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Consumidores tendrán 90 días para corregir sus facturas electrónicas

El Ministerio de Hacienda amplió el plazo para anular facturas electrónicas y otros documentos tributarios, lo que permite a los compradores corregir errores hasta tres meses después de la compra. La medida fortalece los derechos del consumidor y facilita trámites sin procesos engorrosos.

FACTURA ELECTRONICA
Con este cambio, el sistema de facturación electrónica avanza hacia un modelo más flexible que, además de buscar eficiencia tributaria, refuerza la protección de los compradores.

Desde febrero de 2026, los consumidores salvadoreños cuentan con más tiempo para corregir errores en sus facturas electrónicas. El Ministerio de Hacienda actualizó el Manual Funcional del Sistema de Transmisión de Documentos Tributarios Electrónicos (DTE) e incorporó cambios que permiten solicitar la invalidación de ciertos documentos hasta tres meses después de su emisión.

La modificación aplica específicamente a la factura electrónica, la factura de exportación y la factura de sujeto excluido. Antes, los plazos cortos dificultaban la corrección cuando un comprador detectaba equivocaciones días o semanas después de la transacción. Ahora, el nuevo período brinda un margen más amplio para gestionar ajustes directamente con el emisor.

En la práctica, esto significa que, si una persona encuentra errores en su nombre, Número de Identificación Tributaria (NIT), descripción del producto o monto facturado, puede acudir al negocio y solicitar la corrección dentro de los tres meses contados desde la fecha en que Hacienda autorizó el documento original.

El procedimiento varía según el tipo de error. Si se trata de una equivocación en los datos, el emisor debe generar primero una nueva factura con la información correcta y luego invalidar la anterior, vinculándola al nuevo código de generación. En caso de que la operación se cancele por completo, la anulación puede realizarse sin necesidad de emitir un documento de reemplazo.

Otros documentos tributarios, como notas de crédito o comprobantes de retención, mantienen plazos más cortos y solo pueden anularse dentro del día siguiente a su emisión, por lo que es importante revisar cada comprobante según su tipo.

Especialistas señalan que esta medida favorece principalmente a pequeños contribuyentes y consumidores finales, quienes no siempre verifican todos los datos en el momento de la compra. Además, la inclusión formal de la Factura de Sujeto Excluido Electrónica dentro de los documentos que pueden anularse amplía la cobertura de la norma y reduce vacíos en el sistema.

Para hacer valer este derecho, Hacienda recomienda conservar la representación gráfica del DTE, que incluye un código QR para verificar su autenticidad en el portal institucional. También es clave que las empresas mantengan actualizados sus sistemas de facturación para cumplir con las nuevas validaciones de fecha y hora.

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