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Comisión avala que Dirección de Aduanas exija declaración a importadores que los productos no fueron elaborados con trabajo infantil

Si la información que se brinde no es correcta se tomarán las medidas de carácter administrativas, civiles o penales

Comisión de Hacienda
Comisión de Hacienda dictaminó a favor de la reforma. Imagen cortesía

Este lunes la Comisión de Hacienda de la Asamblea Legislativa dictaminó a favor de una reforma a la Ley Orgánica de la Dirección General de Aduanas para que se exija a los importadores una declaración jurada de que los bienes comerciales que introduce al país no fueron fabricados con trabajo forzoso o trabajo infantil.

La iniciativa de reforma fue presentada por el Ministerio de Hacienda para que se incorporen «medidas encaminadas al fortalecimiento de un intercambio comercial, basado en el respeto de los principios y derechos en el ámbito del derecho laboral internacional».

Se añadirá un artículo 27-A sobre Control Aduanero en Materia de Trabajo Forzoso, Obligatorio y Trabajo Infantil, así: «La Dirección General de Aduanas, por medio de sus dependencias, en el ejercicio de sus funciones de control aduanero, requerirá a los importadores la presentación de una declaración escrita, a través del formato que para tal efecto ponga a disposición dicha autoridad y de conformidad con los lineamientos que esta misma establezca, en la que se consigne, bajo juramento, que los bienes objeto de la importación no han sido fabricados o elaborados, total o parcialmente, mediante trabajo forzoso, obligatorio o trabajo infantil».

Esa declaración jurada va a ser consignada en las declaraciones de importación.

«Se faculta a la Dirección General para que pueda, en caso de duda o algún tipo de sospecha en la información que ha sido proporcionada por los importadores, requerir documentación, información adicional para verificar que las mercancías no han sido fabricadas, producidas, ensambladas, transformadas, distribuidas o sometidas a cualquier otro tipo de operación durante el proceso de cadena logística con algún tipo de vulneración a estos objetivos, que son la erradicación del trabajo forzoso y del trabajo infantil», dijo Luis Córdova, jefe de la Unidad de Asuntos Internacionales, de la Dirección general de Aduanas a los diputados de la Comisión.

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Si la información que se brinde no es correcta se tomarán las medidas de carácter administrativas, civiles o penales; además de que se podrá retener de manera preventiva de la mercancía, la denegatoria del despacho o las demás medidas previstas en la legislación aduanera.

Este mecanismo de control contará con el apoyo de los Ministerios de Trabajo y de Economía para dar los lineamientos correspondientes.

Cordova recordó que el Estado salvadoreño, como miembro de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), garantiza el respeto de los derechos laborales fundamentales, principalmente la prohibición de las peores formas de trabajo infantil.

Agregó que para la aplicación del artículo la Dirección “no tiene contemplado establecer mecanismos engorrosos, al contrario, hacer uso de los elementos tecnológicos de los cuales ya disponemos en nuestros procesos aduaneros para que el proceso de cumplimiento de esta normativa de parte de los empresarios sea sencilla, sea efectiva».

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