Debido a la vigencia de la Ley de Agentes Extranjeros, algunas organizaciones dejaron de operar.
La Iglesia católica en El Salvador quedaría exonerada del impuesto de retención, por parte del Registro de Agentes Extranjeros (RAEX), aunque algunas instituciones eclesiásticas deberán informar sobre las donaciones que reciban, informó el arzobispo de San Salvador, José Luis Escobar Alas.
La medida, según monseñor, se aplica siempre y cuando los fondos sean destinados a obras sociales y no a fines políticos.
El jerarca explicó que, si bien la Iglesia como institución está exenta, organizaciones como Cáritas que forma parte de la estructura eclesiástica y recibe ayuda del exterior, deberán reportar estos ingresos. “Si es para ayudar a los pobres, no pasa nada, si tiene otra finalidad, digamos, un poco de política, entonces parece que sí”, sostuvo.
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«Lo que yo tengo entendido es que no ha habido ninguna afectación y que nos exoneraron, a la Iglesia en general», afirmó Escobar Alas.
La declaración del arzobispo se da en el contexto de las recientes discusiones sobre la Ley de Agentes Extranjeros, la cual busca regular el financiamiento de organizaciones y entidades que reciben fondos de otros países. La Ley impone a algunas ong o a algunos proyectos un impuesto del 30 % a las donaciones.
El vicario de promoción humana, el padre Edwin Henríquez, explicó a El Diario de Hoy que trabajaban la documentación para entregarla antes de la fecha límite (4 de septiembre), pero antes les llegó una notificación que expresa que de oficio la RAEX enviaba la inscripción de la Iglesia católica.
«La inscripción obedece, dice el mandato, a que la Iglesia realiza una labor humanitaria, entonces, la exclusión de la Iglesia es como institución», dijo el sacerdote.
La Ley de Agentes Extranjeros en El Salvador dio paso a la creación del Registro de Agentes Extranjeros (RAEX), una dependencia del Ministerio de Gobernación, a la que deben estar inscritas todas las ONG.
El RAEX obliga a las organizaciones a canalizar los recursos financieros o activos recibidos, a través de cualquier sujeto, entidad o institución, esté o no supervisada o regulada por la Superintendencia del Sistema Financiero, siempre que se encuentre legalmente autorizada para operar en el país o realice actividades de intermediación, gestión o traslado de fondos en el territorio nacional.
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Las prohibiciones para las personas y organizaciones que actúan como agentes extranjeros son actuar como tal y llevar a cabo las actividades reguladas por esta ley sin estar registrada en el RAEX.
También está estrictamente prohibido utilizar donaciones o cualquier otro tipo de financiamiento con fines políticos, “especialmente si estas actividades buscan alterar el orden público o si representan una amenaza para la seguridad nacional, la estabilidad social y política del país”.
No se puede recibir ni utilizar donaciones u otros tipos de financiamiento para realizar actividades que no hayan sido declaradas previamente en el RAEX, o que no estén alineadas con los fines y objetivos establecidos en los documentos de constitución de la organización.
En el país Cristosal cerró operaciones y la Fundación para el Desarrollo de las Ciencias Sociales en El Salvador (FUDECSO), Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho (FESPAD) y otras instituciones anunciaron sus disoluciones a consecuencia de la vigencia de la ley.
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