres de sus financistas.

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Magistrados de la Sala de lo Constitucional, Florentín Meléndez, Belarmino Jaime, Edward Sidney Blanco y Rodolfo González. foto edh / archivo

Por José Zometa/Eugenia Velásquez

13 July 2017

Los diputados de la Asamblea Legislativa se han enfrascado en un nuevo choque por el tema de la divulgación de la identidad de los financistas de los partidos políticos y los montos de dinero que estos reciben en concepto de donación privada.

Los legisladores consideran que la Sala se está “contradiciendo” y que está confirmando con otro fallo, que los partidos no deben revelar la identidad de sus donantes, lo cual es rechazado por la Sala.

Pero desde la Sala, el magistrado Florentín Meléndez les dice que están equivocados, que están tomando partes de la sentencia y de otro caso sobre la misma materia.

En agosto se cumplen tres años desde que la Sala de lo Constitucional (22 de agosto de 2014) emitió su sentencia en la que declaró inconstitucional de forma parcial el artículo 24 de la Ley de Partidos Políticos (LPP) y le ordenó a la Asamblea Legislativa hacer las reformas pertinentes para garantizar el derecho de acceso a la información pública, en cuanto a que los ciudadanos pueden obtener los nombres de los donantes y los montos de dinero que asignan a los institutos políticos.

Los legisladores no solo han incumplido con esa orden de adecuar la LPP para revelar los donantes, sino que ahora algunos de los diputados de la Comisión de Reformas Electorales y Constitucionales de la Asamblea, aseguran que la Sala se “contradice” y hasta les da la razón cuando ellos reformaron la LPP y determinaron que no se revelará a los donantes, a menos que el financista dé su consentimiento.

Para ello, los legisladores René Portillo Cuadra, de ARENA, y Jackeline Rivera, del FMLN, se basan en una reciente resolución de la misma Sala en la que declara que no existe la inconstitucionalidad alegada por el demandante, Herbert Danilo Vega Cruz, en el artículo 25 de la LPP. (Ver ambos fallos).

“Declárase que en el art. 25 inc. 3o de la Ley de Partidos Políticos no existe la inconstitucionalidad alegada debido a que admite una interpretación conforme a la Constitución. Es decir, la restricción de acceso a la información relacionada con la filiación e ideología política de los miembros y donantes de los partidos políticos no opera cuando dicha información es de interés general, siempre que sea requerida en el marco de una investigación o proceso en el que se cuestione la independencia de los funcionarios públicos que ejercen funciones de control”, dice la resolución de la Sala de lo Constitucional de fecha 12 de mayo de 2017.

Es en esta resolución a la que se aferran ambos legisladores para asegurar que no se pueden revelar a sus donantes y decir que es una “contradicción” de la misma Sala con respecto a su sentencia anterior en la que les obliga a divulgar a sus financistas.

“¿Se acuerdan que la Asamblea dijo que si la persona que donaba autorizaba que le publicaran su nombre, se acuerdan? Así resolvió la Asamblea. La Sala dijo en aquel momento que no, que todos había que publicar, quisieran o no quisieran (los donantes). Hoy la Sala se viene contradiciendo”, dijo Rivera a los periodistas.

Los legisladores hicieron una reforma a la LPP, pero dejaron plasmado que revelarían datos de los donantes solo si estos lo avalaban, lo que motivó una nueva demanda de ciudadanos ante la Sala de lo Constitucional, y que en su momento resolvió que la Asamblea no había cumplido su sentencia y su orden de reformar la LPP para garantizar el acceso a la información de los donantes de partidos.

Aunque todavía está por resolver definitivamente en este caso, Rivera asegura que con la reciente resolución sobre la filiación e ideología política de los miembros y donantes de los partidos, la Sala da la razón a los legisladores.

“De esas cosas sorpresivas que los señores de la Sala hacen, hoy se vienen contradiciendo... dice que aquellas personas jurídicas o naturales que van a autorizar que se publique cuánto y a quién le han donado, sí y solo sí ellas deciden sí hacerlo. En otras palabras la Sala le dio la razón a la Asamblea de manera contradictoria, porque primero nos dijo una cosa y después nos dijo otra”, manifestó Rivera.

Pero no solo ella hace esta lectura. El diputado de ARENA y también miembro de la Comisión de Reformas Electorales, René Portillo Cuadra, hace similares valoraciones sobre la reciente sentencia y de la aparente “doble postura” de la Sala Constitucional.

“Con esta sentencia de la Sala, lo que se regula es que ningún partido político tiene la obligación de revelar el nombre y montos de sus donantes porque la Constitución a él le permite o le da el derecho de no revelar a quien le da dinero”, dijo el también abogado Portillo Cuadra.

Al igual que la diputada efemelenista, Portillo Cuadra, sostiene que los magistrados de la Sala están cambiando su criterio inicial en cuanto a los donantes de partidos.

“Hoy digamos que se recompone este criterio de la Sala y dice: la única razón por la cual el partido político sí está obligado a revelar el nombre de sus donantes y los montos, es cuando exista un proceso en contra del donante o del partido o del dinero; entonces sí, porque el proceso vuelve de orden público y de interés social esa información”, argumenta el tricolor con la sentencia de mayo anterior.

“Es una interpretación parcial de la sentencia”

Sin embargo, estas interpretaciones de los legisladores no es aceptada por el magistrado de la Sala Florentín Meléndez, quien considera que es una lectura errónea y parcializada de sus sentencias.

“No hay ninguna contradicción en eso. Yo creo que es una interpretación parcial, de partes de la sentencia y de otro caso sobre la misma materia; se leen párrafos fuera del contexto de toda la resolución. Yo creo que las sentencias tienen que verse como un todo armónico. No hay contradicciones”, aseveró a El Diario de Hoy el funcionario de la Corte Suprema de Justicia.

El magistrado recordó que el máximo tribunal se ha caracterizado por dar seguimiento a sus fallos y resoluciones, para garantizar el cumplimiento de los mismos.

Por eso, sostuvo que en este caso se hace necesario emitir una postura de manera oficial, al respecto, que será enviada a los diputados de la Asamblea Legislativa.

“En el proceso de seguimiento de esa sentencia hemos previsto adoptar una resolución donde vamos a aclarar ese punto que se ha difundido equivocadamente a la opinión pública. Eso lo vamos a dejar claramente planteado, dada las opiniones que fueron difundidas, que como digo son visiones parciales de la resolución. En el proceso de seguimiento vamos a aclarar eso”, manifestó Meléndez.

La sentencia que emitió la Sala el 22 de agosto de 2014 dijo con claridad que la Asamblea Legislativa debía garantizar el derecho del ciudadano de obtener datos de los donantes privados.

“Dado que es manifiesta la omisión actual de protección legislativa que afecta al derecho de acceso a la información y a los principios de transparencia y de democracia interna de los partidos políticos y que, además, reclama una respuesta institucional, es indispensable fijar un término para que la Asamblea Legislativa expida la ley, o haga las reformas legales pertinentes, que den cumplimiento a los mencionados mandatos constitucionales y a los parámetros de esta sentencia. Por tanto, la Asamblea Legislativa deberá emitir, en el plazo de dos meses, contados a partir de esta fecha, las reformas pertinentes que incluyan las consideraciones de esta sentencia”, dice ese fallo.

El 16 de agosto de 2016 la Sala le pide a la Asamblea que le informe si ha cumplido su sentencia de 2014 “en específico sobre las reformas pertinentes que debe llevar la Ley de Partidos Políticos para volver efectivo el derecho de los ciudadanos de acceder a la información financiera de los partidos políticos así como en lo concerniente a la supresión de los textos: previa autorización de los donantes que se comparta esa información...”.

Hasta la fecha la Asamblea no ha hecho las reformas pertinentes y sigue sin cumplir la sentencia de la Sala.

Con información de : José Zometa/Eugenia Velásquez