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¿Cómo calcular el aguinaldo? Guía práctica según el Código de Trabajo

El Gobierno anunció el pago del aguinaldo para empleados públicos desde este 24 de octubre, tras reformas de ley. Conozca cómo calcular el monto que deben pagarle.

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El aguinaldo es una prestación anual que todos los trabajadores en El Salvador tienen derecho a recibir entre el 12 y el 20 de diciembre, conforme lo establece el Artículo 196 del Código de Trabajo.

Sin embargo, el pasado 15 de octubre la Asamblea Legislativa aprobó una reforma al Código de Trabajo que permite adelantar el plazo para que los empleados reciban el pago del aguinaldo de forma anticipada, ya que puede pagarse desde el pasado el 20 de octubre.

En ese sentido, este viernes 24 de octubre, el Gobierno de El Salvador anunció que se efectuará el pago completo del aguinaldo a todos los empleados de las instituciones públicas y autónomas.

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Son alrededor de 161,000 empleados públicos que este día podrán recibir ese bono adicional.

El monto del aguinaldo varía según el tiempo que el trabajador tenga laborando de forma continua en una empresa o institución.

El cálculo se realiza tomando como base el salario ordinario y los días que la ley establece, acá te explicamos cómo calcularlo.

Según el Código de Trabajo de El Salvador, el artículo 198 establece cómo debe determinarse el monto mínimo del aguinaldo para los trabajadores privados en función de su antigüedad.


En concreto:


• Si el trabajador tiene un año o más, pero menos de tres años de servicio: el aguinaldo debe ser equivalente al salario de quince días.


• Si tiene tres años o más, pero menos de diez años de servicio: el aguinaldo debe ser equivalente al salario de diecinueve días.


• Si tiene diez años o más de servicio: el aguinaldo debe equivaler al salario de veintiún días.

Además, cabe mencionar que:


• El pago del aguinaldo es un derecho obligatorio para el trabajador según el artículo 196 y siguientes.
• Existen reglas adicionales para calcularlo cuando el salario no es fijo o cuando el trabajador tiene menos de un año de servicio (artículo 197) y sobre el plazo de pago (artículo 200).

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Es importante destacar que el aguinaldo no está sujeto a descuentos de Seguro Social ni AFP, salvo que exista una orden judicial.

El aguinaldo, más allá de una obligación legal, representa un reconocimiento al esfuerzo de cada trabajador. Utilizarlo con responsabilidad —ya sea para saldar deudas, ahorrar o planificar los gastos de fin de año— puede marcar la diferencia en la estabilidad financiera de las familias salvadoreñas.

EL CÁLCULO

Por antigüedad

  • De 1 a más, pero menos de 3 años de servicio: 15 días de salario.
  • De 3 a más, pero menos de 10 años de servicio: 19 días de salario.
  • Más de 10 años de servicio: 21 días de salario. 

Por proporcionalidad (menos de 1 año)

  • Si un empleado ha trabajado menos de un año pero más de 30 días, tiene derecho a un pago proporcional.
  • Cálculo: (Salario diario) x (días trabajados) / 365. 

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