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Cuatro de cada 10 servidores públicos no declararon su patrimonio entre 2020 y 2024

El 39 % de las declaraciones de patrimonio no fue presentada por los servidores públicos que tenían la obligación de hacerlo de acuerdo a la Ley contra enriquecimiento ilícito

Corte Suprema de Justicia
La Corte Suprema de Justicia de El Salvador ha iniciado el proceso de licitación pública para la adquisición de 153 vehículos, con un presupuesto de $2,444,043.10 | Foto EDH/Archivo

Datos de la Sección de Probidad de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) revelan que entre 2020 y 2024 un total de 41,035 funcionarios o servidores públicos estaban obligados a presentar una declaración patrimonial. Sin embargo, solamente un 61 % de estos realizaron su respectiva declaración. Es decir, únicamente 25,086 de los servidores públicos sí lo hicieron.

La Ley sobre el Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos obliga a funcionarios estatales a rendir informes de su patrimonio a dicha sección de la Corte. De estas declaraciones, únicamente 10,780 fueron analizadas en la CSJ, menos de la mitad de las recibidas.

Desde la organización Acción Ciudadana se analizó en reiteradas ocasiones el comportamiento de este proceso en la sección de Probidad.

La competencia de esta dependencia de la CSJ consiste en recibir las declaraciones de patrimonio que presentan los funcionarios, con el fin de controlar el patrimonio de estos, realizando la clasificación y revisión de la información. Sin embargo, según considera Acción Ciudadana (AC) es «humanamente imposible» que el personal logre analizar toda la deuda con la que cuentan.

Según AC, el personal asignado a Probidad no varió mucho entre los años 2017 a 2023, pues ha oscilado entre 32 a 36 personas; aún así, no todos los colaboradores de dicha instancia revisan las declaraciones juradas.

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En 2020 hubo 17 personas a cargo; en 2021, 22; en 2022 hubo 23 y en 2023 se redujo a 19.

Además, una de las conclusiones del informe «Monitoreo sobre Probidad en la función pública 2024» señaló que anualmente la cantidad de declaraciones recibidas en la CSJ aumenta y, debido a la carga laboral y a que no cuentan con el suficiente personal, se genera una mora en este sentido.

«Se ha evidenciado la necesidad de fortalecer dicha institución con aumento de personal considerando que el Órgano Judicial en cada ejercicio fiscal reporta un porcentaje no ejecutado de su presupuesto», detalla en el informe de AC.

2021 y 2024 fueron los años en los que más empleados estaban obligados a presentarla, debido a que hubo elecciones de la Asamblea Legislativa, Parlamento Centroamericano y Concejos Municipales.

Salón Azul plenaria
Los diputados de la Asamblea Legislativa están obligados a declarar su patrimonio al tomar posesión de sus cargos y al final de sus funciones

En 2024, Probidad recibió únicamente 6,484 declaraciones de un total de 11,860 que los empleados públicos tenían que presentar.

La Ley sobre el Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos establece que dentro de los 60 días siguientes a que tomen posesión de sus cargos, los funcionarios y empleados públicos obligados, «deberán rendir por escrito declaración jurada del estado de su patrimonio».

Además, también deben presentar a Probidad la declaración de su patrimonio dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que cesen en el ejercicio de sus cargos.

En 2024 solo 35 de los 84 diputados y diputadas propietarias de la legislatura 2021-2024 y 43 de 60 propietarios de la legislatura 2024-2027 presentaron en el plazo legal sus declaraciones de patrimonio, quienes no cumplieron con el tiempo fijado y la presentaron después estarían sujetos al pago de una multa.

Los investigados

La información de la Corte también detalla los procesos de investigación patrimonial trabajados por la sección de Probidad durante estos cinco años.

Un total de 191 nuevos expedientes fueron iniciados entre 2020 y 2024. Según los datos públicos de la CSJ, hasta el cierre del 2024 quedaron 106 expedientes acumulados que debían resolverse en 2025.

Dentro de estos casos están exdiputados de la Asamblea Legislativa de gestiones anteriores. El acta de Corte Plena del 20 de marzo de 2025 detalla que ocho exfuncionarios solicitaron una prórroga para justificar sus patrimonios.

Además, en abril, otros cinco casos sí fueron resueltos por la Corte y determinaron que deben enfrentar un proceso ante una Cámara de lo Civil. Los magistrados resolvieron que en el caso de cinco exdiputados (tres de ARENA y dos de GANA) existen indicios que se enriquecieron ilícitamente mientras fueron funcionarios.

Un caso es el de la exdiputada Silvia Estela Ostorga de Escobar. El 24 de abril, con 15 votos, los magistrados aprobaron que existen indicios de supuesto enriquecimiento ilícito por un monto de $3,822,778 producto de 67 inconsistencias.

«En razón del ejercicio del cargo de la mencionada señora como diputada propietaria de la Asamblea Legislativa en los periodos del 01/05/2012 al 30/04/2015, del 14/05/2015 al 30/04/2018 y del 01/05/2018 al 30/04/2021, en relación con las declaraciones patrimoniales presentadas ante la Sección de Probidad de la Corte Suprema de Justicia», determinaron los magistrados.

«Ordénase juicio por enriquecimiento ilícito, para lo cual se designa a la Cámara Segunda de lo Civil de la Primera Sección del Centro con sede en San Salvador; remítase las actuaciones correspondientes; decrétanse medidas cautelares contra los inmuebles y muebles detallados en la resolución; remítase a la Fiscalía General de la República», añadieron.

Otro de los exfuncionarios señalados de este delito es Abilio Orestes Rodríguez Menjívar, a quien le encontraron nueve inconsistencias en su declaración patrimonial.

Al exdiputado junto a su grupo familiar le atribuyen un supuesto enriquecimiento por un monto de $214,683.82 con relación al periodo en el que fungió como diputado de la Asamblea Legislativa, entre el 1 de mayo de 2012 al 30 de abril de 2015.

La Corte Plena también dictaminó enviar a un proceso civil al exdiputado Manuel Rigoberto Soto Lazo y a su grupo familiar. Según la investigación de Probidad, a él y a su familia le detectaron 25 inconsistencias.

El patrimonio de los exdiputados Jesús Grande (izquierda) y Rigoberto Soto (derecha) fueron investigados por la sección de Probidad de la CSJ y encontraron una serie de inconsistencias. Foto: EDH/Archivo

La suma de las irregularidades encontradas a Soto es de $392,989.62 por el periodo en el que ejerció como diputado propietario entre el 1 de mayo de 2012 y el 30 de abril de 2015.

En el caso del exlegislador, Jesús Grande, los magistrados aprobaron que deberá enfrentar un proceso civil, luego que no pudo justificar 24 inconsistencias que ascendieron a $352,119.

Por último, la Corte Plena también resolvió que el exdiputado David Reyes deberá enfrentar un proceso civil luego de no justificar un incremento en su patrimonio. En su caso y de su grupo familiar, los magistrados declararon que existen indicios de enriquecimiento ilícito por un monto de $225,942.49.

El exdiputado del partido ARENA, David Reyes, es otro de los exfuncionarios que enfrentará un juicio civil. Foto: EDH/Archivo

Entre las irregularidades detectadas por la sección de Probidad destacan depósitos a cuentas bancarias, compras de vehículos, inmuebles, pago a deudas, gastos superiores a los ingresos, entre otros.

La nueva ley

Ley Anticorrupción, aprobada el 7 de febrero de 2025 por la Asamblea Legislativa y que entró en vigencia el 11 de agosto del año pasado, añade otras responsabilidades y obliga a todos los funcionarios y empleados públicos, así como a sus cónyuges o convivientes e hijos a presentar cada año una Declaración Jurada de Informe de Activos y Pasivos junto con la declaración de renta.

El artículo 18 de la referida normativa establece que los funcionarios y empleados públicos que de acuerdo al artículo 240 de la Constitución deben declarar el estado de su patrimonio ante la CSJ, también deberán presentar en esta declaración la información que conste los saldos de sus activos fijos y circulantes, pasivos, así como el detalle de todas las adquisiciones o transferencias de bienes muebles e inmuebles, realizados en el periodo de la declaración del impuesto sobre la renta que efectúa.

Añaden que «el funcionario o empleado público que se encuentre obligado por ley a presentar la Declaración Jurada de Informe Activos y Pasivos que, sin justa causa, incumpla con la obligación consignada en el presente artículo, la presente de forma manifiestamente falsa o no brinde el consentimiento expreso para su publicación, deberá ser destituido sin más trámite de su cargo».

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