Entre abril de 2022 y septiembre de 2025, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia solamente admitió 158 demandas de hábeas corpus de un total de 7,730 que recibió.

Osiel Guevara fue puesto en libertad hace casi un año, el 27 de noviembre de 2024, luego de cumplir una pena de internamiento de dos años y medio en el Centro Penal para Menores en Ilobasco. Le notificaron a su padre para que fuera a recogerlo, pero a la media hora de recuperar su libertad, agentes de la Policía Nacional Civil (PNC) lo recapturaron.
Dos horas después lo trasladaron a una delegación policial y le pidieron a sus padres que llevaran la partida de nacimiento para hacer el trámite para la obtención del documento de identidad, ya que Osiel cumplió 18 años estando en la cárcel.
Ante esta situación, la abogada de Osiel decidió poner una demanda de hábeas corpus ante la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. En esta alegó que el joven fue desaparecido por dos horas y que “dicha privación de libertad fue arbitraria, sin fundamento legal y que se le vulneró la prohibición de doble juzgamiento”.
El hábeas corpus “es un mecanismo para proteger los derechos de libertad personal e integridad física, psíquica o moral de los privados de libertad ante restricciones, amenazas o perturbaciones ejercidas de forma contraria a la Constitución”, según la definición de la misma Sala.
El 20 de agosto de 2025, casi nueve meses después de que ocurrieron los hechos, la Sala tramitó la demanda. Los magistrados advirtieron que no resolverían sobre el doble juzgamiento planteado por la defensora, pero otorgaron oportunidad para que la abogada aclarara la vulneración constitucional que alegó, es decir admitieron el recurso.
El de Osiel fue uno de los 17 casos tramitados por la Sala durante este mes y que aún se encuentran en estudio.
Un recuento realizado a estadísticas publicadas sobre demandas de hábeas corpus presentados ante la Sala de lo Constitucional detalla que solamente un 2% de estos recursos fueron admitidos en 42 meses, es decir, la Sala rechazó 98 de cada 100 recursos, según las estadísticas disponibles en el portal de Transparencia del Órgano judicial.
Entre abril de 2022 y septiembre de 2025, la Sala recibió un total de 7,730 hábeas corpus. De estas, los magistrados únicamente admitieron 158 de estas, es decir tres por cada mes. Al analizar las solicitudes estudiadas por los funcionarios judiciales se observa que únicamente 44 tuvieron una sentencia favorable, menos del 0.01% de las presentadas.
No se puede medir cuántas de las demandas interpuestas corresponden únicamente a casos del régimen de excepción, pero ha existido un aumento de estas con respecto a los años 2020 y 2021. La misma Sala ya advirtió que los casos subieron desde el 2022.
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Las estadísticas demuestran que en 2021, un año antes del régimen de excepción, la Sala de lo Constitucional recibió 404 demandas de hábeas corpus, de las cuales 43 fueron resueltas favorablemente, un poco más del 10%. Es decir, en un solo año entregaron las mismas respuestas positivas que en 42 meses con esta medida de seguridad.
Un mecanismo debilitado
Abogados penalistas consultados consideran que el hecho que casi todos los hábeas corpus están siendo rechazados por la Sala de lo Constitucional puede significar que este derecho esté debilitado o que esta garantía actualmente no existe.
El Diario de Hoy consultó a dos magistrados de esta Sala sobre el porcentaje de estos recursos que han sido admitidos en tres años y medio de régimen de excepción, pero al cierre de la nota no hubo respuesta.

El abogado Elías Ramírez hizo diferentes lecturas sobre esta problemática. En primer lugar menciona que es probable que los magistrados se han puesto “más exigentes” en cuanto a los requisitos de admisibilidad.
Otra de las situaciones que podrían estar ocurriendo, según Ramirez, es que este mecanismo en el sistema judicial está debilitado y que los magistrados “tácitamente están avalando las detenciones dentro del régimen de excepción en vista que se ha suspendido los derechos de saber los motivos por los cuales la persona está siendo detenida y que estén siendo avalados por estas decisiones”, argumentó.
Añadió que esto también podría interpretarse como una muestra más de la “falta de independencia judicial” que podrían enfrentar los magistrados de la Corte Suprema de Justicia.
“Están alineados de alguna forma con las decisiones y las formas en las que el gobierno está manejando el tema de la delincuencia o de la seguridad. Entonces, sí es una situación grave para los ciudadanos porque al estar debilitado un mecanismo de esta naturaleza constitucional prácticamente es dejar avalar, aunque las detenciones sean ilegales, no se tenga una sede judicial al cual acudir para que estos puedan revisar el caso”, acotó.
Por su parte, la abogada Roxana Cardona considera que es preocupante que la mayoría de las demandas están siendo desfavorables para la ciudadanía. “Que se nieguen tantas solicitudes puede significar algo grave: el máximo tribunal está legalizando que la suspensión de una garantía fundamental del Estado de derecho que protege la libertad individual contra las detenciones arbitrarias no existe”, cuestionó.
“El asunto es que las detenciones ilegales no respetando garantías constitucionales son legales dentro del régimen de excepción. Por lo cual si lo ilegal es legal, no da cabida un hábeas corpus ‘normal’”, agregó.
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Advirtió que ha documentado casos en los que las audiencias se han realizado fuera de los plazos establecidos por la ley. “Existen casos donde las audiencias se han realizado no dentro de los 15 días si no a los 16. Aquí sí se vuelve ilegal la detención”, argumentó.
Además, cuestionó que el mensaje que dan los magistrados al rechazar casi todas estas semanas es que “lo ilegal es aceptado por las autoridades judiciales y esto hará perder más la credibilidad ante la justicia”.
Una cadena de responsabilidades
La madre de Axel Ruiz enfrenta desde diciembre de 2024 una angustia que no termina. Ella mostró preocupación por la incomunicación que existe entre las autoridades y cómo esta situación le pudo costar la vida de su hijo.
El 15 de agosto de 2025 la Sala de lo Constitucional tramitó otra solicitud de hábeas corpus en la que fueron demandados el director del Centro Preventivo de Cumplimiento de Penas y Seguridad de Ilopango, el director del Instituto de Medicina Legal y el director del Hospital Nacional de San Bartolo.

La abogada de Axel aseguró que el 27 de diciembre de 2024 le avisaron a la madre de su cliente que sería operado de apendicitis, ya que la falta de atención agravó su situación. El 17 de enero de 2025 ella avisó al Tribunal Cuarto contra el Crimen Organizado sobre el caso y semanas más tarde solicitó una audiencia de revisión de medidas pero hasta marzo el juez aún no la había programado.
Añadió que la madre de Axel reconoció a su hijo en fotografías que circularon en redes sociales en la que describieron que estaba en el hospital “por complicaciones de la herida” luego de la operación.
La abogada afirmó en la demanda que las condiciones en las que se encuentra su representado no son adecuadas y ante la falta de respuesta de las autoridades acudió a la Sala para solicitar un habeas corpus de pronto despacho.
Ante esta situación emitieron una exhibición personal y nombraron a un juez ejecutor quien identificó las responsabilidades por parte de cada una de las autoridades demandadas. El director del Hospital de San Bartolo informó que Axel fue ingresado el 27 de diciembre 2024 y fue dado de alta el 3 de enero y que reingresó el ocho días después por una infección postoperatoria y fue dado de alta el 3 de febrero de 2025.
Además, la abogada expuso a los magistrados que la madre del reo fue contactada en mayo para que le compraran suero, fibra y medicamento para la escabiosis con una receta del 9 de mayo.
Los magistrados pidieron al Tribunal Cuarto contra el Crimen Organizado que comunique las diligencias ordenadas a las autoridades demandadas en este proceso.
En el caso de Osiel, los magistrados se pronunciaron sobre el tiempo transcurrido para la respuesta de esta demanda. En esta advirtieron que la cantidad de resoluciones emitidas por la Sala ha aumentado “considerablemente” desde el 2022.
Además, señalan que las demandas vinculadas a hechos en el contexto del régimen de excepción fue un factor para el incremento de la carga laboral en la referida Sala de la CSJ, y aceptaron que esta situación “ha impedido que este mecanismo de control constitucional se resuelva de forma expedita”.
Los magistrados dieron tres días hábiles a la abogada para que planteara los hechos alegados, y que explicara por qué considera que le están vulnerando los derechos de su representado.
La defensora respondió en el plazo señalado por la Sala pero luego de tres meses aún espera la respuesta final de los magistrados.
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