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Reforma a ley de RNPN separa función de presidente y de registrador nacional

El gobierno presentó una propuesta de reforma que incorpora atribuciones del registrador nacional

presidente del RNPN

El Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN) contará con dos figuras para su conducción administrativa y para su representación legal y judicial, de acuerdo a la propuesta de reforma a su ley orgánica que el gobierno envió a la Asamblea Legislativa.

Actualmente, el Registrador Nacional es quien preside la Junta Directiva del RNP; pero con la reforma sería el Director Ejecutivo del Centro Nacional de Registros (CNR) el presidente de la directiva, la cual se establecería como la máxima autoridad del Registro.

Y se añade un artículo para el Registrador Nacional, siempre nombrado por el Presidente de la República, quien tendría «la representación administrativa, judicial y extrajudicial» del RNPN, y podrá previa autorización de la junta directiva, «otorgar poderes generales o especiales».

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Se trasladarán algunas de las atribuciones que tiene el presidente de la junta al registrador: cumplir y hacer cumplir los acuerdos de la Junta Directiva; comunicar al personal subalterno las instrucciones, observaciones o recomendaciones que estime necesarias para la buena marcha del registro nacional.

También la de autorizar erogaciones hasta por diez salarios mínimos ($4,080) del sector comercio e industria para atender gastos del registro nacional, debiendo dar cuenta mensualmente a la junta directiva; formular recomendaciones esenciales sobre normas y procedimientos a seguirse en la organización y desarrollo del trabajo; también investigar el extravío y pérdida de documentos, haciendo del conocimiento de la Junta Directiva el resultado de las investigaciones; entre otras facultades de acuerdo con la ley, las regulaciones internas.

Mientras que entre las nuevas atribuciones del presidente estarán: proponer a la Junta Directiva la aprobación del organigrama institucional, la creación o supresión de unidades asesoras, técnicas, operativas y administrativas, así como de oficinas, agencias, sucursales u otros, y de organigramas de segundo nivel o niveles inferiores.

Así como aprobar las misiones oficiales de los funcionarios o empleados del RNPN y proponer a la Junta Directiva el Reglamento Interno de Trabajo, los Contratos Colectivos de Trabajo, de acuerdo con las leyes laborales que contendrá todo lo referente a horarios de trabajo, permisos, licencias, asuetos, vacaciones, aguinaldos y demás prestaciones sociales en favor de su personal. Y se añade fomentar las relaciones con otras instituciones públicas o privadas o personas jurídicas vinculadas con el quehacer del RNPN.

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En el caso de la integración de la junta directiva, solo se cambia al representante de la Dirección Estadísticas y Censos por uno dl Banco Central de Reserva de El Salvador (BCR), que fue el ente de absorbió las funciones censales.

El objeto de la reforma es «optimizar la prestación de servicios públicos a la ciudadanía, maximizar los beneficios generados en la utilización de los recursos del Estado, mejorar el desempeño de las políticas administrativas y fiscales relativas registros públicos y aumentar la eficiencia técnica en la gestión de las funciones encomendadas al Registro Nacional de las Personas Naturales», según la pieza de correspondencia suscrita por el ministro de Seguridad Pública y Justicia, Gustavo Villatoro.

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