La iniciativa de reforma busca facilitar los trámites y eliminar la «exigencia de formalidades innecesarias»
La iniciativa de reforma busca facilitar los trámites y eliminar la «exigencia de formalidades innecesarias»

El Ministerio de Economía envió a la Asamblea Legislativa una propuesta se reforma a la Ley de Procedimientos Administrativos (LPA) con el propósito de eliminar formalidades que considera «innecesarias» para los trámites de comercio y aduanales que contienen documentos emitidos desde el extranjero.
Según la página web del Ministerio de Relaciones Exteriores, la apostilla «es un sello que certifica la autenticidad de la firma y el título bajo el que actúa la persona que firma el documento».
La propuesta de reforma ingresó en el listado de correspondencia de la sesión plenaria de este miércoles y se envió a estudio de la Comisión de Salvadoreños en el Exterior, Legislación y Gobierno.
El objeto de la reforma a la LPA sería para «facilitar los trámites a los administrados eliminando la exigencia de formalidades innecesarias como son el requisito de la Apostilla, incluyendo los procedimientos relacionados con las operaciones comerciales o aduaneras y las compras públicas», dice la nota suscrita por la ministra de Economía, María Luisa Hayem.
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Actualmente, dicha ley no contiene en su articulado disposiciones de apostillado de documentos para trámites ante la administración pública; pero en los considerandos del proyecto de decreto se menciona que la LPA «regula con carácter general y uniforme todos los procedimientos que corresponde seguir a la Administración Pública y desarrolla los principios que deben regir su actividad, incluyendo el antiformalismo y la eliminación de requisitos innecesarios».
De ahí que la propuesta consiste en agregar un artículo 4-A de Documentos emanados en el extranjero: «Cuando se trate de documentos públicos emanados en el extranjero, la Administración Pública no exigirá su legalización o apostilla, ni requerirá copias autenticadas, copias impresas o con firma manuscrita cuando dichos documentos se refieran directamente a operaciones comerciales o aduaneras, incluyendo el registro de productos», dice.
Agrega que Administración Pública tampoco exigirá la legalización o apostilla de esos documentos «cuando cuente con mecanismos de verificación electrónica u otros medios de validación establecidos por la entidad emisora, o cuando la institución pública pueda verificar su autenticidad mediante mecanismos previstos en normativa aplicable o con base en convenios, acuerdos u otros instrumentos de cooperación suscritos con las entidades extranjeras correspondientes».
En los casos que sí se requiera la presentación de la apostilla o legalización de documentos, se daría trámite al proceso solicitado y se daría un plazo de diez días hábiles para la presentación de los mismos.
La Comisión que revisará esta propuesta fue convocada a sesionar el próximo lunes 23 de febrero.
La legalización de documentos por medio de la Apostilla es otorgada por los países que forman parte de la Convención de La Haya sobre la Eliminación del Requisito de la Legalización de Documentos Públicos Extranjeros, conocido como el Convenio de La Haya.
Se apostillan los documentos públicos, como:
Según el Artículo 1 del Convenio de La Haya, la apostilla no aplica a Documentos administrativos relacionados directamente con una operación comercial o aduanera (certificados de origen, licencias de importación y exportación) ni a documentos expedidos por funcionarios diplomáticos o consulares.
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