La organización cuestionó la reforma legislativa que le da tres años a la Fiscalía para la presentación de acusaciones en juicios masivos. Cristosal señaló que mantener a una persona más de cinco años en prisión es injustificable.
La organización cuestionó la reforma legislativa que le da tres años a la Fiscalía para la presentación de acusaciones en juicios masivos. Cristosal señaló que mantener a una persona más de cinco años en prisión es injustificable.
La organización defensora de derechos humanos, Cristosal, cuestionó las reformas penales aprobadas recientemente con la cual se extendió de forma permanente el periodo de detención provisional de una persona.
“Mantener a una persona más de cinco años en detención provisional es un plazo irracional e injustificable, agravado por la obstrucción del derecho a la defensa y la ausencia de supervisión real de un juez imparcial, lo que constituye una violación abierta de la Constitución”, señaló en un comunicado.
Mientras que una persona, ya sea por llamada anónima, residir en una zona estigmatizada u otro motivo, sea detenida con la sospecha de ser miembro de una estructura criminal, podrá pasar hasta tres años detenido mientras la Fiscalía General de la República (FGR) recopila pruebas en su contra.
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Ya hay más de 88,750 capturados en el marco del régimen de excepción, según la última actualización de la FGR, que llevan tres años esperando la instalación de su juicio para que se determine su culpabilidad o inocencia. Sin embargo, las reformas aprobadas a la Ley Contra el Crimen Organizado dan continuidad a los juicios sumarios, en donde una prueba abarca para todos los acusados de la misma estructura.
Cristosal advirtió que las medidas también son violatorias de instrumentos internacionales como la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Además, recordó que tanto ellos como diversas organizaciones han documentado en estos tres años de régimen de excepción que la gran mayoría de detenciones han sido arbitrarias, carentes de pruebas individuales y que miles de personas han sido sometidas a condiciones inhumanas y de tortura, lo que ha provocado al menos 403 muertes bajo custodia estatal.
“Prolongar indefinidamente la instrucción penal no solo impide exponer en juicio la falta de pruebas, sino que abre la puerta a condenas injustas masivas”, señaló.
La reforma a la Ley Contra el Crimen Organizado establece que si los detenidos están bajo arresto administrativo, serán llevados ante un juez. El fiscal pedirá que se les asigne un caso según la estructura criminal a la que se les acuse de pertenecer y con la información presentada por la Fiscalía, el juez impondrá la medida cautelar (por ejemplo, prisión preventiva) requerida.
Decidida la medida cautelar, la Fiscalía tendrá hasta 24 meses para presentar la acusación formal contra toda la estructura y sus miembros ante el Tribunal Contra el Crimen Organizado. Vale mencionar que el periodo de 24 meses se otorgó de manera transitoria en 2023 y que vence el próximo 25 de agosto (decreto 803).
Cuando los imputados estén agrupados en un solo caso, la Fiscalía podrá presentar una acusación parcial, es decir, acusar únicamente a quienes ya se les pueda sustentar la acusación con pruebas suficientes; mientras que los demás seguirán en investigación hasta completarla, aunque el plazo de instrucción haya terminado.
Y en aquellos casos en los que el fiscal considere que es necesario ampliar la investigación, solicitará al juez de manera motivada, diez días antes de la finalización del plazo inicial impuesto, su ampliación por 12 meses; o sea, tres años de investigación.
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Cristosal condenó que miles de personas detenidas bajo el régimen no tendrán acceso a una audiencia en la que un juez imparcial evalúe las supuestas pruebas en su contra y que posteriormente, deberán enfrentar una audiencia abierta que puede extenderse hasta por dos años adicionales.
“Con ello, la detención provisional se convierte en una verdadera condena anticipada”, lamentó Cristosal.
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