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Comisión avala exenciones tributarias al programa acceso a la energía eléctrica de CEL

CEL aseguró que en cuatro años se completará al 100% el acceso a energía eléctrica en el territorio.

Comisión de Tecnología, Turismo e Inversión

La Comisión de Tecnología, Turismo e Inversión de la Asamblea Legislativa avaló este jueves la solicitud gubernamental denominada “Disposiciones Especiales y Transitorias de Apoyo al Programa de Acceso Universal a la Energía en El Salvador», la cual contempla exenciones del pago de impuestos desde la planificación hasta la entrega de obras.

Este jueves la comisión estudió las medidas con el presidente de la Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica Río Lempa (CEL) y director general de Energía, Hidrocarburos y Minas, Daniel Álvarez.

El proyecto tiene como objetivo principal «establecer medidas especiales para apoyar y facilitar la implementación» de dicho programa en todo el país.

Las disposiciones de exoneración de pago de impuestos se aplicarán desde el proceso de planificación, diseño, adquisición de equipos, herramientas, materiales, accesorios y repuestos, estudios, consultorías, supervisión y construcción de las obras civiles y redes de distribución de energía eléctrica.

Así como en sistemas de generación de energía eléctrica con base en recursos renovables; instalación y montaje de equipos; implementación de medidas ambientales y sociales; mejoramiento de accesos; adquisición de inmuebles; obras complementarias; o de cualquier actividad que sea necesaria para la completa ejecución del Programa hasta la completa recepción de las obras, bienes y servicios adquiridos localmente o en el extranjero.

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La propuesta otorga una serie de exenciones tributarias para la ejecución del programa. Los contratistas y subcontratistas se beneficiarían de la exención total del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA) en las transferencias de bienes y servicios relacionados con el programa.

Inicialmente, la iniciativa establecía que la CEL se beneficiara de exenciones tributarias; pero Álvarez propuso a la Comisión que no se les tomara en cuenta para la medida, porque el propósito de esto es la inversión para el país. La comisión aceptó la sugerencia.

Gozarán también de la exención total de impuestos y gravámenes a la importación e internación de equipos y materiales; a la exención total del Impuesto sobre Transferencia de Bienes Raíces para la adquisición de inmuebles destinados al programa (este beneficio solo aplicará a la CEL).

También gozarán de la exención de toda clase de tributos relacionados con la obtención de licencias y permisos para la construcción de redes y sistemas de generación.

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Los tipos de proyectos contemplados con el programa son:

  • Extensión de redes de distribución: 7,012 viviendas a edificar con 686 kilómetros de red.
  • Sistema fotovoltaico aislado: 1,612 viviendas a electrificar
  • Miniredes (fotovoltaicas): 135 viviendas a electrificar

Según Álvarez, en cuatro años (ya comenzó la CEL) el 100 % del territorio gozará de energía eléctrica. Dijo que hubo censos para determinar las necesidades del servicio.

“Los ingresos que perciban las personas naturales o jurídicas, involucradas como contratistas o subcontratistas respecto de las actividades relacionadas con el programa se considerarán como no gravables de la Ley de Impuesto sobre la Renta, hasta la completa recepción de las obras, bienes y servicios adquiridos”, se establece en el proyecto.

Obligaciones y deberes

La propuesta también incluye un llamado a la colaboración interinstitucional. El Artículo 9 señala que «todas las instituciones del Estado deberán atender con inmediatez las necesidades relacionadas a las actividades de planificación, diseño y construcción» para garantizar la expedita realización de trámites y diligencias.

Sin embargo, el proyecto de decreto contempla una prohibición para el uso indebido de los beneficios.

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Las disposiciones especifican que las exenciones «no serán extensivas a bienes para el consumo o de uso personal de directivos, socios o personal de las empresas». Se advierte que, si la administración tributaria determina un abuso en el uso de los beneficios, se procederá a la revocación de la resolución y a la liquidación de los tributos que se hayan dejado de pagar.

La normativa, que falta sea aprobada en el pleno, también exime del pago del Impuesto sobre la Renta por ganancia de capital a los propietarios que vendan voluntariamente sus inmuebles a la CEL para el programa. Además, exonera a la CEL, contratistas y subcontratistas del pago de aranceles por los servicios que brinda el Centro Nacional de Registros (CNR).

Serán las empresas distribuidoras de energía eléctrica las que facilitarán las gestiones, trámites y servicios, así como realizar los ajustes o modificaciones necesarias a las redes de distribución existentes, para garantizar la conexión de los proyectos de extensión de red que forman parte del Programa.

Las empresas distribuidoras de energía eléctrica deberán facilitar las gestiones de conformidad a los lineamientos emitidos por la Dirección General de Energía, Hidrocarburos y Minas.

Otras exenciones fiscales

La comisión también avaló el dictamen de las «Disposiciones Especiales de Carácter Tributario para los Contratos Multicliente entre la CEL y las personas naturales o jurídicas, privadas o públicas, nacionales o extranjeras, y para los contratos de licencia de datos entre el titular de un contrato multicliente y los adquirentes de los datos».

«Este es el primer paso para saber cuánto y en qué momento se puede explotar», explicó Álvarez.

Según la propuesta, el Contrato de Inversión Modalidad Multicliente «es un contrato de inversión celebrado entre la CEL y una persona natural o jurídica, privada o pública, nacional o extranjera, por el cual el contratista recibe el derecho exclusivo de realizar el mercadeo y comercializar los datos (información geocientífica) crudos que obtenga o recabe en su actividad de prospección, recopilación y procesamiento, por el plazo establecido en el contrato, bajo su propio costo y riesgo, así como la información relevante que el contratista elabore a partir de los datos obtenidos».

multicliente cel

La diputada Claudia Ortiz cuestionó que existe un documento desclasificado de la CIA de octubre de 1985 en la que se evaluaba el potencial de explotación de hidrocarburos en El Salvador y daba cuentas de que era muy limitada y poco rentable y, por lo tanto, si era necesario emitir esta clase de disposiciones.

Álvarez justificó en que el Estado no pondrá fondos para la exploración y que es solamente el riesgo de las empresas interesadas. Dijo que su forma de invertir es ver si hay recursos (petróleo) y si hay un resultado, son ellos quienes lo venden. La ganancia del país solamente sería «la información».

«Esta empresa va a venir a explorar y la información que esta empresa va a dar, va a ser del Estado. Tenemos los indicios, pero no tenemos los recursos que tiene una de estas empresas para hacer la exploración, son barcos inmensos que entran al mar en donde hacen como una ultrasonografía del fondo marino», argumentó el director.

Álvarez adelantó que la compañía extranjera GEO-X se ha mostrado «interesada» en el país.

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