Titulares de Corte de Cuentas se defienden ante Sala Constitucional

Los magistrados de la Sala de lo Constitucional les pidieron informe tras un recurso que solicita a la CSJ, declare ilegal a los titulares de la Corte de Cuentas.

descripción de la imagen
Carmen Elena Rivas fue juramentada por la Asamblea Legislativa como presidenta de la Corte de Cuentas el 28 de agosto.

Por Eugenia Velásquez

15 December 2017

El 17 de noviembre, la Sala de lo Constitucional admitió una demanda en contra de la elección de los magistrados de la Corte de Cuentas de la República (CCR), y según la titular del ente contralor, Carmen Elena Rivas, ya enviaron un informe al Máximo Tribunal, justificando sus cargos.

“Nosotros ya cumplimos con el tiempo de contestar el informe que nos solicitó la Sala, hemos respondido los tres funcionarios acá presentes (los magistrados María del Carmen Martínez y Roberto Antonio Anzora), nos hemos sometido al procedimiento que ellos han establecido de acuerdo a la ley, y vamos a esperar lo que los magistrados respondan y a eso nos vamos a sujetar”, afirmó Rivas.

La juramentación de dichos funcionarios en la Corte de Cuentas, así como de los magistrados suplentes de dicha entidad: Nolberto Osmín Cunza y Patricia Lissete Bardales, por parte de la Asamblea Legislativa, el 28 de agosto es cuestionada por el Centro de Estudios Jurídicos (CEJ).

“La Asamblea Legislativa, una vez más, incumplió con las obligaciones constitucionales con conducir un proceso alejado del deber ser y alejado de la jurisprudencia constitucional”, señaló el presidente de dicha organización, Humberto Sáenz Marinero, el 7 de octubre cuando acudió a la Sala a poner el recurso de inconstitucionalidad en contra de la elección de los magistrados de la CCR.

Argumentó que los diputados debieron “verificar, acreditar, comprobar que los aspirantes cumplen con los requisitos de moralidad, competencia notoria e independencia político partidaria”, algo no ocurrió, según el abogado.

En su escrito, Sáenz Marinero explica que revisaron el dictamen que emitió la Comisión Política de la Asamblea, y que en ese documento identificaron que no hicieron un análisis exhaustivo ni corroboración de la idoneidad de los candidatos que fueron electos para el cargo.

Además de los aspectos citados, en la resolución que emitió la Sala de admisión de la demanda del CEJ, se fundamenta en que la Asamblea no evidenció la desvinculación partidaria de los mismos.