PCN y PDC se cancelaron en 2011 pese a tener diputados

La ley dice que partidos que no logren 50,000 de votos deben anularse. CD desapareció en 2004 pero recogió firmas para reinscribirse

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Foto/ Archivo EDH

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07 July 2018

Ante la posibilidad de que la Sala de lo Constitucional anule en los próximos días al partido Cambio Democrático (CD), hay que recordar que en 2011 este tribunal puso punto final a la vida judírica al PCN y PDC , dos partidos políticos que en las elecciones presidenciales de 2004 no alcanzaron el 3% de los votos para sobrevivir pero que tenían en ese momento 10 y dos diputados, respectivamente.

Esa sentencia de la Sala de abril de 2011 declaró inconstitucional el decreto legislativo 586 de enero de 2005 que sirvió para revivir a dos partidos que a la luz del Código Electoral se debieron haber extinguido el año anterior y por lo tanto se ordenó su cancelación.

Sin embargo, en octubre de 2015, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) declaró inaplicable una parte del artículo 47 de la Ley de Partidos Políticos que ordena suprimir a aquellos que no alcanzan 50,000 votos en una elección legislativa.

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La acción favoreció al CD, que obtuvo 36,786 votos en las elecciones legislativas de ese año, según el escrutinio final del TSE, quien notificó a la Sala de lo Constitucional sobre la decisión de no aplicar la norma de votos mínimos y que debe de pronunciarse sobre la legalidad o no de la medida.

Incluso hace varias semanas el TSE firmó la cancelación de los partidos Fraternidad Patriota Salvadoreña (FPS), Partido Salvadoreño Progresista (PSP) y Partido Social Demócrata (PSD), por no lograr los votos necesarios en la pasada elección del 4 de marzo, aplicando el mismo artículo que permitió mantener con vida al CD.

Además hay que recordar que el decreto 586 dispuso que al PCN y el PDC les bastaría presentar una lista de 3,000 afiliados para mantener su condición de partidos legales con otro nobre. Esto incluso aplicó para Centro Democrático Unido (CDU), pero sus dirigentes se opusieron al decreto y decidieron crear una nueva organización con el nombre de CD, que es el que aun existe.

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La semana pasada Rodolfo González, magistrado de la Sala de lo Constitucional, dijo en una entrevista televisiva que en el caso del CD hay que evaluar varios aspectos como si el partido cumplia con los requisitos de ley antes de presentarse a la última elección o si el factor de que cuenta con un diputado para la legislatura 2018-2021 se puede valorar por la representatividad que esto conlleva, entre otros parámetros.

En su resolución de abril de 2011 la Sala de lo Constitucional también dejo claro que los diputados y alcaldes electos en los comicios de 2009 continuaban con el ejercicio de sus funciones hasta cumplir con su período (1 de mayo de 2012) por tratarse de cargos de elección popular.

De este modo la Sala ya definió jurisprudencia al respecto y, aunque se suprima como partido político el actual diputado del CD (Juan José Martel) mantendría su curul y sus obligaciones como representante del electorado.

Gonzalez, en la misma entrevista, dijo que este caso del CD no tiene relación con el reciente anuncio del ex alcalde de San Salvador, Nayib Bukele, de buscar la presidencia bajo la bandera del CD y que la Sala busca resolver casos de 2015 antes de terminar sus funciones el próximo 16 de julio.

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“El proyecto de sentencia lo tenemos desde abril o mayo y vamos resolviendo los casos de 2015, en este caso hay que recordar que al PCN y al PDC se les dio un decreto de salvataje por participar en las elecciones para la presidencia en 2004 y no alcanzaron los votos, ahi se dijo que había violación y que ese efecto retroactivo violaba la Constitución de la República”, dijo González.

Hasta ayer el tema sigue sin resolverse en el seno de la Sala de lo Constitucional.