El pago total de la deuda deberá realizarse en un plazo máximo de seis meses, contados a partir de la firma del plan de pago que ofrece la comuna.
El pago total de la deuda deberá realizarse en un plazo máximo de seis meses, contados a partir de la firma del plan de pago que ofrece la comuna.

El concejo municipal de Chalatenango Norte aprobó una ordenanza transitoria de dispensa de pago de multas e intereses derivados de deudas por tasas e impuestos municipales, con el objetivo de facilitar la regularización de la mora tributaria y fortalecer las finanzas locales.
De acuerdo con los considerandos de la ordenanza, la municipalidad argumenta que se ha visto en la necesidad de implementar “políticas económicas financieras para incrementar sus ingresos”, mejorar el cobro de los tributos municipales y recuperar deudas heredadas de las antiguas alcaldías, hoy convertidas en distritos.
La normativa establece que la dispensa de intereses moratorios “pretende beneficiar a los contribuyentes morosos y lograr una mayor recaudación”.
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La ordenanza, denominada “Ordenanza Transitoria de Dispensa de Pagos de Multas e Intereses Provenientes de Deudas por Tasas e Impuestos a Favor del Municipio de Chalatenango Norte”, aplica a los contribuyentes de los distritos de La Palma, San Ignacio y Citalá.
Podrán acogerse a esta medida tanto personas naturales como jurídicas que se encuentren en mora de tasas e impuestos municipales, así como quienes se inscriban en el registro de contribuyentes durante la vigencia de la ordenanza.
También incluye a contribuyentes que estén en procesos de cobro judicial iniciados antes de la entrada en vigor del decreto, siempre que se sometan a la forma de pago establecida.
Asimismo, el beneficio se extiende a quienes tengan convenios de pago vigentes, a aquellos que hayan incumplido dichos convenios sin que exista sentencia judicial firme, y a propietarios de inmuebles que reciban servicios municipales pero que no hayan sido inscritos en el registro de contribuyentes.
La ordenanza establece que los planes de pago ya suscritos deberán ajustarse al plazo definido en el decreto como condición para gozar de la dispensa. En el caso de contribuyentes con planes de pago vigentes, el beneficio se aplicará únicamente al ajustar el plazo de las obligaciones pendientes.
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Para acceder a los beneficios, los interesados deberán manifestar su solicitud de forma verbal o escrita ante el departamento de administración tributaria municipal dentro del plazo de vigencia de la ordenanza. Aquellos contribuyentes que ya tengan planes de pago y se encuentren al día podrán recibir el beneficio de forma automática.
La medida establece que el pago total de la deuda deberá realizarse en un plazo máximo de seis meses, contados a partir de la firma del plan de pago y siempre dentro del período de vigencia de la ordenanza.
En caso de incumplimiento del plan pactado, los beneficios cesarán de inmediato y la municipalidad podrá exigir la totalidad de la obligación pendiente.
La medida estará vigente hasta el 12 de febrero.
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