El Juzgado Especializado de San Salvador le impuso la pena máxima por feminicidio agravado. El sujeto abandonó a su esposa tras la agresión en San Vicente
El Juzgado Especializado de San Salvador le impuso la pena máxima por feminicidio agravado. El sujeto abandonó a su esposa tras la agresión en San Vicente

El Juzgado Especializado de Sentencia para una Vida Libre de Violencia y Discriminación para las Mujeres de San Salvador impuso la pena máxima de 50 años de prisión a José Antonio Osegueda Rodríguez, tras hallarlo culpable del delito de feminicidio agravado en perjuicio de su esposa.
Según la información emitida por Centros Judiciales de El Salvador, las investigaciones determinaron que la víctima sufrió violencia psicológica, económica, física y sexual por parte de Osegueda Rodríguez a lo largo de 15 años de convivencia, período en el cual procrearon dos hijos.
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Varias de estas agresiones fueron presenciadas por los menores de edad.
Pese a que la mujer llegó a iniciar procesos judiciales contra su agresor en el pasado, desistió de continuarlos debido a la constante presión y violencia psicológica que padecía.
El hecho ocurrió en diciembre de 2025.
Tras un episodio de violencia motivado por celos, Osegueda Rodríguez convenció a su esposa de acompañarlo a un negocio de su propiedad, ubicado en el barrio San Juan de Dios, en San Vicente.
Una vez en el establecimiento, el sujeto amenazó a la víctima con un bate de béisbol y la obligó a ingerir una sustancia tóxica.
Tras consumar el hecho, el agresor se retiró del lugar, dejándola abandonada mientras padecía los efectos de la intoxicación.
Al día siguiente, el imputado se comunicó con la familia de la mujer para que acudieran a auxiliarla.
Debido a la gravedad de su estado de salud, fue trasladada de urgencia a un hospital nacional, donde falleció horas más tarde a causa de un paro cardiorrespiratorio provocado por la ingesta del tóxico.
Durante el proceso penal, la representación fiscal y la querella presentaron el desfile probatorio que permitió acreditar la responsabilidad del procesado.
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Entre los elementos clave se incluyeron pericias de activación de antenas de telefonía, las cuales confirmaron que tanto el agresor como la víctima permanecieron juntos en el lugar de los hechos al momento de la agresión.
Asimismo, se probó que el condenado se aprovechó de la relación de confianza para trasladar a la víctima al sitio del crimen.
Al evaluar la constante situación de vulnerabilidad en la que se encontraba la víctima y la gravedad de los actos cometidos, el juzgado determinó aplicar la pena de 50 años de cárcel contra Osegueda Rodríguez.
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