Light
Dark

Hijo de empresario de buses Catalino Miranda es condenado a siete años de prisión

Según la acusación, el dolo se evidenció cuando el procesado, en su calidad de administrador único de ACOSTES de R. L., suscribió con la víctima una novación del contrato de mutuo con garantía prendaria sobre 78 unidades de buses. No obstante, posterior a la firma de la novación, esas mismas unidades fueron dadas como garantía ante otras instituciones financieras.

El hombre deberá de continuar en prisión mientras se establece la fecha del juicio. Foto EDH/Archivo
El hombre deberá de continuar en prisión mientras se establece la fecha del juicio. Foto EDH/Archivo

El Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador condenó a siete años de prisión a Adalberto Antonio Miranda Zepeda, hijo del fallecido empresario de buses Catalino Miranda, tras encontrarlo responsable del delito de estafa agravada en perjuicio de una víctima, informó Centros Judiciales de El Salvador.

Los hechos se originaron en 2019, cuando la víctima otorgó un contrato de mutuo con garantía hipotecaria y prendaria por $1,800,000 a favor de su padre Catalino Ezequiel Miranda Arteaga (ya fallecido) y de su tío José Braulio Miranda Arteaga, quienes en ese entonces eran los representantes de ACOSTES de R. L. y ACOSTES de El Salvador S. A. de C. V. Con el tiempo, los obligados dejaron de cumplir con los pagos, según la fuente judicial.

La fuente oficial detalló, de acuerdo con los hechos acreditados en juicio, que el 16 de mayo de 2019 Miranda Zepeda solicitó al Centro Nacional de Registros (CNR) el retiro de un documento de cancelación de mutuo hipotecario que no había sido inscrito, con el propósito de subsanar prevenciones señaladas por dicha institución; posteriormente, el documento fue presentado nuevamente por otra persona.

Sin embargo, la víctima no firmó dicha cancelación y la Sección del Notariado de la Corte Suprema de Justicia informó que el documento era inexistente; además, se estableció que el notario no se encontraba en el país en la fecha en que supuestamente fue suscrito.

Asimismo, según la acusación, el dolo se evidenció cuando el procesado, en su calidad de administrador único de ACOSTES de R. L., suscribió con la víctima una novación del contrato de mutuo con garantía prendaria sobre 78 unidades de buses. No obstante, posterior a la firma de la novación, esas mismas unidades fueron dadas como garantía ante otras instituciones financieras.

Además, el tribunal ordenó «en abstracto» el pago de daños y perjuicios porque no se demostró el monto exacto de momento, ya que la víctima concilió con uno de los imputados.

Tasas y Balances Epaper Obituarios

Patrocinado por Taboola