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FESPAD anunció cierre de operaciones y RAEX otorga calificaciones temporales

Otras ONG estarían por cerrar operaciones por el impacto de la Ley de Agentes Extranjeros. GOES informó que las que solicitaron su exclusión del impuesto a donaciones extranjeras recibieron una calificación provisional.

Presentación de informe por parte del equipo de FESPAD, al frente el director ejecutivo Héctor Carrillo | cortesía.

La Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho (FESPAD) anunció este jueves su disolución y el cierre de sus operaciones legales, después de casi cuatro décadas de trabajo, debido a las condiciones impuestas por la Ley de Agentes Extranjeros (LAEX).

La institución señaló que la entrada en vigencia de la LAEX coloca a la sociedad civil «en una encrucijada ineludible: seguir funcionando con personalidad jurídica bajo un marco jurídico restrictivo para el ejercicio del derecho de asociación o bien, buscar alternativas que le permitan conservar su identidad y propósitos».

De acuerdo con FESPAD, la normativa «genera inseguridad jurídica ante la posibilidad de aplicar, a personas u organizaciones, un régimen de prohibiciones ambiguo y de manera discrecional, con posibles multas confiscatorias de hasta 250 mil dólares e incluso responsabilidades penales».

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Además, FESPAD denuncia que la ley «impide cumplir libremente con la finalidad y misión institucional que cada organización se plantee en favor de los derechos humanos»

Calificación temporal y cuentas separadas

La Ley dio un plazo de 90 días para que las organizaciones no gubernamentales (ONG) presentaran su solicitud de inscripción al Registro de Agentes Extranjeros (RAEX), dependencia del Ministerio de Gobernación, el cual venció este 4 de septiembre. Incumplir con la obligación del registro puede conllevar a una multa de $100,000 a $150,000. El RAEX también puede realizar inscripciones de oficio.

El RAEX informó que otorgó la calificación provisional de «Sujeto Excluido» a todos los agentes extranjeros que solicitaron dicha exclusión tributaria hasta el 4 de septiembre, excepto aquellos cuya solicitud fue denegada.

La LAEX regula a toda persona natural o jurídica, nacional o extranjera, que dentro del territorio realice actividades que respondan a intereses, sean controladas o financiadas, directa o indirectamente por un «mandante» extranjero.

«Por cada transacción financiera, desembolso, transferencia, importación en especies o bienes materiales de cualquier tipo y que sean provenientes de fondos del mandante extranjero, ya sea a través de donaciones, pagos u otros conceptos se aplicará un impuesto del 30%», determina la ley.

Por medio de las redes sociales de Gobernación, el RAEX anunció que la exclusión del pago del impuesto se aplicará de manera temporal, por un plazo de 20 días hábiles, según lo establece el Reglamento General de la Ley de Agentes Extranjeros, mientras se procesa y emite la resolución definitiva.

Asimismo, el RAEX requirió a aquellos organismos no excluidos de las obligaciones tributarias, es decir, que deberán pagar el impuesto del 30%, que abran cuentas bancarias exclusivas para cada proyecto que ejecuten. El objetivo es que el impuesto se aplique a los fondos relacionados a proyectos específicos por los cuales efectivamente son sujetos pasivos.

Este requerimiento de cuentas bancarias separadas por proyecto también aplicará para las ONG que no solicitaron la calificación de exclusión.

Cerrarán operaciones

Una organización dedicada a estudios de tipo social, democrático, con énfasis en el valor municipal, decidió cerrar sus operaciones por la aprobación de la ley, indicó uno de sus investigadores a El Diario de Hoy.

Otra dedicada a la defensa de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y que acompañó en orientaciones de tipo social y legal a mujeres de sectores vulnerables, también adelantó que tras la aprobación de la ley decidieron finalizar sus operaciones.

Ambas organizaciones solicitaron no mencionar su identidad, mientras preparan el anuncio oficial de su cierre, tanto con sus sectores de asistencia como al público en general.

En el caso de la organización Comunidades de Fe Organizadas en Acción (COFOA) mencionó que ya tiene completa su inscripción y que el resultado salió favorable, pues quedaron exentos «temporalmente» del impuesto, así lo indicó el director ejecutivo, Alberto Velásquez.

COFOA es un centro de servicios de la Diócesis de Zacatecoluca con la misión de formar líderes desde las iglesias y comunidades, que lleven sus valores de fe a la vida pública y a través del diálogo y la negociación aprendan a encontrar solución a los problemas que afectan a ellos mismos, a sus familias y sus comunidades.

Esperan respuesta

Diversas organizaciones consultadas por El Diario de Hoy confirmaron que iniciaron el proceso correspondiente en el Registro de Agentes Extranjeros en el plazo fijado en la ley; pero la mayoría de ellas aún espera una respuesta para conocer si estarán exentas o no de la toma del 30 % de sus donaciones del exterior como impuesto.

«Ya se metió el papeleo, se metió el lunes. Estamos esperando la respuesta del Ministerio de Gobernación», dijo Roberto Cruz, director de Comandos de Salvamentos.

El conductor sufrió golpes y una posible fractura, indicaron cuerpos de socorro. Foto: Cortesía Comandos de Salvamento
El conductor sufrió golpes y una posible fractura, indicaron cuerpos de socorro. Foto: Cortesía Comandos de Salvamento

Cruz Verde también está a la espera de la respuesta, indicó el presidente, Luis Laínez.

Organizaciones enfocadas en apoyos de índole social, comunitario, ambiental con diferentes comunidades expresaron que siguen a la espera de la respuesta a su solicitud ante el RAEX.

La Asociación de Desarrollo Comunal de Mujeres de Barra de Santiago (AMBAS) es una de ellas y uno de sus integrantes dijo que ante el desconocimiento de la ley, no saben si incumplen algún criterio para que se les aplique el impuesto.

Eder Caceros, integrante de la asociación, explicó que sus apoyos recibidos desde el extranjeros están destinados para labores de conservación de tortugas marinas, restauración de manglares y que en algunos proyectos han trabajado de la mano con el gobierno central.

Añadió que la asociación también apoya con programa de becas a menores de edad residentes de la zona. «Nosotros nos enfocamos en servicios ambientales, en poder generar empleos verdes», indicó.

Otras organizaciones defensoras de derechos humanos y de contraloría gubernamental ya recibieron la confirmación de su inscripción y se les indicó que sí tendrán que rendir impuestos por sus donaciones.

Tal es el caso de Cristosal, que sigue denunciando irregularidades en el marco del régimen de excepción y que desde hace años auxilió a víctimas de desplazamiento forzado causado por las pandillas en El Salvador.

Acción Ciudadana también anunció que completó su registro y se les quitarán fondos, lo que dificultará la ejecución de sus actividades. Esta fue la primera organización que anunció públicamente su registro.

«Pese a que cumplimos la obligación legal de inscripción, mantenemos nuestra firme postura de que la LAEX es de naturaleza autoritaria y confiscatoria, pues busca restringir el espacio cívico», manifestó Acción Ciudadana en un comunicado.

Acción Ciudadana expuso que la ley violenta derechos fundamentales como el de libre asociación y organización, la libertad de expresión y el patrimonio, entre otros.

Exclusiones

La LAEX expone en su articulado que las ONG podrán solicitar que se les excluya de la aplicación de las obligaciones tributarias, previa calificación del RAEX y que dicha exclusión podrá otorgarse por períodos anuales, renovables automáticamente o por cada proyecto en particular.

A esta disposición se amparará CESTA Amigos de la Tierra, organismo orientado a la promoción del cuido ambiental, así lo confirmó su director, Ricardo Navarro.

«Estamos en plática, estamos solicitando por proyectos y estamos a la espera, imagino que la semana próxima tendremos la respuesta», explicó Navarro.

Una ciudadana del cantón El Zapote Abajo del distrito de Ayutuxtepeque, de manera anónima, comentó a El Diario de Hoy que el Ministerio de Gobernación le explicó que los vecinos de su comunidad no debían ingresar al RAEX.

La situación que la ciudadana comentó es que su comunidad, sin que ningún vecino conforme una Adesco o asociación, han recibido donaciones de salvadoreños en el exterior para dar regalías a la comunidad, ya sea con balones y equipo deportivo, juguetes para niños, etc.

Para dichos casos, en que vecinos o comunidades no registradas como asociaciones reciban dinero para proyectos deportivos, culturales o del mismo mantenimiento de las áreas comunes, no habría necesidad del registro; aún así, la colaboradora sugirió acercarse a Gobernación para recibir la orientación sobre el proceso de acreditación como asociación y «tener todo legal».

Sanción con multa

La LAEX determina que los incumplimientos con relación a la obligación de retener y enterar por parte de los Agentes de Retención Especial serán sancionadas acorde al Código Tributario.

Por retener o percibir y no enterar el impuesto, la multa será igual a la cantidad que haya dejado de pagar. Si la causa es no retener o no percibir el impuesto, la multa sería del 75 % sobre la suma dejada de retener.

Y si retiene o percibe extemporáneamente el impuesto respectivo, se sancionará a las organizaciones con una multa equivalente al 50 % de las sumas retenidas o enteradas extemporáneamente.

El Código Tributario añade que retener o percibir y enterar una suma inferior a la que corresponde dentro del plazo legal, se sanciona con una multa del 30 % sobre el monto no enterado dentro del plazo legal.

Pero no solo eso, si las organizaciones incumplen con alguna de las obligaciones señaladas en la Ley, serán sancionadas con multa entre $100,000 y $150,000 y si incumplen en alguna prohibición, la multa oscilará entre $150,000 y $250,000.

Obligaciones

  • Registrarse en el RAEX. El incumplimiento de esta obligación autoriza al Registro a realizar las acciones legales correspondientes para impedir la realización de sus actividades, de manera temporal o definitiva según corresponda; o en el caso de las personas jurídicas, se podrá solicitar la suspensión o la cancelación de su personería jurídica.
  • Canalizar los recursos financieros o activos recibidos, a través de cualquier sujeto, entidad o institución, esté o no supervisada o regulada por la Superintendencia del Sistema Financiero, siempre que se encuentre legalmente autorizada para operar en el país o realice actividades de intermediación, gestión o traslado de fondos en el territorio nacional. 
  • Cumplir con la Ley Contra el Lavado de Dinero y de Activos
  • Llevar libros de contabilidad y conservar todos los registros con respecto a sus actividades, según lo que establezca el RAEX para tales efectos. 
  • Cumplir con todas las disposiciones establecidas por el Registro de Agentes Extranjeros, la LAEX y sus reglamentos.

Prohibiciones

  • Actuar como agente extranjero y realizar actividades comprendidas en esta Ley sin estar registrado en el RAEX.
  • Realizar actividades para fines políticos u otros “con el objetivo de alterar el orden público, que pongan en riesgo o amenacen la seguridad nacional o la estabilidad social y política del país”. 
  • Recibir o utilizar donaciones u otros mecanismos de financiamiento para la realización de actividades no declaradas previamente en el RAEX o que no correspondan a los fines u objetivos establecidos en el instrumento de constitución o estatutos.
  • Cambiar el propósito declarado por el cual recibieron los fondos, sin aviso previo al RAEX.
  • Recibir donaciones, fondos o bienes materiales de cualquier tipo procedente de fuentes o personas anónimas. 
  • Trasmitir o hacer que se transmitan en El Salvador, cualquier material informativo físico, electrónico o digital, para o en interés de un mandante extranjero, sin colocar en dichos materiales informativos la etiqueta que indique que el mismo se transmite en nombre de un donante extranjero o es financiado por este último. 
  • Ocultar bajo cualquier forma o medio que sus actividades son realizadas, dirigidas, financiadas, en parte, o en su totalidad en nombre de un mandante extranjero. 
  • No informar la utilización de cualquier otra entidad, mecanismo, persona natural o jurídica que intervenga en la recepción, canalización o transferencia de fondos desde el exterior a favor de organizaciones sin fines de lucro para canalizar los recursos que tengan como destinatario una entidad nacional o extranjera radicada en el territorio nacional.
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