La ley de la Red Nacional de Hospitales establece que los médicos que realicen su residencia en sus hospitales deberán dar un servicio compensatorio de cinco años
La ley de la Red Nacional de Hospitales establece que los médicos que realicen su residencia en sus hospitales deberán dar un servicio compensatorio de cinco años
La Ley de creación de la Red Nacional de Hospitales, vigente desde el pasado 30 de agosto, establece que por «ministerio de ley» los hospitales y centros de salud que la integren funcionarán como hospitales escuela, «pudiendo recibir estudiantes y médicos graduados para su enseñanza y aprendizaje técnico académico, de conformidad con lo establecido en la Ley Especial para la Regulación de las Prácticas Clínicas de los Estudiantes de Internado Rotatorio, Año Social y Médicos y Odontólogos Residentes en Proceso de Especialización».
Señala como obligación que las universidades del país «admitan» al personal médico que conforme la planta docente del Hospital Escuela de la Red Nacional de Hospitales, y remitan a la Red las listas de estudiantes para Internado Rotatorio, Año Social y Médicos y Odontólogos Residentes en proceso de Especialización.
El primero hospital en estar bajo su administración es el Hospital Nacional Especializado «Rosales» y el Hospital de Consulta Externa Especializada, y sus inmuebles e instalaciones pasan a su patrimonio. Pero también lo serán los pertenecientes a los hospitales adscritos al Ministerio de Salud que, «gradualmente», vayan incorporándose a la nueva red.
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Cabe destacar que el Rosales y otros del sistema público ya funcionan como hospitales escuela, donde rotan a los diferentes estudiantes de medicina y áreas clínicas de las diferentes universidades que imparten dichas carreras.
Pero la ley otorga «autonomía» a la Red en cuanto a la formación. «La Red Nacional de Hospitales tendrá autonomía en la gestión de los procesos de formación, especialización y otorgamiento de becas, conforme a sus necesidades, en coordinación con instituciones de educación superior y otros órganos competentes, conforme a la normativa aplicable», dice el artículo 38.
Además, se establece que los beneficiarios y médicos que hayan realizado su residencia en la Red Nacional de Hospitales deberán cumplir con un período de servicio compensatorio obligatorio de cinco años en la Red Nacional de Hospitales o en el lugar donde ésta los designe.
También se crea un programa de becas por parte de la Red y el proceso de adjudicación se hará a través del un Manual de Otorgamiento de Becas que emita la junta directiva.
También podrá convocar médicos para que puedan ingresar a realizar sus prácticas para las especialidades médicas y odontológicas, conforme a sus procesos de selección, quienes podrán aplicar a la universidad donde quieran hacer su especialización. «El Consejo para la Enseñanza y Aprendizaje Académico de las Prácticas Clínicas, estará obligado a coordinar con la Red Nacional de Hospitales los mecanismos académicos, administrativos y operativos que garanticen la implementación de los procesos», añade la ley.
Objetivos del sistema de becas:
La realidad en tus manos
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