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Esta es la nueva estructura jerárquica en la Fuerza Armada

La Asamblea Legislativa aprobó una ampliación en el periodo de entrada en vigencia de la reforma a la Ley de la Carrera Militar.

desfile Fuerza Armada

General de Ejército, General de Aire y Almirante son los rangos más altos que tendrá la Fuerza Armada de El Salvador (FAES) una vez entre en vigencia la reforma a la Ley de la Carrera Militar que modificó su estructura jerárquica.

La reforma se aprobó el 20 de diciembre de 2024, pero no completó su proceso de formación de ley porque fue devuelta a la Asamblea Legislativa con observaciones de parte del Presidente de la República, Nayib Bukele, las cuales se retomaron hasta la sesión plenaria de este martes y se aceptaron por parte de la mayoría legislativa.

Aunque el mandatario expresó que está de acuerdo con la reforma, propuso que se ampliara el periodo de «vacatio legis», es decir, el plazo para que entre en vigencia a 30 días después de su publicación en el Diario Oficial y no ocho como es ordinariamente.

«Considerando que las antedichas reformas requieren la adopción de acciones normativas y administrativas necesarias para preparar y garantizar la adecuada implementación de los cambios propuestos, es pertinente brindar un tiempo prudencial previo a que las reformas en cuestión entren en vigencia», argumentó.

Cuando la modificación a la Ley se publique en el Diario Oficial y cumpla el plazo establecido, entrará en vigor la nueva estructura jerárquica así:

OFICIALES GENERALES

Ejército:

  • General de Ejército
  • General de División
  • General de Brigada
  • Brigadier

Fuerza Aérea:

  • General del Aire
  • General de Aviación
  • General de Brigada Aérea
  • Brigadier

Marina Nacional:

  • Almirante
  • Vicealmirante
  • Contralmirante
  • Comodoro

El ascenso al grado de General de Ejército, General del Aire o Almirante será conferido por el Presidente de la República y Comandante General de la Fuerza Armada al General de División o su equivalente, que desempeñe el cargo de Ministro de la Defensa Nacional. Los ascensos a General de División, General de Aviación o Vicealmirante serán conferidos a Viceministro de la Defensa Nacional o Jefe del Estado Mayor Conjunto de la Fuerza Armada.

La reforma añadió que los oficiales en el grado de Coronel o Capitán de Navío que fueren nombrados como Comandantes en Jefe del Ejército y Fuerza Aérea se reconocerán con el grado de Brigadier y de Comodoro para el caso de la Marina Nacional. Dichos nombramientos serán a propuesta del Ministro de la Defensa Nacional.

OFICIALES SUPERIORES

Ejército:

  • Coronel
  • Teniente Coronel
  • Mayor

Fuerza Aérea:

  • Coronel
  • Teniente Coronel
  • Mayor

Marina Nacional:

  • Capitán de Navío
  • Capitán de Fragata Mayor
  • Capitán de Corbeta

OFICIALES SUBALTERNOS

Ejército:

  • Capitán
  • Teniente
  • Subteniente

Fuerza Aérea:

  • Capitán
  • Teniente
  • Subteniente

Marina Nacional:

  • Teniente de Navío
  • Teniente de Fragata
  • Teniente de Corbeta

SUBOFICIALES

Ejército:

  • Sargento Mayor de División
  • Sargento Mayor de Brigada
  • Sargento Mayor Primero
  • Sargento Mayor
  • Sargento Primero
  • Sargento

Fuerza Aérea:

  • Sargento Mayor de Aviación
  • Sargento Mayor de Brigada
  • Técnico de Aviación
  • Sargento Mayor Primero
  • Técnico de Aviación
  • Sargento Mayor Técnico de Aviación
  • Sargento Primero Técnico de Aviación
  • Sargento Técnico de Aviación

Marina Nacional:

  • Maestre de Flota
  • Maestre Mayor
  • Maestre Primero
  • Maestre
  • Sargento Primero Maestro
  • Sargento Maestro

TROPA

Ejército:

  • Sub-sargento
  • Cabo
  • Dragoneante
  • Soldado

Fuerza Aérea:

  • Sub-sargento Técnico de Aviación
  • Cabo Técnico de Aviación
  • Dragoneante
  • Aerotécnico

Marina Nacional:

  • Subsargento Maestro
  • Cabo Maestro
  • Timonel
  • Marinero
fuerza armada
Comandos especiales de la Fuerza Armada. Foto cortesía DefensaSV

Tiempo de servicio

La reforma establece los años de servicio así:

Oficiales superiores:

  • Coronel 10 años
  • Teniente Coronel 7 años
  • Mayor 7 años

Oficiales subalternos:

  • Capitán 5 años
  • Teniente 4 años
  • Subteniente 3 años

Suboficiales:

  • Sargento Mayor de División 7 años
  • Sargento Mayor de Brigada 7 años
  • Sargento Mayor Primero 6 años
  • Sargento Mayor 6 años
  • Sargento Primero 5 años
  • Sargento 5 años

Además, se incorporó a la ley que los Oficiales Subalternos con el grado de Subteniente que ingresen a la Escuela Militar «Capitán General Gerardo Barrios» con el grado académico de Bachiller, para ascender al grado de Teniente, deberán poseer el título de Licenciatura en Administración Militar.

Otra de las modificaciones tiene que ver con las edades equivalentes a cada rango.

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