Prensa llama al TSE que rectifique fallo por proselitismo

Informe de la SIP llamó al tribunal electoral que enmiende su resolución para prohibir la promoción de precandidatos.

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Francisco Panameño, Blanca Paz Montalvo, Miguel Cardoza, Julio Olivo (presidente) y Ana Guadalupe Medina, magistrados del TSE, emitieron la resolución con fecha 10 de abril de 2018. Foto EDH / archivo

Por El Diario de Hoy

17 April 2018

La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) llamó al Tribunal Supremo Electoral (TSE) a que rectifique el fallo emitido hace días, en el que prohibe a medios de comunicación y publicitarios la propaganda de precandidatos a la presidencia que participen en procesos internos de selección en los partidos políticos, de cara a los comicios presidenciales de 2019.

La sociedad de prensa decidió “exhortar al Tribunal Supremo Electoral de El Salvador, como máxima autoridad en la materia, para que rectifique su última resolución sobre propaganda electoral, lo cual puede conducir a ejercer censura previa, prohibida expresamente por la Constitución de la República”, sostuvo.

El documento en el que el TSE prohibe lo que llamó “campaña anticipada” exige a los canales de televisión, radios y empresas publicitarias “la suspensión inmediata de mensajes emitidos con el fin de favorecer a algún candidato”. No obstante, la resolución se refiere a los campos pagados.

El fallo, además, busca obligar a estos medios a que entreguen un informe donde se detallen los candidatos que hayan pagado para emitir mensajes publicitarios, otorgar el nombre de la persona natural o jurídica que pagó por el campo y el periodo por el cual fue pagado.

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La SIP consideró en su documento final que esta resolución “coarta la libertad de expresión e información, propiciando que los medios se conviertan en fiscalizadores o censores de la propaganda electoral”.

La SIP invocó el principio 1 de la Declaración de Chapultepec, que establece no existen sociedades ni personas libres sin la garantía de la libertad de expresión, y que el ejercicio de la libertad de expresión “no es una concesión de las autoridades, sino un derecho inalienable del pueblo”.

El caso salvadoreño

El documento de la SIP también refiere el caso de El Salvador, donde en las redes sociales “proliferan noticias falsas e insultos en contra de medios y periodistas a través de cuentas de funcionarios y grupos ligados a la seguridad e inteligencia y que los ciberataques contra La Prensa Gráfica y El Diario de Hoy en 2015, han quedado en la impunidad tras haber sido absueltos cinco acusados”.

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En el documento final, la SIP decidió “instar a la justicia salvadoreña a no dejar en la impunidad el caso de la serie de ciberataques perpetrados contra los periódicos electrónicos de La Prensa Gráfica y El Diario de Hoy”.

Según se estableció en esta resolución, el caso de los ciberataques “sienta un precedente nefasto de impunidad la reciente absolución del grupo acusado de perpetrar ciberataques contra los medios digitales”. Los señalados habrían clonados los sitios web de estos medios para difundir noticias falsas.