Al realizar el agrupamiento de imputados en una sola causa, el fiscal tendrá 24 meses para presentar la acusación
Con 57 votos de Nuevas Ideas, PDC y PCN, la Asamblea Legislativa aprobó este viernes la reforma a la Ley Contra el Crimen Organizado para extender hasta tres años la presentación de acusaciones contra detenidos en el régimen de excepción en juicios masivos.
La modificación en la ley retoma las disposiciones transitorias de 2023 que dieron dos años de plazo a la Fiscalía para agrupar a los detenidos por la estructura criminal o pandilla a la que supuestamente pertenecen, y que finaliza vigencia este 25 de agosto. Ahora quedaría permanente en la ley. Según la Fiscalía, expondrán pruebas en 600 juicios que se darán con el agrupamiento que se realizó con el Decreto transitorio 803.
El diputado Caleb Navarro, de Nuevas Ideas, justificó la medida en tanto a que para que los pandilleros nunca vuelvan a las calles debían ser aprobada.
“Para eso se le dio la mayoría a esta Asamblea Legislativa y a Nuevas Ideas para que apoyemos este tipo de iniciativas que le van a llevar paz y tranquilidad a cada salvadoreño”, señaló.
Claudia Ortiz, de Vamos, dijo que estas reformas son un reflejo de la incapacidad que tienen las instituciones que deben impartir justicia en el país.
➡️Reforma dará tres años de espera a detenidos del régimen y mantiene juicios masivos
“Son un reflejo de la incapacidad de las instituciones. En más de dos años no han hecho lo que les corresponde para lo que tienen infraestructura, recursos y personal. Han tenido más de dos años para que se pueda tener una investigación seria de todos los casos y poder llevar a juicio a todos los detenidos”, puntualizó la diputada.
“Mientras tanto, si una persona ya ha sido detenida, ha sido detenida por error, y que las hay porque ustedes mismos han reconocido que hay un margen de error por el cual no han hecho nada, esas personas van a tener que esperar otros dos años para ir a juicio”, añadió.
Walter Coto, de Nuevas Ideas, fue enfático en que como fracción mayoritaria han permitido que la Fiscalía General de la República tenga las herramientas legales «suficientes» para la persecución del delito.
En una segunda intervención, Ortiz mencionó que esto es parte de una política de seguridad que no es sostenible en el tiempo.
Ante esto, el oficialista Dennis Salinas intentó remedar repitiendo el discurso de que no quieren regresar al pasado ni quieren que haya «sangre en los buses»; pero le respondió Francisco Lira de ARENA.
“Queremos vivir en libertad, queremos vivir seguros; pero queremos también vivir seguros de nuestros gobernantes, no aquellos que han negociado con pandillas y muchos de ellos han quedado en estas curules”, dijo Lira.
“Con esto, miles de personas inocentes detenidas bajo el régimen, con cartas de libertad, podrían ser condenadas sin tener una defensa real. Ya hemos visto casos de gente que pasó meses o años presa siendo inocente. Con esta reforma, ese riesgo será aún mayor, la detención provisional se convierte en condena anticipada”, añadió el diputado.
Las personas detenidas que están bajo arresto administrativo serán llevadas ante un juez y el fiscal pedirá que se les asigne un caso según la estructura criminal a la que se les acuse de pertenecer, luego el juez impondrá la medida cautelar.
Posterior a ello, la Fiscalía tendrá hasta 24 meses para presentar la acusación formal contra toda la estructura y sus miembros ante el Tribunal Contra el Crimen Organizado y si la Fiscalía no presenta la acusación en el plazo, el juez pedirá explicaciones al fiscal superior. Si este no responde, el juez dictará sobreseimiento definitivo (cierre del caso).
Cuando los imputados estén agrupados en un solo caso, la Fiscalía podrá presentar una acusación parcial, es decir, acusar únicamente a quienes ya se les pueda sustentar la acusación con pruebas suficientes; mientras que los demás seguirán en investigación (incluso bajo detención) hasta completarla, aunque el plazo de instrucción haya terminado.
Las reformas incluyen la figura de las audiencias abiertas, es decir que permanecerán «abiertas» mientras haya miembros de la estructura criminal que no hayan sido juzgados.
Para estos casos, el fiscal presentará al juez los imputados que se juzgarán, según su pertenencia y jerarquía en la estructura, y el juez decidirá el orden de participación. Una vez se revisen todas las imputaciones, el juez emitirá sentencia.
“Si no se presentan nuevos imputados o pruebas relevantes durante un periodo de dos años consecutivos, el juez, previa consulta fiscal, podrá declarar el cierre de la audiencia, sin perjuicio de reabrir el proceso si se identifican nuevos miembros o actividad de estructura criminal”, determina el decreto.
Además, en las audiencias los defensores asistirán solo cuando se van a verter elementos probatorios en contra de un acusado determinado, la reforma deja como innecesaria la presencia de cada uno de los imputados.
Ante estas disposiciones el Equipo Legal de Cristosal advirtió que son “verdaderas penas anticipadas”.
“Realizarán juicios masivos contra cientos de personas, algunos podrían ser miembros de pandillas y quizá la mayor parte, personas inocentes que quieren condenar de cualquier forma para mantener una estadística que favorezca el discurso oficial, pero la gran mayoría sin pruebas”, explicó a El Diario de Hoy.
En los casos que involucren a menores de edad, los jueces de menores que conforman el Tribunal actuarán únicamente como jueces de garantía, supervisando el cumplimiento de los derechos de los menores, conforme a la legislación especial nacional e internacional, sin participar directamente en el juzgamiento de los delitos del crimen organizado.
«En los escritos fiscales solo se relacionan hechos de contexto de las pandillas y luego vinculan a las personas detenidas sin ninguna prueba individual de su participación y los jueces no ejercen control sobre estos procedimientos arbitrarios, sino que los convalidan y decretan detenciones provisionales en automático», lamentó el equipo legal de la organización defensora de derechos humanos.
En el objeto de la ley, se establece una amplitud y en el concepto de “estructura criminal”: “Estructuras jerárquicas y permanentes dedicadas a la comisión sistemática y monopólica de delitos (…) o que usurpan funciones del Estado” .
Para la penalista Marcela Galeas se cae en una vaguedad en el concepto.
“Es lo suficientemente amplio como para incluir organizaciones sociales o políticas, si la autoridad las interpreta como ‘usurpadoras de funciones del Estado’. Una reforma de ese tipo podría violentar el principio de legalidad penal, pues no delimita con claridad los elementos materiales de la organización criminal”, advirtió.
El Documento Único Judicial será asignado a cada estructura criminal (18, MS-13, La Máquina, etc.) por lo que las judicializaciones serán masivas divididas por estructura criminal.
Cuando los imputados no detenidos, cuyo paradero sea desconocido o se encuentren fuera del país, no les serán aplicables las reglas dispuestas en el artículo 163 del Código Procesal Penal, es decir, que la resolución no se hará saber por edicto.
“El fiscal solicitará la imposición de la detención provisional en contra de los imputados ausentes y el juez continuará con el desarrollo del proceso”, dice la reforma.
“En general, estas reformas amplían el poder punitivo del Estado contra estructuras criminales, pero debilitan garantías procesales fundamentales y aumentan la discrecionalidad de jueces y fiscales”, explicó Galeas a El Diario de Hoy.
Además, expuso que en términos de derecho penal internacional, varios artículos podrían ser cuestionados ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos por violaciones al principio de legalidad, plazo razonable, derecho a defensa, y prohibición de detenciones arbitrarias.
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