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Asamblea aprueba transferencia de terrenos para proyectos en San Salvador Este

La solicitud hecha por el gobierno central tendría como propósito dar uso a los inmuebles para proyectos comunitarios.

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La Asamblea Legislativa aprobó este miércoles, con 56 votos, la emisión de disposiciones especiales para autorizar al Fondo Social para la Vivienda (FSV) que transfiera inmuebles que se utilizarán para proyectos de interés social en el municipio de San Salvador Este, situados en la Comunidad las Torres de Jerusalén, distrito de Tonacatepeque.

El traspaso de los tres inmuebles irá para la alcaldía con el propósito de desarrollar proyectos comunitarios, aunque no se especificaron cuáles.

El decreto aprobado autoriza al Fondo Social para la Vivienda para que transfiera «a título de donación pura, simple e irrevocable», a favor del Municipio de San Salvador Este tres inmuebles. El primero tiene un área de 958.52 metros cuadrados, de naturaleza rústica, situado en Lote uno, Zona de Equipamiento Social, Comunidad Las Torres de Jerusalén, Parcela número tres, Hacienda San José Arrazola IG.

El segundo inmueble también es de naturaleza rústica, de 227.56 metros cuadrados, situado en Comunidad Las Torres de Jerusalén, Agrupación Equipamiento Social EQ, lote número dos, parcela número tres, Hacienda San José Arrazola.

Y el tercero, de 254.37 metros cuadrados, también de naturaleza rústica está situado en lote uno de zona verde, Comunidad Las Torres de Jerusalén, parcela número tres, Hacienda San José Arrazola.

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“El Consejo de Ministros, en la sesión once, celebrada el día 28 de febrero de 2025, el consejo acordó por unanimidad dar su anuencia al Fondo Social para la Vivienda, para transferir en tal calidad los inmuebles a los que se refiere tal proyecto”, se justificó en el dictamen parcial.

Los inmuebles fueron valuados por la Dirección General de Contabilidad Gubernamental, del Ministerio de Hacienda en $7,000, $29,700 y $10,900, respectivamente.

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El decreto incluye que el FSV será el responsable del pago de las obligaciones municipales pendientes que tengan los inmuebles a la fecha de la entrada en vigencia del decreto, y la entidad donataria realizará las actualizaciones en la Alcaldía Municipal respectiva.

La inscripción de las escrituras de donación de los inmuebles en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas a favor de la entidad donataria estará exenta del pago de impuesto sobre transferencia de bienes raíces, derechos registrales, de la presentación de solvencia municipal y solvencia tributaria.

El dictamen favorable parcial lo emitió la Comisión de Salvadoreños en el Exterior, Legislación y Gobierno a partir de que la Constitución indica que los bienes raíces de la hacienda pública y los de uso público solo podrán donarse o darse en usufructo, comodato, o arrendamiento con autorización del Órgano Legislativo a favor de entidades de utilidad general.

Quedó pendiente de emitirse las disposiciones especiales para que un inmueble también del FSV se transfiera a favor del Estado y Gobierno de El Salvador en el ramo de Educación, Ciencia y Tecnología.

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