Los jueces aseguraron que existieron contradicciones entre la declaración de un testigo protegido y lo que mencionaron familiares de la víctima durante el juicio. El Tribunal anuló las órdenes de captura contra los ocho imputados
Los jueces aseguraron que existieron contradicciones entre la declaración de un testigo protegido y lo que mencionaron familiares de la víctima durante el juicio. El Tribunal anuló las órdenes de captura contra los ocho imputados
Diez meses después de que la Fiscalía General de la República (FGR) apelara el fallo del Tribunal de Sentencia de Sensuntepeque que ya había absuelto de cargos a los ambientalistas de Santa Marta, otro tribunal confirmó la inocencia de los acusados de un crimen ocurrido durante la guerra.
En noviembre del año pasado, la Cámara de lo Penal de Cojutepeque anuló la absolución emitida el 18 de octubre de 2024 por el Tribunal de Sentencia de Sensuntepeque y ordenó repetir el juicio.
El proceso fue enviado al Tribunal de Sentencia de San Vicente, que ayer decidió absolver a los ocho acusados del asesinato de María Inés Alvarenga, cometido en el pasado conflicto armado, un caso que fue conocido como Santa Marta, porque así se llama la cantón donde ocurrió el crimen.
La decisión fue por mayoría, ya que dos de los tres jueces concluyeron que no hubo pruebas «contundentes» de la participación de los imputados en el supuesto crimen, y mencionaron contradicciones del testigo protegido de la Fiscalía con clave «Soriano».
Los jueces aseguraron que la versión de este testigo generó dudas. «Hay circunstancias que no han podido ser comprobadas», dijo un juez.
Según describió, cuatro de los imputados fueron absueltos de manera unánime, es decir los tres jueces avalaron la decisión; mientras que hubo mayoría para determinar la absolución a Teodoro Pacheco, Miguel Ángel Gámez, Pedro Laínez y Arturo Serrano.
Uno de los jueces consideró que hubo indicios para condenarlos. Según informó el
Tribunal, estos cuatro procesados deberán dar una indemnización a la familia de la víctima.
Además, el Tribunal de Sentencia ordenó levantar «de inmediato» las órdenes de captura que estaban vigentes para los procesados. Además, los jueces establecieron inconsistencias en las declaraciones de los testigos con respecto a las pruebas presentadas por la Fiscalía.
Durante los alegatos iniciales, la Fiscalía solicitó al Tribunal agregar el delito de privación de libertad en contra de los acusados; sin embargo, los jueces no lo añadieron y argumentaron que si lo hacían eso «tergiversa» la exposición fiscal.
Por su parte, el juez que votó diferente manifestó que sí había elementos de prueba para llegar a una condena y también dio credibilidad al testimonio de «Soriano».
Pedro Cruz, defensor de los ambientalistas, dijo que estaban satisfechos con la resolución y mencionó que «ha triunfado la justicia, ha triunfado la legalidad y hemos ganado por segunda vez este juicio».
#Últimahora #Actualización | Declaraciones del abogado Pedro Cruz sobre la segunda absolución del caso Santa Marta pic.twitter.com/rRhCCLNyNB
— El Diario de Hoy (@EDHNoticias) September 24, 2025
Añadió que queda claro que los imputados son inocentes y que siempre tuvieron la razón con respecto a que las pruebas de Fiscalía eran insuficientes e irrelevantes y que no lograron establecer la culpabilidad.
«Nos vamos satisfechos con la absolución para todos los procesados», concluyó Cruz.
Además, mencionó que esperan que la Fiscalía no apele nuevamente, pero advirtió que si lo hacen «volverán a ser absueltos una tercera vez».
La comunidad siempre sostuvo que los ambientalistas fueron perseguidos judicialmente por su lucha contra la minería.
«¡Sí se pudo!», fueron parte de las consignas de familiares de los procesados, quienes se concentraron en las afueras del Centro Judicial Integrado de Segunda Instancia de San Salvador luego de conocer el fallo.
Los imputados que fueron absueltos son: Fidel Dolores Recinos Alas, Teodoro Antonio Pacheco, Miguel Ángel Gámez, Pedro Antonio Rivas Laínez, Alejandro Laínez García, Saúl Agustín Rivas Ortega, José Eduardo Sancho Castañeda y Arturo Serrano Ascencio.
Inicialmente el nuevo juicio iniciaría el 3 de febrero, pero fue suspendido debido a que los imputados no llegaron. Ese día, los procesados informaron que no se presentaron como «una acción de resistencia contra los abusos y arbitrariedad judicial», ya que consideraron que no tenían garantías de un juicio justo.
El abogado Cruz advirtió durante el desarrollo del juicio que existían contradicciones en el caso y que lograrían desvirtuar la acusación fiscal.
La Fiscalía dijo que los hechos ocurrieron en el cantón Santa Marta, de Cabañas, y que iniciaron la noche del 22 de agosto de 1989 y finalizaron 15 días después con la ejecución de la víctima. Sin embargo, Cruz sostuvo que sus representados durante esas fechas estuvieron en una «preparación militar» para la Ofensiva Hasta el Tope, en lugares distintos a los que la Fiscalía mencionó.
Otra de las contradicciones encontradas por la defensa es la fecha de muerte de la víctima del caso. Cruz mencionó durante los alegatos iniciales que existen documentos públicos en los que demuestran que el fallecimiento ocurrió en agosto de 1987, dos años antes de lo que expuso la Fiscalía en la acusación.
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