Light
Dark

Naciones Unidas pide al país revisar cambios constitucionales en relación a la cadena perpetua

Según las Naciones Unidas, esta medida contradice normas internacionales de Derechos Humanos

Plenaria-Asamblea- Régimen- Cadena Perpetua
Asamblea ratifica que se aplique la cadena perpetua. Foto EDH/ Miguel Lemus

Marta Hurtado, portavoz de la Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (OACNUDH), se pronunció este día en relación a los cambios constituconales y legales que se adoptaron la semana pasada en el país, en particular a aquellos que abren la puerta a cadena perpetua para menores de edad.

En un comunicado público en sus redes sociales (abajo está el enlace en Twitter) y disponible en www.oacnudh.org/, Hurtado realiza un comentario en el que insta «a las autoridades de El Salvador a revisar con prontitud los preocupantes cambios constitucionales y legales adoptados la semana pasada, que prevén la cadena perpetua para niños y niñas desde los 12 años, en contradicción con las normas internacionales de derechos humanos».

«En virtud de estas disposiciones, los casos de niños y niñas condenados a cadena perpetua serán, por lo general, revisados únicamente cuando hayan cumplido 25 años de detención. Este enfoque contraviene la Convención sobre los Derechos del Niño, que exige que los niños y niñas en conflicto con la ley sean tratados de una manera que priorice su rehabilitación y reintegración, y que la privación de libertad se utilice solo como medida de último recurso y durante el período más breve posible», sostiene la OACNUDH.

En la misiva, además, señalan que «la detención prolongada es profundamente perjudicial para los niños y niñas, vulnera varios de sus derechos y afecta su desarrollo y bienestar a lo largo de la vida, reduciendo sus posibilidades de una reintegración exitosa en la sociedad».

Por último, se menciona: «También es esencial mejorar las condiciones penitenciarias y garantizar el pleno cumplimiento de las normas de derechos humanos para todas las personas privadas de libertad».

La Asamblea Legislativa ratificó el 26 de marzo el acuerdo de reforma del Artículo 27 de la Constitución de la República para habilitar la pena de prisión perpetua como castigo a delitos graves de homicidio, violación y terrorismo.

Con dispensa de trámites y sin ningún comentario de los legisladores, se aprobó una reforma al Código Procesal Penal que establece los procedimientos a seguir en los casos de los delitos de homicidio, feminicidio y violación.

La reforma al Código Penal incorporó un procedimiento de revisión de la cadena perpetua para aplicar a la ««»libertad controlada». Dicha revisión se realizará cumplidos 25 años para menores de edad, 30 años cuando es un solo delito, 35 en concurso de varios delitos y 40 cuando existieron agravantes al delito cometido.

En la Ley Penal Juvenil se incorpora también entre las sanciones posibles la pena de prisión perpetua para menores de edad.

«En el caso de los delitos cuya pena sea la prisión perpetua, se impondrá esta y la revisión de la misma se hará conforme a lo dispuesto en el Código Penal», dice la reforma penal juvenil.

En los casos donde se imponga esa condena, esta tampoco podrá ser sustituida o revocada como puede aplicarse con otro tipo de delitos que comentan adolescentes.

Mientras que en la LEIV se incorporó que el delito de feminicidio (muerte a una mujer mediando motivos de odio o menosprecio por su condición de mujer) se castigue con cadena perpetua.

MIRA TAMBIÉN: Asamblea ratifica que se aplique la cadena perpetua en El Salvador

Tasas y Balances Epaper Obituarios

Patrocinado por Taboola